III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-6336)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con ADIF-Alta Velocidad, Renfe-Operadora, la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Valladolid y Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, para el desarrollo de las obras derivadas de la transformación de la red arterial ferroviaria de Valladolid.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35845

Velocidad y Renfe-Operadora a la sociedad Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, con objeto
de cancelar los saldos deudores del contrato de crédito.
Segunda.

Actualización del convenio.

Estipulación tercera. Obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las
partes derivadas de su condición de socios de Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, y
corrección de los desequilibrios derivados de la cancelación de los saldos deudores del
contrato de crédito suscrito con el sindicato bancario por parte exclusivamente de las
E.P.E. ADIF, ADIF-Alta Velocidad y Renfe-Operadora.
Aportaciones de los socios derivadas de las «Actuaciones a ejecutar Convenio 2017
(periodo 2017-2033)».
Se sustituye el cuadro de las obligaciones de aportación de los accionistas por el
siguiente calendario de aportación.
Socio

% Accionarial

Total

2017-2021

2023

2024

2025

2026

30,0

89,7240

24,5070

9,9030

13,2900

10,1280

9,1530

7,5

22,4310

6,1270

2,4760

3,3230

2,5320

2,2880

Renfe Operadora.

12,5

37,3850

10,2110

4,1260

5,5380

4,2200

3,8140

Junta.

25,0

74,7700

19,1510

8,2525

8,2000

5,5650

6,5280

Ayto.

25,0

74,7700

20,4230

8,2530

11,0750

8,4400

7,6280

100,0

299,0800

80,4190

33,0105

41,4260

30,8850

29,4110

2027

2028

2029

2030

2031

2032

2033

ADIF AV.

8,1570

6,1530

3,8910

2,8410

1,4160

0,1430

0,1420

ADIF.

2,0390

1,5380

0,9730

0,7100

0,3540

0,0360

0,0350

Renfe Operadora.

3,3990

2,5640

1,6210

1,1840

0,5900

0,0590

0,0590

Junta.

6,2130

5,7140

2,7430

1,9680

0,3900

0,1230

0,1155

Ayto.

6,7980

5,1280

3,2430

2,3680

1,1800

0,1190

0,1150

26,6060

21,0970

12,4710

9,0710

3,9300

0,4800

0,4665

ADIF AV.
ADIF.

Total.

Socio

9,8070
9,8070

Los desembolsos comprometidos por las partes a partir del ejercicio 2023 deberán
efectuarse antes del 31 de marzo de cada anualidad; sin perjuicio de que cada entidad
se reserva la facultad de anticipar, total o parcialmente, la anualidad correspondiente en
función de sus disponibilidades presupuestarias.
Estipulación sexta.
del convenio.

Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de los objetivos

Se modifica la estipulación sexta, mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de
los objetivos del convenio, quedando redactada como sigue:
«Para la interpretación del presente convenio, así como para el impulso y
control de las actuaciones de él derivadas, se creará una Comisión Mixta de
Seguimiento compuesta por un representante por cada una de las partes,
correspondiendo la Presidencia de la misma a la representación de ADIF-Alta
Velocidad. Dicha Comisión aprobará sus normas de funcionamiento conforme a lo
dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, o legislación que en adelante le sustituya.

cve: BOE-A-2023-6336
Verificable en https://www.boe.es

Total.

2022