III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-6364)
Orden CIN/239/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, por la que se delegan competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 36200

dependientes del Ministerio que presten a éstas servicios que puedan dar origen a
las indemnizaciones o compensaciones que se regulan en el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
b) La aprobación de las indemnizaciones por asistencia a tribunales y
órganos de selección en oposiciones y concursos convocados por el Ministerio.»
Trece.

Se modifica el capítulo V, que queda redactado de la siguiente forma:
«V.

Gabinete de la Ministra

Artículo 18. Gabinete de la Ministra.
1. La persona titular de la dirección del Gabinete de la Ministra ejercerá, por
delegación de la persona titular del Ministerio, las competencias siguientes:
a) La aprobación de las indemnizaciones, el visado de los gastos y la orden
de pago material de estos gastos correspondientes al personal que desempeñe
cometidos especiales de escolta y a los conductores de la persona titular del
Ministerio a que hacen referencia las disposiciones adicionales séptima y octava
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
b) El visado de conformidad de la justificación documental de los gastos
realizados por el personal que forme parte de las delegaciones oficiales presididas
por la persona titular del Ministerio, para su resarcimiento.
c) Las facultades de contratación para expedientes cuyo valor estimado no
supere el límite máximo establecido para el contrato menor, respecto de su ámbito
material de actuación.
2. La persona titular de la dirección del Gabinete de la Ministra ejercerá, por
delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las competencias siguientes:

d) La aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento de
la obligación y la propuesta de pago de aquellos contratos que realice por
delegación de la persona titular del Ministerio, respecto de su ámbito material de
actuación.»
Catorce. Se modifica el apartado 1 y se introduce un nuevo punto 6.º en el párrafo
a) del apartado 3 del artículo 19, que quedan redactados de la siguiente forma:
«1. Las personas titulares de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de las Direcciones Generales y
Direcciones de los organismos públicos adscritos al Ministerio ejercerán, por

cve: BOE-A-2023-6364
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a) Las correspondientes en materia de comisiones de servicio con derecho a
indemnización, respecto de las delegaciones que presida la persona titular del
Ministerio, incluidas las personas no dependientes del Ministerio que presten a
éstos servicios que puedan dar origen a las indemnizaciones o compensaciones
que se regulan en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo..
b) La designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización
respecto del personal del Gabinete y de la secretaría de la persona titular del
Ministerio, incluidas las personas no dependientes del Ministerio que presten a
éstos servicios que puedan dar origen a las indemnizaciones o compensaciones
que se regulan en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
c) La aprobación del gasto y la orden de pago material respecto a los gastos
pagados mediante los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar, en
los términos de las respectivas órdenes ministeriales en esta materia, respecto de
su ámbito material de actuación.