III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6353)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Vega Solar y Acequia Solar, de 50 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en Tórtola de Henares y Guadalajara (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36089

detalla en la Adenda presentada como respuesta al organismo competente en medio
ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se elimina la afección
causada sobre los olivos de la parcela 5009 del polígono 504. Además, en la
documentación complementaria incluye un Plan de Restauración e Integración
Paisajística.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid emite varios informes como se ha indicado en el apartado de tramitación de esta
resolución. Este organismo solicita el soterramiento de la línea en aéreo que plantea el
promotor y tener en cuenta las medidas preventivas recogidas en el Plan Especial de
Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid
(INFOMA), tanto para el uso de maquinaria y equipos, como para el uso del fuego.
El promotor en su respuesta acepta lo indicado por el organismo y también presenta
una Adenda que incluye el soterramiento de esa línea. Con respecto a los nuevos
impactos del trazado soterrado, en esta ocasión señala que no se esperan afecciones
sobre vegetación natural pues se ubica en terreno agrícola.
La Dirección General de Economía Circular de la Juta de Comunidades de CastillaLa Mancha en su segundo informe, adicional al presentado en el periodo de información
pública, recoge recomendaciones con respecto a la pantalla perimetral vegetal.
Para asegurar la correcta integración del proyecto, así como la protección de la
vegetación, se recogen las condiciones 5, 6, 7, 8, 9 y 10 en esta resolución.
Fauna.

Dado que el principal grupo faunístico afectado por el proyecto será la avifauna, el
EsIA incluye un estudio específico titulado «Estudio Anual de aves para plantas solares
fotovoltaicas y las infraestructuras de evacuación de los nudos ''Cisneros 220 y
Alcalá II 220''», con datos de 2019 (diciembre) y 2020 (enero-septiembre), y la Adenda
de actualización del mismo 2021 (enero-mayo), en el que no se completa el ciclo anual,
pues faltan datos correspondientes a los meses de octubre y noviembre. En estos
estudios de avifauna se realizan censos en las cuadrículas UTM 10x10 km: 30TVL71,
30TVL81, 30TVL70, 30TVL80, 30TVL90, 30TWL00, 30TVK79, 30TVK89, 30TVK99,
30TVK78 y 30TVK88, de la Base de Datos del Inventario Español de Especies Terrestres
(IEET) correspondientes al ámbito de estudio.
Posteriormente como respuesta a la solicitud de subsanación formal realizada por
este órgano ambiental, el promotor justifica la validez del estudio de avifauna. Informa
que el territorio donde se localiza el proyecto se considera estepario, por lo que se han
realizado censos específicos para este grupo de avifauna. Además, añade que las
especies migratorias censadas han sido caracterizadas en los periodos invernal y
postreproductor –migración prenupcial y migración postnupcial– por lo que disponer de
información adicional durante octubre y noviembre no generaría modificación sobre sus
conclusiones. Por otro lado, señala que el estudio de avifauna comprende varios años,
se han realizado 15 censos completos para la totalidad del área de estudio y concluye
que es totalmente adecuado. Cabe destacar que, según el EsIA, el proyecto se
encuentra en una zona de dispersión de águila perdicera según el Plan de Recuperación
de esta misma especie.
Según el EsIA, en fase de construcción, los principales impactos serán la degradación
y reducción del hábitat, derivados de las necesidades de suelo y su cambio de uso, las
molestias por ruido, tráfico, presencia continuada de personas y posible afección o
destrucción de puestas y nidadas de aves esteparias de hábitos terrestres presentes en el
entorno o de aquellas que nidifican en áreas colindantes. También podrán producirse
atropellos de fauna terrestre. En concreto, el EsIA determina que el entorno de la PFV
Acequia Solar, es área de campeo y alimentación de aguilucho cenizo (Circus pygargus)
pues se ha registrado su presencia a unos 90 m al norte de la ubicación, así como de
águila real (Aquila chrysaetos), milano real (Milvus milvus), azor común (Accipiter gentilis)
y busardo ratonero (Buteo buteo); para estas últimas especies se observa además
nidificación a pocos km. En los límites sur de la PFV Vega Solar, el EsIA indica que se

cve: BOE-A-2023-6353
Verificable en https://www.boe.es

b.3)