I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Estatutos. (BOE-A-2023-6082)
Real Decreto 158/2023, de 7 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal "Agencia Espacial Española".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 34538
2. La Dirección de Programas e Industria dará apoyo, en los temas de su
competencia, al resto de direcciones de la Agencia y a la Dirección de la misma.
Artículo 20. La Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1. La Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación es la responsable de la I+D+I y
los desarrollos tecnológicos en todos los campos del sector espacial. Sus funciones son:
a) La promoción y el desarrollo de las tecnologías espaciales en todos sus ámbitos.
b) La incorporación de programas de I+D+I en todas sus convocatorias y en todas
las fases de la cadena de valor, incluyendo segmento de vuelo, lanzador, operaciones,
aplicaciones y servicios.
c) Fomentar la investigación científica en el ámbito espacial, persiguiendo objetivos
de excelencia mediante la elaboración y ejecución de un programa científico asociado a
sistemas espaciales.
d) Promover los programas para el aumento del conocimiento científico y
tecnológico en el ámbito espacial.
e) Colaborar con las universidades, organismos públicos de investigación, otras
instituciones públicas y empresas en la promoción de la explotación comercial de las
tecnologías punteras desarrolladas por estas.
f) Tramitar los procedimientos de concesión de ayudas públicas a la investigación,
desarrollo tecnológico e innovación espacial.
g) Coordinar actividades de investigación espacial realizadas por terceros.
h) Promover la colaboración entre la industria y los organismos de investigación.
i) Asegurar la disponibilidad de infraestructuras estratégicas de titularidad pública
para el desarrollo, operación y aplicaciones de los programas espaciales.
j) Gestionar actividades y programas relacionados con la formación en el ámbito de
la ciencia y las tecnologías espaciales.
k) Desarrollar programas de promoción de la innovación en la industria espacial
española, con especial apoyo a las pequeñas y medianas empresas.
l) Evaluar el contenido tecnológico y económico financiero de los proyectos de
carácter espacial candidatos a ayudas públicas, así como realizar el seguimiento de su
desarrollo y evaluación tras su concesión.
m) Apoyar a la creación y consolidación de empresas de base tecnológica espacial.
n) Apoyar la fabricación de preseries y la comercialización de nuevos productos y
procesos, especialmente en mercados exteriores.
ñ) Fomentar la participación española en programas internacionales de
cooperación científica y tecnológica espacial, así como perseguir la obtención de los
adecuados retornos científicos, tecnológicos e industriales de dichos programas.
o) El seguimiento de los programas de coordinación tecnológica de la Unión
Europea en el ámbito espacial.
p) El seguimiento y ejecución de los programas de la Unión Europea que le sean
adjudicados en su condición de responsable de la I+D+I y los desarrollos tecnológicos en
todos los campos del sector espacial.
q) La coordinación de los programas científicos de la ESA, tanto el programa de
Ciencia como la parte correspondiente de los programas de Exploración y Observación
de la Tierra.
r) La promoción de proyectos de ciencia espacial y el desarrollo de las capacidades
asociadas, en particular de la instrumentación científica.
s) La coordinación de los programas de desarrollo tecnológico de la ESA, en
particular los programas GSTP, TRP e InCubed.
t) La identificación de tecnologías para programas futuros y la promoción de los
desarrollos en las etapas iniciales de dichas tecnologías.
u) La identificación y promoción de las tecnologías espaciales necesarias para la
seguridad y la defensa en coordinación con la Dirección de Seguridad y Planificación.
cve: BOE-A-2023-6082
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 57
Miércoles 8 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 34538
2. La Dirección de Programas e Industria dará apoyo, en los temas de su
competencia, al resto de direcciones de la Agencia y a la Dirección de la misma.
Artículo 20. La Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1. La Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación es la responsable de la I+D+I y
los desarrollos tecnológicos en todos los campos del sector espacial. Sus funciones son:
a) La promoción y el desarrollo de las tecnologías espaciales en todos sus ámbitos.
b) La incorporación de programas de I+D+I en todas sus convocatorias y en todas
las fases de la cadena de valor, incluyendo segmento de vuelo, lanzador, operaciones,
aplicaciones y servicios.
c) Fomentar la investigación científica en el ámbito espacial, persiguiendo objetivos
de excelencia mediante la elaboración y ejecución de un programa científico asociado a
sistemas espaciales.
d) Promover los programas para el aumento del conocimiento científico y
tecnológico en el ámbito espacial.
e) Colaborar con las universidades, organismos públicos de investigación, otras
instituciones públicas y empresas en la promoción de la explotación comercial de las
tecnologías punteras desarrolladas por estas.
f) Tramitar los procedimientos de concesión de ayudas públicas a la investigación,
desarrollo tecnológico e innovación espacial.
g) Coordinar actividades de investigación espacial realizadas por terceros.
h) Promover la colaboración entre la industria y los organismos de investigación.
i) Asegurar la disponibilidad de infraestructuras estratégicas de titularidad pública
para el desarrollo, operación y aplicaciones de los programas espaciales.
j) Gestionar actividades y programas relacionados con la formación en el ámbito de
la ciencia y las tecnologías espaciales.
k) Desarrollar programas de promoción de la innovación en la industria espacial
española, con especial apoyo a las pequeñas y medianas empresas.
l) Evaluar el contenido tecnológico y económico financiero de los proyectos de
carácter espacial candidatos a ayudas públicas, así como realizar el seguimiento de su
desarrollo y evaluación tras su concesión.
m) Apoyar a la creación y consolidación de empresas de base tecnológica espacial.
n) Apoyar la fabricación de preseries y la comercialización de nuevos productos y
procesos, especialmente en mercados exteriores.
ñ) Fomentar la participación española en programas internacionales de
cooperación científica y tecnológica espacial, así como perseguir la obtención de los
adecuados retornos científicos, tecnológicos e industriales de dichos programas.
o) El seguimiento de los programas de coordinación tecnológica de la Unión
Europea en el ámbito espacial.
p) El seguimiento y ejecución de los programas de la Unión Europea que le sean
adjudicados en su condición de responsable de la I+D+I y los desarrollos tecnológicos en
todos los campos del sector espacial.
q) La coordinación de los programas científicos de la ESA, tanto el programa de
Ciencia como la parte correspondiente de los programas de Exploración y Observación
de la Tierra.
r) La promoción de proyectos de ciencia espacial y el desarrollo de las capacidades
asociadas, en particular de la instrumentación científica.
s) La coordinación de los programas de desarrollo tecnológico de la ESA, en
particular los programas GSTP, TRP e InCubed.
t) La identificación de tecnologías para programas futuros y la promoción de los
desarrollos en las etapas iniciales de dichas tecnologías.
u) La identificación y promoción de las tecnologías espaciales necesarias para la
seguridad y la defensa en coordinación con la Dirección de Seguridad y Planificación.
cve: BOE-A-2023-6082
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Núm. 57