III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-6336)
Resolución de 3 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con ADIF-Alta Velocidad, Renfe-Operadora, la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Valladolid y Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, para el desarrollo de las obras derivadas de la transformación de la red arterial ferroviaria de Valladolid.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35845
Velocidad y Renfe-Operadora a la sociedad Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, con objeto
de cancelar los saldos deudores del contrato de crédito.
Segunda.
Actualización del convenio.
Estipulación tercera. Obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las
partes derivadas de su condición de socios de Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, y
corrección de los desequilibrios derivados de la cancelación de los saldos deudores del
contrato de crédito suscrito con el sindicato bancario por parte exclusivamente de las
E.P.E. ADIF, ADIF-Alta Velocidad y Renfe-Operadora.
Aportaciones de los socios derivadas de las «Actuaciones a ejecutar Convenio 2017
(periodo 2017-2033)».
Se sustituye el cuadro de las obligaciones de aportación de los accionistas por el
siguiente calendario de aportación.
Socio
% Accionarial
Total
2017-2021
2023
2024
2025
2026
30,0
89,7240
24,5070
9,9030
13,2900
10,1280
9,1530
7,5
22,4310
6,1270
2,4760
3,3230
2,5320
2,2880
Renfe Operadora.
12,5
37,3850
10,2110
4,1260
5,5380
4,2200
3,8140
Junta.
25,0
74,7700
19,1510
8,2525
8,2000
5,5650
6,5280
Ayto.
25,0
74,7700
20,4230
8,2530
11,0750
8,4400
7,6280
100,0
299,0800
80,4190
33,0105
41,4260
30,8850
29,4110
2027
2028
2029
2030
2031
2032
2033
ADIF AV.
8,1570
6,1530
3,8910
2,8410
1,4160
0,1430
0,1420
ADIF.
2,0390
1,5380
0,9730
0,7100
0,3540
0,0360
0,0350
Renfe Operadora.
3,3990
2,5640
1,6210
1,1840
0,5900
0,0590
0,0590
Junta.
6,2130
5,7140
2,7430
1,9680
0,3900
0,1230
0,1155
Ayto.
6,7980
5,1280
3,2430
2,3680
1,1800
0,1190
0,1150
26,6060
21,0970
12,4710
9,0710
3,9300
0,4800
0,4665
ADIF AV.
ADIF.
Total.
Socio
9,8070
9,8070
Los desembolsos comprometidos por las partes a partir del ejercicio 2023 deberán
efectuarse antes del 31 de marzo de cada anualidad; sin perjuicio de que cada entidad
se reserva la facultad de anticipar, total o parcialmente, la anualidad correspondiente en
función de sus disponibilidades presupuestarias.
Estipulación sexta.
del convenio.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de los objetivos
Se modifica la estipulación sexta, mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de
los objetivos del convenio, quedando redactada como sigue:
«Para la interpretación del presente convenio, así como para el impulso y
control de las actuaciones de él derivadas, se creará una Comisión Mixta de
Seguimiento compuesta por un representante por cada una de las partes,
correspondiendo la Presidencia de la misma a la representación de ADIF-Alta
Velocidad. Dicha Comisión aprobará sus normas de funcionamiento conforme a lo
dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, o legislación que en adelante le sustituya.
cve: BOE-A-2023-6336
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Total.
2022
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35845
Velocidad y Renfe-Operadora a la sociedad Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, con objeto
de cancelar los saldos deudores del contrato de crédito.
Segunda.
Actualización del convenio.
Estipulación tercera. Obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las
partes derivadas de su condición de socios de Valladolid Alta Velocidad 2003, SA, y
corrección de los desequilibrios derivados de la cancelación de los saldos deudores del
contrato de crédito suscrito con el sindicato bancario por parte exclusivamente de las
E.P.E. ADIF, ADIF-Alta Velocidad y Renfe-Operadora.
Aportaciones de los socios derivadas de las «Actuaciones a ejecutar Convenio 2017
(periodo 2017-2033)».
Se sustituye el cuadro de las obligaciones de aportación de los accionistas por el
siguiente calendario de aportación.
Socio
% Accionarial
Total
2017-2021
2023
2024
2025
2026
30,0
89,7240
24,5070
9,9030
13,2900
10,1280
9,1530
7,5
22,4310
6,1270
2,4760
3,3230
2,5320
2,2880
Renfe Operadora.
12,5
37,3850
10,2110
4,1260
5,5380
4,2200
3,8140
Junta.
25,0
74,7700
19,1510
8,2525
8,2000
5,5650
6,5280
Ayto.
25,0
74,7700
20,4230
8,2530
11,0750
8,4400
7,6280
100,0
299,0800
80,4190
33,0105
41,4260
30,8850
29,4110
2027
2028
2029
2030
2031
2032
2033
ADIF AV.
8,1570
6,1530
3,8910
2,8410
1,4160
0,1430
0,1420
ADIF.
2,0390
1,5380
0,9730
0,7100
0,3540
0,0360
0,0350
Renfe Operadora.
3,3990
2,5640
1,6210
1,1840
0,5900
0,0590
0,0590
Junta.
6,2130
5,7140
2,7430
1,9680
0,3900
0,1230
0,1155
Ayto.
6,7980
5,1280
3,2430
2,3680
1,1800
0,1190
0,1150
26,6060
21,0970
12,4710
9,0710
3,9300
0,4800
0,4665
ADIF AV.
ADIF.
Total.
Socio
9,8070
9,8070
Los desembolsos comprometidos por las partes a partir del ejercicio 2023 deberán
efectuarse antes del 31 de marzo de cada anualidad; sin perjuicio de que cada entidad
se reserva la facultad de anticipar, total o parcialmente, la anualidad correspondiente en
función de sus disponibilidades presupuestarias.
Estipulación sexta.
del convenio.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de los objetivos
Se modifica la estipulación sexta, mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de
los objetivos del convenio, quedando redactada como sigue:
«Para la interpretación del presente convenio, así como para el impulso y
control de las actuaciones de él derivadas, se creará una Comisión Mixta de
Seguimiento compuesta por un representante por cada una de las partes,
correspondiendo la Presidencia de la misma a la representación de ADIF-Alta
Velocidad. Dicha Comisión aprobará sus normas de funcionamiento conforme a lo
dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, o legislación que en adelante le sustituya.
cve: BOE-A-2023-6336
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Total.
2022