I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-6283)
Enmiendas de 2021 al Anexo del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por su Protocolo de 1978, adoptadas en Londres el 17 de junio de 2021 mediante Resolución MEPC.330(76).
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59

Viernes 10 de marzo de 2023
6.

Sec. I. Pág. 35390

Se añade el nuevo apéndice IV siguiente:
«APÉNDICE IV
Modelo de Certificado de exención de las gabarras UNSP
CERTIFICADO INTERNACIONAL DE EXENCIÓN DE LAS GABARRAS
SIN DOTACIÓN NI AUTOPROPULSIÓN (UNSP) PARA LA PREVENCIÓN
DE LA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS

Expedido en virtud de lo dispuesto en el Convenio internacional para prevenir la contaminación por
los buques, 1973, modificado por el correspondiente Protocolo de 1978, enmendado, (en adelante
denominado "el Convenio"), con la autoridad conferida por el Gobierno de:
…………………………………………………………………………………………………………
(nombre oficial completo del país)
por............................................................................................................................ ……………….
(nombre completo de la persona u organización competente
autorizada en virtud de lo dispuesto en el Convenio)
Datos relativos al buque
Nombre del buque ........... ………………………………..
Número o letras distintivos…………………………………
Puerto de matrícula ........ ………………………………..
Arqueo bruto ................. ………………………………..
SE CERTIFICA:
1
que la gabarra UNSP ha sido objeto de reconocimiento de conformidad con lo dispuesto en
la regla 3.7 del Anexo I del Convenio;
2

que el reconocimiento ha puesto de manifiesto que la gabarra UNSP:
.1
.2
.3
.4
.5

carece de medios mecánicos de propulsión;
no transporta hidrocarburos (según se definen en la regla 1.1 del Anexo I del
Convenio);
no tiene máquinas que puedan utilizar hidrocarburos o generar residuos de
hidrocarburos (fangos);
no tiene tanques de combustible líquido, tanques de aceite lubricante, tanques de
retención de aguas de sentina oleosas ni tanques de residuos de hidrocarburos
(fangos); y
no lleva a bordo personas ni animales vivos; y

3
que la gabarra UNSP está exenta, en virtud de la regla 3.7 del Anexo I del Convenio, de las
prescripciones sobre reconocimiento y certificación de las reglas 6.1 y 7.1 del Anexo I del Convenio.
El presente certificado es válido hasta (dd/mm/aaaa) ............................ ……...,
A reserva de que se mantengan las condiciones de la exención.

Expedido en
(lugar de expedición del certificado)
el (dd/mm/aaaa): ...............................
(fecha de expedición)

……………………………………
(firma del funcionario debidamente
autorizado que expide el certificado)

(sello o estampilla, según corresponda, de la autoridad expedidora)»

cve: BOE-A-2023-6283
Verificable en https://www.boe.es

Fecha de terminación del reconocimiento en el que se basa el presente certificado
(dd/mm/aaaa) .........................................................................................................................