I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Presupuestos. (BOE-A-2023-6381)
Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 36339

liquidación de 2017, estimada en doscientos once millones de euros. De este modo,
incluyendo ambos importes, la aportación para el año 2023 crece un 14,6 por ciento.
En lo que se refiere a los fondos finalistas europeos, las cuentas para el año 2023
recogen el importante paquete de apoyo financiero aprobado por la Comisión Europea,
el cual contribuirá a afianzar las políticas de gasto encaminadas a la reforma y
modernización de nuestro tejido económico, financiando actuaciones transformadoras
que lo preparen para un nuevo paradigma de crecimiento económico más sostenible y
digital, del que dependerá en gran medida la tasa de crecimiento potencial de la
economía gallega. El apoyo a los sectores productivos estratégicos resulta prioritario, en
especial a la industria, al objeto de fomentar un tejido productivo moderno, eficiente,
innovador, internacionalizado y sostenible que genere más empleos y de más calidad a
través de la transición verde y digital.
En concreto, de los fondos Next Generation EU (Próxima generación UE), las
cuentas autonómicas recogen 527 millones de euros de la parte que gestionará la
Comunidad Autónoma de los recursos vinculados al Mecanismo de recuperación y
resiliencia (MRR) (Reglamento (UE) 2021/241) con el fin de hacer frente a los efectos sin
precedentes de la crisis del covid-19. El objetivo específico del MRR es proporcionar
ayuda financiera con vistas a conseguir los hitos y objetivos de las reformas e
inversiones establecidas en el Plan nacional de recuperación y resiliencia. Por otra parte,
en el año 2023, dentro de los fondos europeos, se presupuestan los recursos
correspondientes al Instrumento react-EU («Recovery Assistance for Cohesion and the
Territories of Europe» - ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de
Europa), que son una iniciativa que prosigue y amplía las medidas de respuesta a la
crisis y de reparación de esta. La programación total de estos recursos asciende a 440,8
millones de euros. En el año 2023 se asignan 179 millones de euros, cantidad precisa
para finalizar la ejecución de estos fondos.
En cuanto al resto de los dos fondos europeos, integrados por el Fondo Europeo de
Desarrollo Regional (Feder), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural (Feader), el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA),
el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), el Fondo de Transición Justa y los
programas de cooperación territorial, y sin tener en cuenta los fondos react-EU que están
presupuestados en Feder y FSE 2014-2020, la presupuestación de estos recursos
asciende a 676,7 millones de euros, lo que supone un incremento del 19,1 por ciento
respecto a las cuentas del ejercicio 2022. Es de reseñar la presupuestación del Fondo de
Transición Justa, destinado a apoyar a las regiones más afectadas por la transición hacia
la neutralidad climática, por un importe de treinta y dos millones de euros. Asimismo, con
respecto a las cuentas para el año 2022, el Feder experimenta un crecimiento de un 28,6
por ciento, con 51,4 millones de euros más, y el FSE, que crece en un 84 por ciento,
con 30,6 millones de euros más, motivado por la inclusión de la programación del
anterior marco 2014-2020 y la primera presupuestación de los recursos del
marco 2021-2027.
Por último, como en ejercicios anteriores, los presupuestos recogerán una visión
transversal de las políticas de gasto con perspectiva de género, de infancia y en términos
de objetivos de desarrollo sostenible (ODS).
II
En la parte dispositiva, la ley se estructura en seis títulos, diecisiete disposiciones
adicionales, tres disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.
La parte esencial de la Ley de presupuestos se recoge en el título I, relativo a la
aprobación de los presupuestos y al régimen de las modificaciones de crédito, por
cuanto en su capítulo I, bajo la rúbrica «Aprobación de los créditos y de su financiación»,
se aprueban los ingresos y gastos que componen los presupuestos de la Comunidad
Autónoma, integrados por los de la Administración general, los de los organismos
autónomos, los correspondientes a las entidades públicas instrumentales de

cve: BOE-A-2023-6381
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