III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6352)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Haza del Sol" de 150 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36070
suponiendo un incremento en la densidad de tráfico, fundamentalmente en las carreteras
CM-213, CM-200 y N-320.
La Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha informa que las carreteras CM-200, CM-2006,
CM-2028 y CM-2004, pueden verse afectadas por el proyecto.
El promotor responde que se aportará documentación técnica de cada uno de los
cruzamientos de la línea de evacuación de energía con las carreteras autonómicas
CM-200, CM-2006, CM-2028 y CM-2004. Además, expone que se realizará un estudio
en el que se analice el resplandor solar producido por la planta solar «Haza del Sol»
sobre la carretera CM-200 así como un estudio hidrológico y un análisis del drenaje
producido en la carretera CM-200 siguiendo las recomendaciones establecidas en el
informe de la citada Dirección General de Carreteras.
La Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid formula que los principales impactos sobre la población se producirán durante
la fase de ejecución de las obras por incremento en la producción de polvo, partículas,
ruido y plagas y, durante la fase de funcionamiento debido a los riesgos potenciales
derivados de la exposición a los campos electromagnéticos e incendios.
El Ayuntamiento de Fuentelencina alega que la LAT, entre sus apoyos 2, a 6
(parcelas 1 a 12 del Polígono 527), y la PSFV, en las parcelas 16 a 18 del Polígono 527,
ocupa terreno con calificación propuesta de Suelo Urbanizable Industrial SUB-6 con una
gran capacidad de desarrollo prevista. También considera que la LAT afecta la finca
Cantinuevo, por ser una instalación que alberga animales y/o personas de forma
temporal, así como que los seguidores, línea eléctrica, zanjas con conducciones
eléctricas, centros de transformación y subestaciones, afectan a sectores urbanizables,
residenciales, industriales, dotacionales, recreativos y/o deportivos a desarrollar en el
Plan de Ordenación Municipal (POM). Además, la LAT y las zanjas con conducciones
eléctricas afectan caminos rurales y públicos.
El promotor responde que valorará el nuevo POM una vez se haya consolidado el
trámite administrativo completo y justifica que este nuevo POM no debería impedir la
introducción de energías renovables, según los principios de la Ley Estatal de Suelos y
el DL 1/2010. Añade que la LAT y las zanjas cumplen con la normativa vigente y que
discurrirán por donde está previsto, pero sin afectar al tránsito.
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares dictamina que el trazado de la LAT afecta al
Sector S-1 e incumple la Estrategia de Corredores Territoriales de Infraestructuras
Eléctricas de la Comunidad de Madrid, ya que la instalación y ubicación de la LAT no
sigue el trazado de infraestructuras ya existentes.
El Promotor se compromete a buscar una solución compatible que no impida el
desarrollo del Sector S-1, aunque no aporta información adicional. También declara su
intención de llegar a un acuerdo con los promotores afectados (Nudo Cisneros, Alcalá II
y Daganzo) para la ejecución y uso de una infraestructura común de evacuación o insistir
al resto de promotores a considerar una solución válida para todos, de tal manera que
incorpore en su expediente, antes de la emisión de la DIA y AAP, un circuito adicional
para la evacuación de los proyectos del PFTO-716, firmado por todas las partes
afectadas.
Se habilitarán medidas de control del tráfico que minimicen las potenciales molestias.
Patrimonio cultural: En la zona de implantación de la PSFV se han identificado 3
cucos de pastor, además de varios majanos.
Los apoyos 91-93 de la LAAT y sus accesos campo a través interceptan el Ámbito de
Prevención Arqueológica B2 (Senda del Pozo) contemplado en el POM de Valdarachas.
Por otra parte, el Yacimiento «Bodegas de las eras» se sitúa a 2,5 m de la traza y 43 m
del apoyo 89.
La LAT intercepta numerosos tramos de vías pecuarias: Cañada Real Soriana,
Colada de Carrenera, Colada del Camino de Moratilla, Colada del Camino del Monte del
Rebollar, Colada de la Fuentecilla, Colada del Cerro del Castillo, Colada de los Santos
cve: BOE-A-2023-6352
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36070
suponiendo un incremento en la densidad de tráfico, fundamentalmente en las carreteras
CM-213, CM-200 y N-320.
La Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha informa que las carreteras CM-200, CM-2006,
CM-2028 y CM-2004, pueden verse afectadas por el proyecto.
El promotor responde que se aportará documentación técnica de cada uno de los
cruzamientos de la línea de evacuación de energía con las carreteras autonómicas
CM-200, CM-2006, CM-2028 y CM-2004. Además, expone que se realizará un estudio
en el que se analice el resplandor solar producido por la planta solar «Haza del Sol»
sobre la carretera CM-200 así como un estudio hidrológico y un análisis del drenaje
producido en la carretera CM-200 siguiendo las recomendaciones establecidas en el
informe de la citada Dirección General de Carreteras.
La Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid formula que los principales impactos sobre la población se producirán durante
la fase de ejecución de las obras por incremento en la producción de polvo, partículas,
ruido y plagas y, durante la fase de funcionamiento debido a los riesgos potenciales
derivados de la exposición a los campos electromagnéticos e incendios.
El Ayuntamiento de Fuentelencina alega que la LAT, entre sus apoyos 2, a 6
(parcelas 1 a 12 del Polígono 527), y la PSFV, en las parcelas 16 a 18 del Polígono 527,
ocupa terreno con calificación propuesta de Suelo Urbanizable Industrial SUB-6 con una
gran capacidad de desarrollo prevista. También considera que la LAT afecta la finca
Cantinuevo, por ser una instalación que alberga animales y/o personas de forma
temporal, así como que los seguidores, línea eléctrica, zanjas con conducciones
eléctricas, centros de transformación y subestaciones, afectan a sectores urbanizables,
residenciales, industriales, dotacionales, recreativos y/o deportivos a desarrollar en el
Plan de Ordenación Municipal (POM). Además, la LAT y las zanjas con conducciones
eléctricas afectan caminos rurales y públicos.
El promotor responde que valorará el nuevo POM una vez se haya consolidado el
trámite administrativo completo y justifica que este nuevo POM no debería impedir la
introducción de energías renovables, según los principios de la Ley Estatal de Suelos y
el DL 1/2010. Añade que la LAT y las zanjas cumplen con la normativa vigente y que
discurrirán por donde está previsto, pero sin afectar al tránsito.
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares dictamina que el trazado de la LAT afecta al
Sector S-1 e incumple la Estrategia de Corredores Territoriales de Infraestructuras
Eléctricas de la Comunidad de Madrid, ya que la instalación y ubicación de la LAT no
sigue el trazado de infraestructuras ya existentes.
El Promotor se compromete a buscar una solución compatible que no impida el
desarrollo del Sector S-1, aunque no aporta información adicional. También declara su
intención de llegar a un acuerdo con los promotores afectados (Nudo Cisneros, Alcalá II
y Daganzo) para la ejecución y uso de una infraestructura común de evacuación o insistir
al resto de promotores a considerar una solución válida para todos, de tal manera que
incorpore en su expediente, antes de la emisión de la DIA y AAP, un circuito adicional
para la evacuación de los proyectos del PFTO-716, firmado por todas las partes
afectadas.
Se habilitarán medidas de control del tráfico que minimicen las potenciales molestias.
Patrimonio cultural: En la zona de implantación de la PSFV se han identificado 3
cucos de pastor, además de varios majanos.
Los apoyos 91-93 de la LAAT y sus accesos campo a través interceptan el Ámbito de
Prevención Arqueológica B2 (Senda del Pozo) contemplado en el POM de Valdarachas.
Por otra parte, el Yacimiento «Bodegas de las eras» se sitúa a 2,5 m de la traza y 43 m
del apoyo 89.
La LAT intercepta numerosos tramos de vías pecuarias: Cañada Real Soriana,
Colada de Carrenera, Colada del Camino de Moratilla, Colada del Camino del Monte del
Rebollar, Colada de la Fuentecilla, Colada del Cerro del Castillo, Colada de los Santos
cve: BOE-A-2023-6352
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59