III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6344)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería –ALEH VI–.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35957

formación de origen y de los puestos a los que se ha promocionado; indicación de si
existen vinculación a movilidad geográfica, dedicación exclusiva, disponibilidad para
viajar u otros; difusión y publicidad.
Datos cualitativos:
– Criterios y canales de información y/o comunicación utilizados en los procesos de
selección, contratación, formación y promoción profesional.
– Lenguaje y contenido de las ofertas de empleo y de los formularios de solicitud
para participar en procesos de selección, formación y promoción.
– Perfil de las personas que intervienen en los procesos de selección, gestión y
retención del talento y su formación en materia de igualdad.
– Criterios, métodos y/o procesos utilizados para la descripción de perfiles
profesionales y puestos de trabajo, así como para la selección de personal, promoción
profesional, gestión y retención de talento.
Clasificación profesional, retribuciones y auditorías retributivas
Datos cuantitativos:
– Distribución de la plantilla por departamento o área.
– Registro de los valores medios y las medianas de los salarios, los complementos
salariales y las percepciones extrasalariales desagregados por sexo y distribuidos por
grupos profesionales, categorías profesionales y puestos de trabajo iguales o de igual
valor, tipos de jornada y de contrato.
Datos cualitativos:
– Sistemas y criterios de valoración de puestos, tareas, funciones y de los sistemas
y/o criterios de clasificación profesional utilizados por grupos profesionales y/o categorías
profesionales.
– Criterios para establecer los diferentes conceptos salariales.
– Auditoría retributiva.
Condiciones de trabajo
Datos cuantitativos:
– Distribución de la plantilla por tipo de jornada, horario y distribución de tiempo de
trabajo y régimen de trabajo a turnos.
– Identificación del número y condiciones de trabajo de las personas trabajadoras
cedidas por otra empresa (indicando tipo de contrato, jornada, departamento, puesto,
nivel formativo).
– Permisos y excedencias del último año.
– Ausencias no justificadas.

– Sistema de remuneración.
– Sistema de trabajo y rendimiento.
– Medidas de prevención de riesgos laborales con perspectiva de género.
– Intimidad en relación con el entorno digital y la desconexión.
– Sistema de clasificación profesional y promoción en el trabajo.
– Tipos de suspensiones y extinciones del contrato de trabajo.
– Implementación de protocolos de lucha contra el acoso sexual y por razón de sexo.
– Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, tal como vienen
definidas en el artículo 41 del ET que hayan podido producirse en los últimos tres años.
– Inaplicaciones de convenio realizadas.

cve: BOE-A-2023-6344
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Datos cualitativos: