III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6344)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería –ALEH VI–.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35922

b) Subgobernante/a o Encargado/a Sección: sustituir al Gobernante/a o al
Encargado/a general. Ejecutar de manera cualificada, autónoma y responsable, las
tareas relativas a los pisos, áreas públicas, áreas internas, lencería y lavandería.
Seleccionar los productos de mantenimiento y limpieza para el uso diario. Inspeccionar y
participar en la limpieza de áreas. Llevar el control de las habitaciones y su ocupación,
así como de las salas. Participar en estadísticas y elaborar informes en relación con las
tareas propias de su área.
c) Camarero/a Pisos: realizar de manera cualificada la limpieza y arreglo de las
habitaciones y pasillos, así como del orden de los objetos de los clientes. Limpiar y
ordenar las habitaciones, baños y pasillos entre las habitaciones de clientes. Controlar el
material, productos de los clientes y comunicar a sus responsables las anomalías en las
instalaciones y los objetos perdidos. Realizar la atención directa al cliente en las
funciones propias de su área. Realizar las labores propias de lencería y lavandería.
d) Auxiliar Pisos y Limpieza: encargarse de manera no cualificada de las tareas
auxiliares de limpieza y arreglo de pisos y áreas públicas. Preparar, transportar y recoger
los materiales y productos necesarios para la limpieza y mantenimiento de habitaciones
y áreas públicas e internas. Preparar las salas para reuniones, convenciones, etcétera.
Limpiar las áreas y realizar labores auxiliares.
E) Descripciones de la prestación laboral, actividades, puestos de trabajo y tareas
del área funcional quinta:
a) Jefe/a Servicios Catering: realizar de forma cualificada y responsable la
dirección, control y seguimiento de las tareas propias de mantenimiento y servicios
auxiliares. Dirigir, organizar y coordinar el equipo de técnicos de mantenimiento para que
su aportación sea eficaz y rentable, así como al resto de personal a su cargo. Instruir a
las personas trabajadoras a su cargo. Dirigir y planificar el conjunto de actividades de su
área. Desarrollar los programas de mantenimiento preventivo y de reparaciones,
vigilando el perfecto funcionamiento de las máquinas e instalaciones. Asistir a las
reuniones de programación, exponiendo mejoras de trabajo. Facilitar información
solicitada por la dirección. Entregar a administración el desglose de costos, producción y
consumos.
b) Encargado/a Mantenimiento y Servicios Auxiliares: realizar de manera
cualificada la dirección, control y seguimiento de las tareas auxiliares de las
instalaciones. Organizar, dirigir y coordinar el personal a su cargo. Dirigir y planificar el
conjunto de actividades de su área. Instruir a las personas trabajadoras de su área.
Dirigir, supervisar, controlar y efectuar el cálculo de costes de las reparaciones,
modificaciones y mantenimiento de las instalaciones. Proponer a la dirección las mejoras
e innovaciones de equipos e instalaciones.
c) Encargado/A Mantenimiento y Servicios Técnicos Catering: realizar de manera
cualificada el control y seguimiento de las tareas auxiliares de las instalaciones y
edificios o vehículos. Tener al día el programa de mantenimiento, asegurándose de su
cumplimiento con la calidad requerida, y de acuerdo con el presupuesto. Proponer las
medidas pertinentes en orden a mejorar los rendimientos, y aplicar al día, en todo
momento, el programa de mantenimiento cuidando tanto de la vigilancia y seguridad del
personal; como de su desarrollo y formación. Prever las necesidades de piezas de
recambio y maquinaria, controlando las existencias en almacén (de acuerdo a los stocks
máximos y mínimos establecidos). Cursar los pedidos oportunos; y verificar la
puntualidad y calidad del material recibido. Controlar los trabajos de mantenimiento
encargados a terceros. Implicarse activamente en los planes de Seguridad y Salud
Laboral; Flota: controlar las tareas de reparación y mantenimiento de los vehículos.
Supervisar, controlar y efectuar el cálculo de costes de las reparaciones, modificaciones
y mantenimiento de los vehículos. Proponer a la dirección las mejoras e innovaciones de
los vehículos; Instalaciones y Edificios: controlar las tareas de reparación y
mantenimiento de instalaciones y edificios. Supervisar, controlar y efectuar el cálculo de
costes de las reparaciones, modificaciones y mantenimiento de maquinaria e

cve: BOE-A-2023-6344
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Núm. 59