III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-6324)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35766
9. Conceder a los alumnos el tiempo necesario para cumplir con su actividad
académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con
antelación suficiente del alumno. Dicho tiempo no tendrá carácter recuperable, sin
perjuicio de que, discrecionalmente, la Dirección General del Catastro pueda conceder
días libres para la preparación de exámenes, en cuyo caso, tales días sí tendrán el
carácter de recuperables.
10. Conceder al alumno, en el caso de prácticas de duración superior a seis meses,
un periodo de descanso de, al menos, siete días naturales.
11. Conciliar en el caso de los alumnos con discapacidad, previa comunicación con
antelación suficiente por parte del alumno, la realización de las prácticas con aquellas
actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con tal situación de
discapacidad.
12. Realizar el correspondiente informe final al término de las prácticas, que
acreditará las funciones realizadas por cada alumno, su duración y fechas de realización,
e indicará la calificación alcanzada en una evaluación global, a fin de que la Universidad
pueda reconocer al alumno en su expediente, cuando ello resulte adecuado, los créditos
que correspondan.
Décima.
Compromisos de la Universidad.
La Universidad se compromete a asumir los siguientes compromisos:
1. Ofertar y difundir la realización de prácticas académicas externas en la Dirección
General del Catastro.
2. Seleccionar a los alumnos interesados, previa recepción y valoración de su
solicitud de realización de las prácticas.
3. Proponer a la Dirección General del Catastro el alumno o la relación de alumnos
seleccionados para la realización de las prácticas.
4. Informar al alumno que ha sido seleccionado para realizar las prácticas.
5. Enviar a la Dirección General del Catastro el Proyecto formativo y el documento
individualizado de formalización de la práctica académica, debidamente suscrito, según
los modelos incorporados al presente Convenio como Anexos I y II.
6. Designar al tutor académico, que actuará de forma coordinada con los
profesionales de la Dirección General del Catastro.
7. Garantizar que todos los alumnos seleccionados cuenten con el correspondiente
seguro escolar o, en su caso, un seguro específico y adicional, con cobertura sanitaria,
de accidentes y de responsabilidad civil, con carácter previo e independientemente de la
formalización de este Convenio.
8. Emitir certificado de reconocimiento al tutor de prácticas designado por la
Dirección General del Catastro
Undécima.
Compromisos de los alumnos.
1. Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad.
2. Conocer y cumplir el Proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la Dirección General del Catastro bajo la supervisión
del tutor académico de la Universidad.
3. Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
cve: BOE-A-2023-6324
Verificable en https://www.boe.es
Durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes
asumirán, en especial, los siguientes compromisos:
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35766
9. Conceder a los alumnos el tiempo necesario para cumplir con su actividad
académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con
antelación suficiente del alumno. Dicho tiempo no tendrá carácter recuperable, sin
perjuicio de que, discrecionalmente, la Dirección General del Catastro pueda conceder
días libres para la preparación de exámenes, en cuyo caso, tales días sí tendrán el
carácter de recuperables.
10. Conceder al alumno, en el caso de prácticas de duración superior a seis meses,
un periodo de descanso de, al menos, siete días naturales.
11. Conciliar en el caso de los alumnos con discapacidad, previa comunicación con
antelación suficiente por parte del alumno, la realización de las prácticas con aquellas
actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con tal situación de
discapacidad.
12. Realizar el correspondiente informe final al término de las prácticas, que
acreditará las funciones realizadas por cada alumno, su duración y fechas de realización,
e indicará la calificación alcanzada en una evaluación global, a fin de que la Universidad
pueda reconocer al alumno en su expediente, cuando ello resulte adecuado, los créditos
que correspondan.
Décima.
Compromisos de la Universidad.
La Universidad se compromete a asumir los siguientes compromisos:
1. Ofertar y difundir la realización de prácticas académicas externas en la Dirección
General del Catastro.
2. Seleccionar a los alumnos interesados, previa recepción y valoración de su
solicitud de realización de las prácticas.
3. Proponer a la Dirección General del Catastro el alumno o la relación de alumnos
seleccionados para la realización de las prácticas.
4. Informar al alumno que ha sido seleccionado para realizar las prácticas.
5. Enviar a la Dirección General del Catastro el Proyecto formativo y el documento
individualizado de formalización de la práctica académica, debidamente suscrito, según
los modelos incorporados al presente Convenio como Anexos I y II.
6. Designar al tutor académico, que actuará de forma coordinada con los
profesionales de la Dirección General del Catastro.
7. Garantizar que todos los alumnos seleccionados cuenten con el correspondiente
seguro escolar o, en su caso, un seguro específico y adicional, con cobertura sanitaria,
de accidentes y de responsabilidad civil, con carácter previo e independientemente de la
formalización de este Convenio.
8. Emitir certificado de reconocimiento al tutor de prácticas designado por la
Dirección General del Catastro
Undécima.
Compromisos de los alumnos.
1. Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la
Universidad.
2. Conocer y cumplir el Proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la Dirección General del Catastro bajo la supervisión
del tutor académico de la Universidad.
3. Mantener contacto con el tutor académico de la Universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
cve: BOE-A-2023-6324
Verificable en https://www.boe.es
Durante la realización de las prácticas académicas externas los estudiantes
asumirán, en especial, los siguientes compromisos: