III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6344)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería –ALEH VI–.
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35901
De este modo el texto del nuevo ALEH VI queda abierto a las incorporaciones de
nuevos pactos que la Comisión Negociadora permanentemente constituida pueda
celebrar durante la vigencia del mismo.
Teniendo en cuenta que la citada prórroga acordada del ALEH V se produjo en un
contexto de pandemia, motivada por el azote del COVID-19, y que su negociación se vio
asimismo afectada por este acontecimiento de alcance mundial, que golpeó duramente
al sector y por ende a todo el proceso negociador, sin obviar los cambios legislativos que
afectaron al orden laboral, en fecha 28 de diciembre de 2021 se acordó una nueva
ampliación de la vigencia temporal limitada de un año más, hasta el día 31 de diciembre
de 2022, alcanzándose con esta nueva prórroga o ampliación del ámbito temporal del
ALEH V previsto en el artículo 6 del mismo el hito histórico de recorrer más de veinticinco
años de negociación colectiva estatal en el sector de hostelería.
Así, en el citado texto refundido se incorporaron las modificaciones expuestas, más
las acordadas por la Comisión Negociadora durante ese año, que afectaban a
adaptaciones a la legalidad sobrevenida en los capítulos séptimo, Formación
Profesional; noveno, Solución Autónoma de Conflictos Laborales; décimo, Igualdad
efectiva de Mujeres y Hombres; y décimo segundo, Subrogación Convencional en los
Subsectores de Hostelería que se determinan; así como la adecuación de los anexos
que se mencionan en los referidos capítulos.
El nuevo texto del ALEH VI se ha acordado con una vigencia limitada de un año,
hasta el día 31 de diciembre de 2023, sustituyendo al ALEH V que en ningún momento
se ha encontrado en situación de ultraactividad, sino de prórroga expresa durante los
años 2020, 2021 y 2022, una vez transcurrida su vigencia inicial (2015-2019).
Por lo expuesto, el nuevo texto vigente que se pacta, pasa a ser el siguiente:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Partes firmantes.
Ambas representaciones, sindical y empresarial, reiterando el reconocimiento mutuo
de legitimación y representatividad como interlocutores en el ámbito estatal de
negociación colectiva del sector de hostelería, firman el VI Acuerdo Laboral de ámbito
Estatal para el sector de Hostelería (ALEH VI).
Lo suscriben, de una parte, como representación sindical, la Federación Estatal de
Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) y la
Federación de Servicios de Comisiones Obreras (Servicios CC. OO.); y de otra parte,
como representación empresarial, la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos
Turísticos (CEHAT) y la Confederación Empresarial de Hostelería de España (CEHE).
Artículo 2.
Naturaleza jurídica.
El presente Acuerdo es de eficacia general y ha sido negociado y pactado, conforme
a las facultades previstas en el título III del Estatuto de los Trabajadores.
El presente Acuerdo es de aplicación a las relaciones laborales de las empresas y
personas trabajadoras, que prestan sus servicios para aquéllas mediante contrato de
trabajo, conforme dispone el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 4.
Ámbito funcional.
Este Acuerdo es de aplicación a las empresas y a las personas trabajadoras del
sector de hostelería.
cve: BOE-A-2023-6344
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3. Ámbito personal.
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35901
De este modo el texto del nuevo ALEH VI queda abierto a las incorporaciones de
nuevos pactos que la Comisión Negociadora permanentemente constituida pueda
celebrar durante la vigencia del mismo.
Teniendo en cuenta que la citada prórroga acordada del ALEH V se produjo en un
contexto de pandemia, motivada por el azote del COVID-19, y que su negociación se vio
asimismo afectada por este acontecimiento de alcance mundial, que golpeó duramente
al sector y por ende a todo el proceso negociador, sin obviar los cambios legislativos que
afectaron al orden laboral, en fecha 28 de diciembre de 2021 se acordó una nueva
ampliación de la vigencia temporal limitada de un año más, hasta el día 31 de diciembre
de 2022, alcanzándose con esta nueva prórroga o ampliación del ámbito temporal del
ALEH V previsto en el artículo 6 del mismo el hito histórico de recorrer más de veinticinco
años de negociación colectiva estatal en el sector de hostelería.
Así, en el citado texto refundido se incorporaron las modificaciones expuestas, más
las acordadas por la Comisión Negociadora durante ese año, que afectaban a
adaptaciones a la legalidad sobrevenida en los capítulos séptimo, Formación
Profesional; noveno, Solución Autónoma de Conflictos Laborales; décimo, Igualdad
efectiva de Mujeres y Hombres; y décimo segundo, Subrogación Convencional en los
Subsectores de Hostelería que se determinan; así como la adecuación de los anexos
que se mencionan en los referidos capítulos.
El nuevo texto del ALEH VI se ha acordado con una vigencia limitada de un año,
hasta el día 31 de diciembre de 2023, sustituyendo al ALEH V que en ningún momento
se ha encontrado en situación de ultraactividad, sino de prórroga expresa durante los
años 2020, 2021 y 2022, una vez transcurrida su vigencia inicial (2015-2019).
Por lo expuesto, el nuevo texto vigente que se pacta, pasa a ser el siguiente:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Partes firmantes.
Ambas representaciones, sindical y empresarial, reiterando el reconocimiento mutuo
de legitimación y representatividad como interlocutores en el ámbito estatal de
negociación colectiva del sector de hostelería, firman el VI Acuerdo Laboral de ámbito
Estatal para el sector de Hostelería (ALEH VI).
Lo suscriben, de una parte, como representación sindical, la Federación Estatal de
Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) y la
Federación de Servicios de Comisiones Obreras (Servicios CC. OO.); y de otra parte,
como representación empresarial, la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos
Turísticos (CEHAT) y la Confederación Empresarial de Hostelería de España (CEHE).
Artículo 2.
Naturaleza jurídica.
El presente Acuerdo es de eficacia general y ha sido negociado y pactado, conforme
a las facultades previstas en el título III del Estatuto de los Trabajadores.
El presente Acuerdo es de aplicación a las relaciones laborales de las empresas y
personas trabajadoras, que prestan sus servicios para aquéllas mediante contrato de
trabajo, conforme dispone el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 4.
Ámbito funcional.
Este Acuerdo es de aplicación a las empresas y a las personas trabajadoras del
sector de hostelería.
cve: BOE-A-2023-6344
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3. Ámbito personal.