III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-6367)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con el Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues, para la evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36210

La resolución del procedimiento de evaluación de la correspondiente actividad está
sujeta a derecho privado y producirá los efectos que en dicho ámbito privado e interno
pueda el Centro adscrito a la Universidad establecer.
4. Contra los acuerdos privados del Centro Europeo de Estudios y Formación
Empresarial Garrigues, SL, resultantes de las evaluaciones solicitadas no cabrá recurso
alguno en vía administrativa, sin perjuicio de los cauces de derecho privado que quepa
articular contra tales decisiones del Centro adscrito por cada solicitante.
De existir cauces de impugnación de los resultados de las evaluaciones en vía
privada, podrá el Centro adscrito cofirmante someter los aspectos técnicos de tales
impugnaciones a evaluación de ANECA. El Centro adscrito informará a ANECA del
resultado de las impugnaciones.
El Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues, SL resolverá las
impugnaciones mediante los pertinentes actos de naturaleza privada.
Tercera. Obligaciones de ANECA.
Las obligaciones de ANECA son:
1. Evaluar las solicitudes enviadas por el Centro Europeo de Estudios y Formación
Empresarial Garrigues, SL en el marco de las actividades realizadas por la CNEAI y
siguiendo sus criterios de evaluación. Para ello ANECA pondrá a disposición del
personal del Centro adscrito la aplicación telemática que utiliza para la petición de la
evaluación de la actividad investigadora del personal docente e investigador funcionario
de carrera.
2. Emitir un informe técnico por cada solicitud de evaluación de la correspondiente
actividad.
En el informe técnico, la actividad sometida a valoración se calificará dentro de la
horquilla 0 a 10. El informe técnico será remitido después al Centro adscrito.
3. Establecer el procedimiento a seguir en la evaluación del personal docente e
investigador contratado del Centro adscrito. Este procedimiento respetará los criterios,
plazos y normas aplicables al procedimiento general de evaluación de la correspondiente
actividad del personal docente e investigador funcionario de universidad.
4. Emitir informe en el caso de las eventuales impugnaciones que, vía privada,
pudieran realizarse conforme se prevé en la cláusula anterior.
Compensación de gastos.

El Centro Europeo de Estudios y Formación Empresarial Garrigues, SL compensará
a ANECA los gastos que haya tenido en la realización de estas evaluaciones, que serán
financiados con cargo al capítulo 2 de su presupuesto (sección 33 programa 322C
artículo 23).
ANECA emitirá una liquidación de gastos del convenio en el que se hará constar las
solicitudes evaluadas por la CNEAI y el importe que tendrá que pagar el Centro adscrito.
Cada solicitud tendrá un coste de 200,00 euros.
El importe de las liquidaciones por los informes realizados por la CNEAI de
conformidad con lo previsto en este convenio se ingresará por parte del Centro adscrito
en la cuenta corriente con número de IBAN ES30 0049 5138 14 2616685755 abierta a
nombre de ANECA en la entidad bancaria Banco de Santander previa emisión por parte
de ANECA de la factura que legalmente corresponda.
El importe total estimado durante la vigencia del convenio estará entre un mínimo
de 200 euros, atendiendo al coste de una solicitud de evaluación, y un máximo
de 200.000 euros, con una previsión de evaluación para el primer año de vigencia del
convenio de cinco solicitudes.
Los miembros de los comités de evaluación percibirán asistencias con cargo al
presupuesto de ANECA, siempre de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 y
siguientes del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón

cve: BOE-A-2023-6367
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.