III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-6324)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35765
Octava. Requisitos de los alumnos.
De conformidad con el artículo 8 del Real Decreto 592/2014, podrán realizar
prácticas académicas externas, los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza
impartida por la Universidad o por los Centros adscritos a la misma, así como los
estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que se encuentren cursando
estudios en la Universidad, o en sus Centros adscritos, en virtud de programas de
movilidad o de convenios establecidos.
Para la realización de las prácticas externas los estudiantes deberán cumplir los
siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las
competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la
realización de la práctica.
b) En el caso de prácticas externas curriculares, estar matriculado en la asignatura
vinculada, según el Plan de Estudios de que se trate.
c) No mantener ninguna relación contractual con la Dirección General del Catastro,
salvo autorización prevista por la normativa propia de la Universidad.
Se estará, asimismo, a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento UCA/CG08/2012,
de 13 de julio de 2012, de Prácticas Académicas Externas de los Alumnos de la
Universidad de Cádiz.
Novena.
Compromisos de la Dirección General del Catastro.
1. Asignar tareas acordes con las capacidades del alumno e impartir la formación
adecuada para su desempeño.
2. Cumplir con las normas vigentes en todo lo relativo a la prevención de riesgos
laborales e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.
3. Comunicar a la Universidad, previamente a la incorporación de los alumnos en
prácticas, la ubicación del lugar de las prácticas y su horario.
4. Designar un tutor de prácticas vinculado a la Dirección General del Catastro, con
experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela
efectiva, en virtud del artículo 10.2 del Real Decreto 592/2014. Dicho tutor asignará las
funciones a realizar por los alumnos durante el desarrollo de las mismas, asistiéndoles
en lo que fuere preciso y evaluando su aprovechamiento. La designación del
correspondiente tutor se realizará para cada práctica individual.
5. Asimismo, el tutor realizará y remitirá al tutor académico el informe final, al
concluir las prácticas, de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 592/2014 y, en
su caso, podrá realizar un informe de seguimiento.
6. Comunicar las faltas de asistencia injustificadas, de disciplina, de interés en el
desarrollo de las actividades o cualesquiera otra circunstancia en las que, a criterio del
tutor de prácticas, puedan incurrir los alumnos durante el tiempo de realización de las
mismas, lo que, una vez acreditados los hechos, podrá conllevar la inmediata finalización
anticipada de las prácticas por acuerdo de la Universidad a propuesta de la Dirección
General del Catastro.
7. Comunicar las ausencias por enfermedad o cualquier otra causa grave justificada
por el alumno a fin de que la Universidad pueda adoptar, a propuesta de la Dirección
General del Catastro, las medidas oportunas, incluida la suspensión del desarrollo de las
prácticas.
8. Comunicar las renuncias que puedan producirse por parte del alumno antes de
haber cumplido el período de vigencia de las prácticas y la fecha exacta de dicha
renuncia.
cve: BOE-A-2023-6324
Verificable en https://www.boe.es
La Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Regional o Territorial del
Catastro afectada, en su caso, por el desarrollo de las prácticas académicas, asume los
siguientes compromisos:
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35765
Octava. Requisitos de los alumnos.
De conformidad con el artículo 8 del Real Decreto 592/2014, podrán realizar
prácticas académicas externas, los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza
impartida por la Universidad o por los Centros adscritos a la misma, así como los
estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que se encuentren cursando
estudios en la Universidad, o en sus Centros adscritos, en virtud de programas de
movilidad o de convenios establecidos.
Para la realización de las prácticas externas los estudiantes deberán cumplir los
siguientes requisitos:
a) Estar matriculado en la enseñanza universitaria a la que se vinculan las
competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir por el estudiante en la
realización de la práctica.
b) En el caso de prácticas externas curriculares, estar matriculado en la asignatura
vinculada, según el Plan de Estudios de que se trate.
c) No mantener ninguna relación contractual con la Dirección General del Catastro,
salvo autorización prevista por la normativa propia de la Universidad.
Se estará, asimismo, a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento UCA/CG08/2012,
de 13 de julio de 2012, de Prácticas Académicas Externas de los Alumnos de la
Universidad de Cádiz.
Novena.
Compromisos de la Dirección General del Catastro.
1. Asignar tareas acordes con las capacidades del alumno e impartir la formación
adecuada para su desempeño.
2. Cumplir con las normas vigentes en todo lo relativo a la prevención de riesgos
laborales e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.
3. Comunicar a la Universidad, previamente a la incorporación de los alumnos en
prácticas, la ubicación del lugar de las prácticas y su horario.
4. Designar un tutor de prácticas vinculado a la Dirección General del Catastro, con
experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela
efectiva, en virtud del artículo 10.2 del Real Decreto 592/2014. Dicho tutor asignará las
funciones a realizar por los alumnos durante el desarrollo de las mismas, asistiéndoles
en lo que fuere preciso y evaluando su aprovechamiento. La designación del
correspondiente tutor se realizará para cada práctica individual.
5. Asimismo, el tutor realizará y remitirá al tutor académico el informe final, al
concluir las prácticas, de conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 592/2014 y, en
su caso, podrá realizar un informe de seguimiento.
6. Comunicar las faltas de asistencia injustificadas, de disciplina, de interés en el
desarrollo de las actividades o cualesquiera otra circunstancia en las que, a criterio del
tutor de prácticas, puedan incurrir los alumnos durante el tiempo de realización de las
mismas, lo que, una vez acreditados los hechos, podrá conllevar la inmediata finalización
anticipada de las prácticas por acuerdo de la Universidad a propuesta de la Dirección
General del Catastro.
7. Comunicar las ausencias por enfermedad o cualquier otra causa grave justificada
por el alumno a fin de que la Universidad pueda adoptar, a propuesta de la Dirección
General del Catastro, las medidas oportunas, incluida la suspensión del desarrollo de las
prácticas.
8. Comunicar las renuncias que puedan producirse por parte del alumno antes de
haber cumplido el período de vigencia de las prácticas y la fecha exacta de dicha
renuncia.
cve: BOE-A-2023-6324
Verificable en https://www.boe.es
La Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Regional o Territorial del
Catastro afectada, en su caso, por el desarrollo de las prácticas académicas, asume los
siguientes compromisos: