III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6344)
Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería –ALEH VI–.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 35920

alguna autonomía y responsabilidad en el servicio y venta de alimentos y bebidas.
Participar en la realización de tareas complementarias. Conservar adecuadamente su
zona y utensilios de trabajo. Preparar áreas de trabajo para el servicio. Colaborar en el
servicio al cliente.
n) Ayudante/a Camarero: participar con alguna autonomía y responsabilidad en el
servicio y venta de alimentos y bebidas. Realizar labores auxiliares. Conservar
adecuadamente su zona y utensilios de trabajo. Preparar áreas de trabajo para el
servicio. Colaborar en el servicio al cliente. Preparar el montaje del servicio, mesa,
tableros para banquetes o convenciones, sillas, aparadores o cualquier otro mobiliario o
enseres de uso común en salones, restaurantes, cafeterías o bares. En las empresas
donde las tareas inherentes a este departamento sean asumidas por el empresario,
persona física, realizar las funciones del servicio en restaurante bajo la supervisión y
directrices emanadas directamente del mismo o persona en quién éste delegue. Realizar
las tareas derivadas del perfil de la ocupación. Colaborar en la facturación y cobro al
cliente.
ñ) Preparador/a o Montador/a Catering: realizar con alguna autonomía y
responsabilidad las tareas relacionadas con el proceso de manipulación, montaje,
preparación y distribución de comidas y productos relacionados. Ejecutar los procesos
de montaje de servicios y equipos, tanto manual como automático. Ejecutar la entrega de
servicios y equipos. Colaborar y ejecutar los procesos de montaje y distribución de
cubiertos para los servicios y equipos, incluyendo productos para su venta a bordo.
Colaborar y ejecutar los procesos de montaje y distribución de lencería para los servicios
y equipos.
o) Conductor/a Equipo Catering: realizar de manera cualificada, con autonomía y
responsabilidad el transporte, carga, descarga y distribución de comidas y equipos, bajo
la dependencia directa del supervisor/a. Transportar, distribuir, cargar y descargar los
equipos y comidas. Actuar de acuerdo a las normas y procedimientos en vigor. Asegurar
la buena utilización y optimización de los bienes de equipo puestos a su disposición para
realizar las tareas encomendadas. (Requerimientos: Este personal deberá, cuanto
menos, estar en posesión del carné de conducir de clase C1).
p) Ayudante/a Equipo Catering: participar y colaborar con alguna autonomía y
responsabilidad en las tareas propias del conductor/a de equipo y bajo la supervisión
directa del supervisor/a. Conducir los vehículos de apoyo propiedad de la empresa.
Cargar y descargar las comidas y equipos. Distribuir y ubicar los servicios y equipos.
Cubrir las ausencias transitorias del conductor/a de equipo. (Requerimientos: Este
personal deberá, cuanto menos, estar en posesión del carné de conducir de clase B1).
q) Preparador/a Restauración Moderna: realizar con alguna autonomía y
responsabilidad las tareas relacionadas con el proceso de manipulación, montaje,
preparación y distribución de comidas y productos del centro. Ejecutar los trabajos de
preparación, distribución y venta de comidas y productos en el centro.
r) Monitor/a o Cuidador/a Colectividades: participará en los trabajos y tareas
propias y necesarias para el cuidado, atención y entretenimiento de un colectivo de
personas. Su responsabilidad supone la presencia física durante el tiempo de prestación
del servicio, con independencia del lugar de desempeño de su puesto de trabajo:
comedor escolar, autobús escolar o discrecional, centro de entretenimiento, parques
recreativos e infantiles, etc. Cumplir las normas generales y las instrucciones recibidas
de la dirección del centro, con sujeción a las normas y requisitos establecidos por la
autoridad educativa, sanitaria o cualquier otra con competencia en la materia, velando
por el mantenimiento del orden en los lugares en que desempeñe su trabajo. Informar
inmediatamente de cualquier incidencia que se produzca a su inmediato superior y al
director del centro cuando así se establezca. Además de las hasta aquí expuestas con
carácter general, las que a continuación se describen, según el lugar de desempeño del
puesto de trabajo. Comedor o Áreas De Entretenimiento: asistir y ayudar a los
comensales a cortar y pelar los alimentos. Tener conocimientos básicos de primeros
auxilios, normativa técnico sanitaria, condiciones higiénico-sanitarias de alimentos,

cve: BOE-A-2023-6344
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Núm. 59