III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6353)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Vega Solar y Acequia Solar, de 50 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en Tórtola de Henares y Guadalajara (Guadalajara)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36097
Al igual que en apartado de atmósfera, el análisis de impactos sobre este factor, no
se verá modificado de manera significativa tras el ajuste de proyecto planteado en las
Adendas presentadas por el promotor tras la fase de información pública.
Para asegurar la protección de las aguas se han incluido las condiciones 27 y 28 en
esta resolución.
b.8)
Paisaje.
En el EsIA se incluye un estudio de paisaje en el que se ha calificado la calidad
paisajística del entorno del proyecto como media-alta, alta y muy alta. El análisis de
impactos sobre el paisaje se basa en la identificación de los Puntos de Especial
Incidencia Paisajística (PEIP), desde los cuales la percepción de las PFV puede resultar
conflictiva. Se ha realizado también una valoración de su incidencia visual que determina
las interferencias que se dan entre el paisaje caracterizado y la actuación prevista.
En fase de construcción, la calidad del paisaje se puede ver afectada por las
variaciones de color y textura derivadas de los movimientos de tierra y explanación.
Además, la presencia de maquinaria, la apertura de zanjas o los acopios de materiales
influirán negativamente sobre el medio perceptual pues producirán una alteración de los
componentes del paisaje que definen su calidad y fragilidad. El promotor considera que
las afecciones en esta fase son temporales y de intensidad baja, por lo que la magnitud
global de los impactos es compatible-moderada para todas las infraestructuras del
proyecto.
En fase de explotación, los elementos que conforman el proyecto interferirán
visualmente sobre el paisaje, fundamentalmente por la presencia de Acequia Solar. En el
entorno del proyecto se identifican los siguientes PEIP para los que las PFV causarán
una incidencia visual:
La SE El Encín e infraestructuras asociadas, se encuentran en lugares de calidad
paisajística media-alta, y no son visibles desde los miradores más próximos, por lo que el
promotor concluye que no será necesario mitigar su impacto paisajístico.
Según el EsIA, para la mitigación de los efectos producidos por las PFV sobre el
paisaje durante la fase de explotación, se procederá al control de la eficacia y desarrollo
de la vegetación tras la ejecución del plan de integración paisajística propuesto, recogido
en el apartado de vegetación de esta resolución. Además, se desmantelarán y
restaurarán todas aquellas superficies no necesarias para la fase de funcionamiento. Por
otro lado, el promotor considera necesario aplicar medidas específicas que mitiguen el
impacto paisajístico de la PFV Acequia Solar sobre la ruta de senderismo de subida al
Pico del Águila, dada la importancia socioeconómica de la ruta y el grado de calidad
paisajística del entorno. Esta medida se encuentra reflejada en la página 555 del EsIA, y
consiste en la elaboración de un estudio de detalle de la incidencia visual de la PFV
Acequia Solar sobre el sendero, para identificar aquellos tramos en los que se pueden
implementar medidas correctoras de apantallamiento.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha recomienda eliminar una franja de paneles al sur de la planta
Acequia Solar, y añade que el estudio de detalle de la incidencia visual de la PFV sobre
el sendero «Subida al Pico del Águila», que el promotor propone como medida
correctora debería realizarse con carácter previo a la emisión de la DIA, ya que el
cve: BOE-A-2023-6353
Verificable en https://www.boe.es
– Distancia corta: En el caso de la PFV Acequia Solar, un tramo de la carretera
CM-1003, la senda paisajística «subida al Pico del Águila», y los miradores de Carravieja
y el Pico del Águila. En el caso de la PFV Vega Solar, el tramo de la CM-1003, pero
debido a que presenta vegetación arbórea, se produce un apantallamiento de la planta
solar, por lo que no se considera relevante.
– Distancias medias: Pico del Águila y CM-1003.
– Distancias largas: Mirador Carravieja, Mirador de Peña Hueva, Mirador del Pico del
Águila, Mirador del Santo Verde.
