III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-6448)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Asociación Catalana de Comunicación Científica, para la colaboración en el certamen para la divulgación científica Illustraciencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 60

Sábado 11 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36676

Asimismo, ambas entidades se comprometen a participar en la redacción de las
normas del proceso de selección de ilustraciones, en la selección de los miembros del
jurado y a participar en los actos de inauguración de las exposiciones, así como a
mantenerse mutuamente informadas del uso que se haga de las ilustraciones
participantes para la consecución de una adecuada difusión de las actividades propias
de cada entidad.
Cuarta.

Desarrollo del Premio Illustraciencia.

El Premio Illustraciencia se desarrollará y regirá conforme a las normas que se
establecen en el Anexo de este convenio. Dichas normas podrán ser revisadas y
actualizadas anualmente por acuerdo de la Comisión de Dirección, de conformidad con
la limitación establecida en el párrafo segundo de la cláusula quinta, esto es, sin afectar
el contenido mínimo y esencial del convenio.
Quinta. Comisión de Dirección.
Se creará una Comisión de Dirección de carácter paritario, formada por dos
representantes de cada una de las partes, cuyas competencias serán velar por el buen
desarrollo del certamen, interpretar los términos del convenio y resolver las discrepancias,
dudas y conflictos que se presenten en su ejecución, así como decidir sobre cualquier
incidencia o asunto que se plantee en relación con el objeto y desarrollo del mismo.
Las partes podrán acordar en el seno de la Comisión de Coordinación detalles
relativos a la ejecución del contenido del convenio, siempre que no afecte al contenido
mínimo y esencial del convenio, el cual no puede ser objeto de modificación en la
presente Comisión.
Por parte del CSIC, formarán parte de la Comisión de Dirección la persona titular de la
vicepresidencia adjunta de Cultura Científica y la persona titular de la dirección del Museo
Nacional de Ciencias Naturales (MNCN), y por parte de la ACCC, serán miembros la
persona responsable de la presidencia y la persona responsable de la vicepresidencia.
La asistencia de sus miembros a las sesiones que celebre tendrá carácter delegable
en personas dependientes respectivamente de una y otra entidad. Asimismo, podrán
asistir a sus reuniones, con voz y sin voto, expertos que puedan asesorar en razón de la
materia de la que se vaya a tratar.
A falta de normas propias, la Comisión de Dirección se regirá por lo establecido para
los órganos colegiados en la sección III, el capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Presupuesto económico de actividad.

El presente convenio no conlleva traspaso de fondos entre las partes. Cada una de
las partes viene obligada a financiar la ejecución de las actividades que deben llevar a
cabo conforme lo dispuesto en la cláusula tercera.
El presupuesto anual de Illustraciencia se estima en un máximo de 13.450 euros, de
los cuales 7.450 euros componen el gasto del CSIC, que se imputarán al Programa
presupuestario 463AF «Investigación Científica». El desglose presupuestario estimado
por conceptos será revisado y acordado para cada una de las siguientes ediciones por la
Comisión de Dirección, respetando, en todo caso, el presupuesto anual máximo
anteriormente indicado.
En cualquier caso, ambas partes consensuarán previamente a través de la Comisión
de Dirección la aceptación de las entidades patrocinadoras y la visibilidad de la imagen
del patrocinador en el certamen, así como la distribución de las partidas.
Los fondos adicionales para la realización del Premio, la exposición y el encuentro
nacional que pudieran obtener cada una de las entidades a través de ayudas públicas y
privadas o de sus respectivos programas de patrocinio o donación serán destinados a
sufragar los gastos generados.

cve: BOE-A-2023-6448
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.