III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-6271)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica FV La Campiña de 225 MWp y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35235
En relación al análisis de la fauna, además de los datos anteriormente expuestos, a
continuación, se extractan los principales informes recibidos en esta materia y que han
justificado las sucesivas modificaciones del proyecto y el sentido de la presente resolución:
– Informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha de 19 de mayo de 2022: Tras una exposición de
carencias detectadas en el EsIA, se informa de la importancia de zona de ubicación del
proyecto para la fauna protegida, con mención especial a la presencia de nidos de águila
imperial, y afecciones directas a hábitats de aguilucho cenizo, aguilucho pálido y sisón,
entre otras especies. Se concluye que el proyecto en su conjunto conlleva efectos
negativos severos/críticos sobre recursos protegidos competencia de esa Dirección
General. Por consiguiente, considera que el proyecto no garantiza la conservación de los
valores ambientales y recursos naturales en la zona donde se pretende ubicar ni en su
entorno próximo. Sin embargo, también indica que:
«Los promotores deben replantear el proyecto y valorar alternativas de ubicación,
redimensionamiento de las plantas y del trazado de las LAAT en otras zonas que
ocasionen menor impacto sobre fauna protegida y su hábitat,…».
– Informe de 13 de septiembre de 2022 de la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: En
relación a las aves esteparias, desde esa Subdirección General se pone de manifiesto
que la planta solar se sitúa en una zona altamente sensible considerando la distribución
conocida de aves esteparias amenazadas, concretamente para el sisón junto al
aguilucho cenizo consideradas especialmente vulnerables a este tipo de actuaciones.
– Informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha de 30 de noviembre de 2022: En respuesta al
anterior informe de 19 de mayo de 2022 el promotor emitió una respuesta proponiendo
cambios al proyecto, de los cuales lo más destacable es el soterramiento de parte de las
infraestructuras de evacuación así como la reducción de la superficie de implantación de
ambas ubicaciones evitando la inclusión del proyecto dentro de los radios de 1,5 Km
entorno a los nidos de águila imperial detectados.
Dicha Dirección General, indicaba, dando así respuesta a las alegaciones
presentadas por el promotor y resumidas en el párrafo anterior, que:
«La nueva documentación aportada no es suficiente para modificar el sentido
desfavorable de nuestro primer informe.
Las modificaciones indicadas (reducción de superficie en ambos sectores,
soterramiento de ciertos tramos de línea), de las que no hay constancia formal, se
consideran una mejora en la reducción de impactos ambientales de las PSFV sobre
recursos naturales protegidos. No obstante, la evacuación a un punto tan distante
(Leganés) hace necesaria una línea de evacuación de gran longitud (84 km) indicativa de
la baja sostenibilidad ambiental del proyecto en su conjunto.
[…]
Por lo anterior, esta Dirección General considera que este proyecto, en su conjunto,
No Garantiza la conservación de los valores ambientales y recursos naturales en la
ubicación y características actuales.»
– Informe de la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha de 30 de noviembre de 2022: Considera que el proyecto en su
conjunto no garantiza la conservación de los valores ambientales y recursos naturales de
la zona donde se pretende ubicar y su entorno próximo, en tanto no se modifique el
proyecto y se sigan las recomendaciones realizadas por la ya citada Dirección General
de Medio Natural y Biodiversidad y las mencionadas en su informe, de tal modo que se
minimicen los impactos previsibles sobre fauna protegida, su hábitat y al DPH.
cve: BOE-A-2023-6271
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 58
Jueves 9 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 35235
En relación al análisis de la fauna, además de los datos anteriormente expuestos, a
continuación, se extractan los principales informes recibidos en esta materia y que han
justificado las sucesivas modificaciones del proyecto y el sentido de la presente resolución:
– Informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha de 19 de mayo de 2022: Tras una exposición de
carencias detectadas en el EsIA, se informa de la importancia de zona de ubicación del
proyecto para la fauna protegida, con mención especial a la presencia de nidos de águila
imperial, y afecciones directas a hábitats de aguilucho cenizo, aguilucho pálido y sisón,
entre otras especies. Se concluye que el proyecto en su conjunto conlleva efectos
negativos severos/críticos sobre recursos protegidos competencia de esa Dirección
General. Por consiguiente, considera que el proyecto no garantiza la conservación de los
valores ambientales y recursos naturales en la zona donde se pretende ubicar ni en su
entorno próximo. Sin embargo, también indica que:
«Los promotores deben replantear el proyecto y valorar alternativas de ubicación,
redimensionamiento de las plantas y del trazado de las LAAT en otras zonas que
ocasionen menor impacto sobre fauna protegida y su hábitat,…».
– Informe de 13 de septiembre de 2022 de la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: En
relación a las aves esteparias, desde esa Subdirección General se pone de manifiesto
que la planta solar se sitúa en una zona altamente sensible considerando la distribución
conocida de aves esteparias amenazadas, concretamente para el sisón junto al
aguilucho cenizo consideradas especialmente vulnerables a este tipo de actuaciones.
– Informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha de 30 de noviembre de 2022: En respuesta al
anterior informe de 19 de mayo de 2022 el promotor emitió una respuesta proponiendo
cambios al proyecto, de los cuales lo más destacable es el soterramiento de parte de las
infraestructuras de evacuación así como la reducción de la superficie de implantación de
ambas ubicaciones evitando la inclusión del proyecto dentro de los radios de 1,5 Km
entorno a los nidos de águila imperial detectados.
Dicha Dirección General, indicaba, dando así respuesta a las alegaciones
presentadas por el promotor y resumidas en el párrafo anterior, que:
«La nueva documentación aportada no es suficiente para modificar el sentido
desfavorable de nuestro primer informe.
Las modificaciones indicadas (reducción de superficie en ambos sectores,
soterramiento de ciertos tramos de línea), de las que no hay constancia formal, se
consideran una mejora en la reducción de impactos ambientales de las PSFV sobre
recursos naturales protegidos. No obstante, la evacuación a un punto tan distante
(Leganés) hace necesaria una línea de evacuación de gran longitud (84 km) indicativa de
la baja sostenibilidad ambiental del proyecto en su conjunto.
[…]
Por lo anterior, esta Dirección General considera que este proyecto, en su conjunto,
No Garantiza la conservación de los valores ambientales y recursos naturales en la
ubicación y características actuales.»
– Informe de la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha de 30 de noviembre de 2022: Considera que el proyecto en su
conjunto no garantiza la conservación de los valores ambientales y recursos naturales de
la zona donde se pretende ubicar y su entorno próximo, en tanto no se modifique el
proyecto y se sigan las recomendaciones realizadas por la ya citada Dirección General
de Medio Natural y Biodiversidad y las mencionadas en su informe, de tal modo que se
minimicen los impactos previsibles sobre fauna protegida, su hábitat y al DPH.
cve: BOE-A-2023-6271
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 58