III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6356)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la subestación La Ribina 400 kV y la línea de entrada/salida a 400 kV en la SE La Ribina de la línea Carril-Litoral 1, situadas en Vera y Antas (Almería).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36127
de la línea Carril-Litoral 1, situadas en los términos municipales de Vera y Antas, en la
provincia de Almería. Con fecha 1 de febrero de 2023, Red Eléctrica dio respuesta, de la
que no se desprende oposición.
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para informe, con fecha 23 de enero de 2023. Teniendo en cuenta lo
dispuesto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, modificado en su
artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y
ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción
de la dependencia energética del gas natural, transcurrido el plazo de emisión de este
informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido contestación y de conformidad con la
normativa anteriormente indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa de las actuaciones
objeto de esta resolución.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Red Eléctrica de España, S.A.U. autorización administrativa previa para la
subestación La Ribina 400 kV y la línea de entrada/salida a 400 kV en la SE La Ribina de
la línea Carril-Litoral 1, situadas en los términos municipales de Vera y Antas, en la
provincia de Almería.
Las características principales de la subestación de La Ribina 400 kV son:
−
−
−
−
−
−
Tensión nominal: 400 kV.
Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
Tecnología: AIS.
Instalación: Convencional exterior.
Configuración: Interruptor y medio.
Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
La configuración resultante de la subestación de La Ribina 400 kV, con tres calles
equipadas con un total de nueve interruptores, es la siguiente:
– Calle 1:
– Calle 2:
● Posición 1: interruptor Baza 2.
● Posición 2: interruptor Central Calle 2.
● Posición 3: interruptor Carril.
cve: BOE-A-2023-6356
Verificable en https://www.boe.es
● Posición 1: interruptor ADIF 1.
● Posición 2: interruptor Central Calle 1.
● Posición 3: interruptor ADIF 2.
Núm. 59
Viernes 10 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 36127
de la línea Carril-Litoral 1, situadas en los términos municipales de Vera y Antas, en la
provincia de Almería. Con fecha 1 de febrero de 2023, Red Eléctrica dio respuesta, de la
que no se desprende oposición.
Se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para informe, con fecha 23 de enero de 2023. Teniendo en cuenta lo
dispuesto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, modificado en su
artículo 127.6 por el artículo 32.3 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y
ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción
de la dependencia energética del gas natural, transcurrido el plazo de emisión de este
informe de 15 días hábiles sin haberse obtenido contestación y de conformidad con la
normativa anteriormente indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa de las actuaciones
objeto de esta resolución.
La citada autorización se va a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Red Eléctrica de España, S.A.U. autorización administrativa previa para la
subestación La Ribina 400 kV y la línea de entrada/salida a 400 kV en la SE La Ribina de
la línea Carril-Litoral 1, situadas en los términos municipales de Vera y Antas, en la
provincia de Almería.
Las características principales de la subestación de La Ribina 400 kV son:
−
−
−
−
−
−
Tensión nominal: 400 kV.
Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
Tecnología: AIS.
Instalación: Convencional exterior.
Configuración: Interruptor y medio.
Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
La configuración resultante de la subestación de La Ribina 400 kV, con tres calles
equipadas con un total de nueve interruptores, es la siguiente:
– Calle 1:
– Calle 2:
● Posición 1: interruptor Baza 2.
● Posición 2: interruptor Central Calle 2.
● Posición 3: interruptor Carril.
cve: BOE-A-2023-6356
Verificable en https://www.boe.es
● Posición 1: interruptor ADIF 1.
● Posición 2: interruptor Central Calle 1.
● Posición 3: interruptor ADIF 2.