III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6352)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Haza del Sol" de 150 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36065

● Alternativa 3: Con una superficie de 379,74 ha y localizada en los TTMM de
Brihuega y Yélamos de Arriba.
– Para la LAT:
● Alternativa 1: Presenta una longitud total de 41.580 m.
● Alternativa 2: Presenta una longitud total de 41.350 m.
● Alternativa 3 (seleccionada): Presenta una longitud total de 41.530 m.
El promotor selecciona la alternativa 2 para la PSFV alegando que es la menos
impactante sobre espacios naturales protegidos y otras zonas de elevado interés
ambiental. Por otro lado, la alternativa 3 resulta la mejor valorada para la LAT 220 kV
desde el conjunto de los medios biótico, perceptual, socioeconómico y técnico.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Atmósfera y Clima: El territorio objeto del proyecto se sitúa en el piso bioclimático
supramediterráneo dentro de la región mediterránea.
Los efectos principales se producen en la fase de construcción por el incremento
puntual y localizado de las partículas en suspensión en el aire generadas por
movimientos de tierra, la alteración de la calidad del aire por emisiones de gases de
escape de vehículos y maquinaria de obra y el incremento del nivel sonoro por los ruidos
producidos por las propias obras de construcción.
Como medidas se aplicarán riegos en las zonas expuestas al viento, se cubrirán los
camiones que transportan material térreo con lonas, se llevará a cabo una puesta a
punto de los motores de la maquinaria, se controlaran las emisiones sonoras, se
controlará la circulación del tráfico y se limitará la velocidad de circulación.
Geología y edafología: El relieve de la zona de implantación del proyecto se presenta
de forma generalizado como llano, con una pendiente que no supera el 5% en la mayor
parte del territorio, existiendo algunas zonas con pendientes superiores al 30%. Desde el
punto de vista edáfico, la zona se caracteriza por la predominancia de Inceptisoles y de
Entisoles.
La LAAT intercepta el Lugar de Interés Geológico (LIG) «Glacis de acumulación
disectado de la margen izquierda del Henares», con código TM040, entre los apoyos 139
y 140, así como también se encuentra afectado por tramos de accesos de nueva
creación.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha informa que la LAT atraviesa una dolina, catalogada en el
Catálogo de Hábitats y Elementos Geomorfológicos de Protección Especial (Ley 9/1999,
de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza), en el TM de Fuentelviejo, pero de
escaso desarrollo.
Las principales afecciones en la fase de construcción se relacionan con la
modificación de la geomorfología local debido a los movimientos de tierras; a la
intercepción de la LAT durante casi 600 m con el LIG TM040y el emplazamiento de dos
de sus apoyos sobre el mismo, la cual va suponer una sensible merma de los valores
paisajísticos y turísticos del propio LIG. También se producirá una alteración de la
estructura y la calidad del suelo por las actividades que implican movimientos de tierra y
por el empleo de vehículos y maquinaria pesada, así como una contaminación del suelo
por vertidos accidentales o por una inadecuada gestión de los materiales, residuos y/o
combustibles.
Como medidas se retirará la capa superficial del suelo y se almacenará para su
reutilización en labores de restauración, se planificarán y balizarán las superficies de
actuación, se instalarán zonas de acopio temporal de residuos para su adecuada gestión
y almacenamiento, se adecuarán zonas específicas para la realización de actividades de
mantenimiento y reparación de maquinaria, no se permitirá el vertido directo de
sustancias o materiales contaminantes sobre el terreno y se procederá a la
descompactación del suelo tras el final de las obras. Ninguno de los apoyos de la LAT se

cve: BOE-A-2023-6352
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b.