III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6046)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de Ayuda Oficial al Desarrollo gestionadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Subvenciones de ayuda oficial al desarrollo gestionadas por la AECID, 2016
Sec. III. Pág. 33967
59
CONCLUSIONES
1. Las aportaciones realizadas en el ejercicio 2016 por España en concepto de ayudas oficiales al
desarrollo han ascendido a 3.819 millones de euros, lo que representa un 0,27 % de los ingresos
nacionales brutos registrados en ese año. Este porcentaje, se ha situado por debajo de los
objetivos fijados en las resoluciones de Naciones Unidas y en la Agenda 2030 que establecían
unos porcentajes del 0,7 % sobre la citada magnitud, en línea con los porcentajes registrados en
la última década, que han oscilado entre el 0,09 % del año 2015 y el 0,3 % de 2009 (Apartado I)
De este importe de 3.819 millones de euros, la cooperación descentralizada, financiada por las
CCAA y las EELL, ascendía a 227 millones de euros y la financiada por la Administración
General del Estado a 3.592 millones de euros22. De esta última, la parte destinada a “programas
y proyectos” gestionados por el MAEC ascendía a 306 millones de euros, siendo un importe de
149 millones de euros gestionado por la AECID, ente al que la Ley de Cooperación configura
como el órgano de gestión de la política española de cooperación, incluyendo las ayudas para
programas y/o proyectos; la cooperación técnica, cultural y científica; la ayuda alimentaria y de
emergencia; la ayuda de equipamiento y las subvenciones a las Organizaciones No
Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD), y que ha sido objeto de fiscalización.
RESPECTO DEL CONTROL INTERNO
2. El control interno de la AECID presentó debilidades que han sido detalladas en el apartado II del
presente informe, entre las que destacan las que se señalan a continuación (Apartado II):
a) No se ha dispuesto de un manual en el que se definieran las funciones y procedimientos de
gestión aplicables a los diferentes centros gestores de subvenciones, a pesar del elevado
grado de descentralización geográfica y funcional existente.
b) La existencia de distintos sistemas y aplicaciones informáticas, no integrados, ha dificultado la
gestión y seguimiento de las ayudas, así como la realización de cruces y conciliaciones entre
las distintas fases del procedimiento. Asimismo, en ellos se han puesto de manifiesto
importantes inconsistencias y falta de documentación.
RESPECTO A LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
3. En opinión del Tribunal la ejecución presupuestaria de los créditos de los capítulos 4 y 7
relativos a AOD se ha realizado de conformidad con las normas presupuestarias que resultan de
aplicación, habiendo ascendido las obligaciones reconocidas por la AECID en el ejercicio 2016
en concepto de ayuda oficial al desarrollo a 149.201.938 euros (Apartado III).
El grado de ejecución alcanzado en 2016, en relación con los créditos objeto de fiscalización, ha
sido del 90 % y las modificaciones aprobadas en dicho año han ascendido a 30.382.931 euros,
un 22 % de los créditos inicialmente aprobados.
22
Un importe de 3.239 millones de euros son transferencias a Bancos Regionales de Desarrollo y condonaciones de
deuda realizadas por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, así como transferencias del Ministerio de
Hacienda y Función Pública a la Unión Europea y al Banco Europeo de Inversiones, que computan como Ayuda Oficial al
Desarrollo.
cve: BOE-A-2023-6046
Verificable en https://www.boe.es
La presupuestación y ejecución de los créditos destinados a las ayudas gestionadas por el
Departamento de ONGD se realizaron en distinto subconcepto (48600 y 484, respectivamente);
sin embargo, para agilizar la gestión podría realizarse en el mismo subconcepto presupuestario.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Subvenciones de ayuda oficial al desarrollo gestionadas por la AECID, 2016
Sec. III. Pág. 33967
59
CONCLUSIONES
1. Las aportaciones realizadas en el ejercicio 2016 por España en concepto de ayudas oficiales al
desarrollo han ascendido a 3.819 millones de euros, lo que representa un 0,27 % de los ingresos
nacionales brutos registrados en ese año. Este porcentaje, se ha situado por debajo de los
objetivos fijados en las resoluciones de Naciones Unidas y en la Agenda 2030 que establecían
unos porcentajes del 0,7 % sobre la citada magnitud, en línea con los porcentajes registrados en
la última década, que han oscilado entre el 0,09 % del año 2015 y el 0,3 % de 2009 (Apartado I)
De este importe de 3.819 millones de euros, la cooperación descentralizada, financiada por las
CCAA y las EELL, ascendía a 227 millones de euros y la financiada por la Administración
General del Estado a 3.592 millones de euros22. De esta última, la parte destinada a “programas
y proyectos” gestionados por el MAEC ascendía a 306 millones de euros, siendo un importe de
149 millones de euros gestionado por la AECID, ente al que la Ley de Cooperación configura
como el órgano de gestión de la política española de cooperación, incluyendo las ayudas para
programas y/o proyectos; la cooperación técnica, cultural y científica; la ayuda alimentaria y de
emergencia; la ayuda de equipamiento y las subvenciones a las Organizaciones No
Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD), y que ha sido objeto de fiscalización.
RESPECTO DEL CONTROL INTERNO
2. El control interno de la AECID presentó debilidades que han sido detalladas en el apartado II del
presente informe, entre las que destacan las que se señalan a continuación (Apartado II):
a) No se ha dispuesto de un manual en el que se definieran las funciones y procedimientos de
gestión aplicables a los diferentes centros gestores de subvenciones, a pesar del elevado
grado de descentralización geográfica y funcional existente.
b) La existencia de distintos sistemas y aplicaciones informáticas, no integrados, ha dificultado la
gestión y seguimiento de las ayudas, así como la realización de cruces y conciliaciones entre
las distintas fases del procedimiento. Asimismo, en ellos se han puesto de manifiesto
importantes inconsistencias y falta de documentación.
RESPECTO A LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
3. En opinión del Tribunal la ejecución presupuestaria de los créditos de los capítulos 4 y 7
relativos a AOD se ha realizado de conformidad con las normas presupuestarias que resultan de
aplicación, habiendo ascendido las obligaciones reconocidas por la AECID en el ejercicio 2016
en concepto de ayuda oficial al desarrollo a 149.201.938 euros (Apartado III).
El grado de ejecución alcanzado en 2016, en relación con los créditos objeto de fiscalización, ha
sido del 90 % y las modificaciones aprobadas en dicho año han ascendido a 30.382.931 euros,
un 22 % de los créditos inicialmente aprobados.
22
Un importe de 3.239 millones de euros son transferencias a Bancos Regionales de Desarrollo y condonaciones de
deuda realizadas por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, así como transferencias del Ministerio de
Hacienda y Función Pública a la Unión Europea y al Banco Europeo de Inversiones, que computan como Ayuda Oficial al
Desarrollo.
cve: BOE-A-2023-6046
Verificable en https://www.boe.es
La presupuestación y ejecución de los créditos destinados a las ayudas gestionadas por el
Departamento de ONGD se realizaron en distinto subconcepto (48600 y 484, respectivamente);
sin embargo, para agilizar la gestión podría realizarse en el mismo subconcepto presupuestario.