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36097
Al igual que en apartado de atmósfera, el análisis de impactos sobre este factor, no
se verá modificado de manera significativa tras el ajuste de proyecto planteado en las
Adendas presentadas por el promotor tras la fase de información pública.
Para asegurar la protección de las aguas se han incluido las condiciones 27 y 28 en
esta resolución.
b.8)
Paisaje.
En el EsIA se incluye un estudio de paisaje en el que se ha calificado la calidad
paisajística del entorno del proyecto como media-alta, alta y muy alta. El análisis de
impactos sobre el paisaje se basa en la identificación de los Puntos de Especial
Incidencia Paisajística (PEIP), desde los cuales la percepción de las PFV puede resultar
conflictiva. Se ha realizado también una valoración de su incidencia visual que determina
las interferencias que se dan entre el paisaje caracterizado y la actuación prevista.
En fase de construcción, la calidad del paisaje se puede ver afectada por las
variaciones de color y textura derivadas de los movimientos de tierra y explanación.
Además, la presencia de maquinaria, la apertura de zanjas o los acopios de materiales
influirán negativamente sobre el medio perceptual pues producirán una alteración de los
componentes del paisaje que definen su calidad y fragilidad. El promotor considera que
las afecciones en esta fase son temporales y de intensidad baja, por lo que la magnitud
global de los impactos es compatible-moderada para todas las infraestructuras del
proyecto.
En fase de explotación, los elementos que conforman el proyecto interferirán
visualmente sobre el paisaje, fundamentalmente por la presencia de Acequia Solar. En el
entorno del proyecto se identifican los siguientes PEIP para los que las PFV causarán
una incidencia visual:
La SE El Encín e infraestructuras asociadas, se encuentran en lugares de calidad
paisajística media-alta, y no son visibles desde los miradores más próximos, por lo que el
promotor concluye que no será necesario mitigar su impacto paisajístico.
Según el EsIA, para la mitigación de los efectos producidos por las PFV sobre el
paisaje durante la fase de explotación, se procederá al control de la eficacia y desarrollo
de la vegetación tras la ejecución del plan de integración paisajística propuesto, recogido
en el apartado de vegetación de esta resolución. Además, se desmantelarán y
restaurarán todas aquellas superficies no necesarias para la fase de funcionamiento. Por
otro lado, el promotor considera necesario aplicar medidas específicas que mitiguen el
impacto paisajístico de la PFV Acequia Solar sobre la ruta de senderismo de subida al
Pico del Águila, dada la importancia socioeconómica de la ruta y el grado de calidad
paisajística del entorno. Esta medida se encuentra reflejada en la página 555 del EsIA, y
consiste en la elaboración de un estudio de detalle de la incidencia visual de la PFV
Acequia Solar sobre el sendero, para identificar aquellos tramos en los que se pueden
implementar medidas correctoras de apantallamiento.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha recomienda eliminar una franja de paneles al sur de la planta
Acequia Solar, y añade que el estudio de detalle de la incidencia visual de la PFV sobre
el sendero «Subida al Pico del Águila», que el promotor propone como medida
correctora debería realizarse con carácter previo a la emisión de la DIA, ya que el
cve: BOE-A-2023-6353
Verificable en https://www.boe.es
– Distancia corta: En el caso de la PFV Acequia Solar, un tramo de la carretera
CM-1003, la senda paisajística «subida al Pico del Águila», y los miradores de Carravieja
y el Pico del Águila. En el caso de la PFV Vega Solar, el tramo de la CM-1003, pero
debido a que presenta vegetación arbórea, se produce un apantallamiento de la planta
solar, por lo que no se considera relevante.
– Distancias medias: Pico del Águila y CM-1003.
– Distancias largas: Mirador Carravieja, Mirador de Peña Hueva, Mirador del Pico del
Águila, Mirador del Santo Verde.