III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6352)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Haza del Sol" de 150 MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36073

● Plan de Control del Funcionamiento de la Red de Drenaje
● Plan de Control de Fauna:
○ Plan de control del vallado en cuanto a su permeabilidad para la fauna y ausencia
de cualquier tipo de afección.
○ Plan de control de colisiones contra los conductores de la LAT.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto inicial de la presente Resolución se encuentra comprendido en el
grupo 3 epígrafe j del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de
impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de
impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad
con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, EsIA y su adenda, el resultado
de la información pública y de las consultas efectuadas.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental a la realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico «Haza del Sol» de 150
MWp, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid» en
la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se
exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada
protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de
la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten
legalmente exigibles.
Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven
las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:
1. Condiciones al proyecto
i)

Condiciones generales.

– Se excluirá la totalidad de las parcelas sobre el TM de La Alhóndiga por afección al
hábitat más delicado de águila real. No se podrá ubicar ninguna instalación, ni paneles
solares, ni zonas auxiliares (acopios, residuos, etc.) sobre las mismas.
– Se excluirá el recinto 5 de la parcela 14 del polígono 529 de la PSFV por afección
a terrenos cubiertos de vegetación silvestre.
– Las instalaciones auxiliares se deberán instalar rotativamente dentro del recinto
perimetral definitivo acordado para la PSFV sin afectar a ninguna de las parcelas
excluidas.
– Se deberá soterrar la LAT en el territorio de Castilla-La Mancha en aquellas zonas
con mayor afección sobre especies de fauna protegidas, en concreto, aquellas

cve: BOE-A-2023-6352
Verificable en https://www.boe.es

(1) Se aplicarán las siguientes medidas de exclusión de parcelas del PSFV y
soterramiento de tramos de LAT: