III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6046)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las subvenciones de Ayuda Oficial al Desarrollo gestionadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023
Subvenciones de ayuda oficial al desarrollo gestionadas por la AECID, 2016

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por la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica (SECIPI) y la
Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo (SGCID) del MAEC, así como,
por la AECID.
En el análisis efectuado sobre las actuaciones gestionadas por la Entidad sobre este programa se
han puesto de manifiesto los siguientes resultados:
1.

Los objetivos establecidos en los programas presupuestarios han sido coherentes con los fines
que la Entidad tenía atribuidos por su normativa reguladora. El reparto de las actuaciones
previstas en los objetivos de la memoria presupuestaria entre los distintos órganos gestores se
ha realizado de acuerdo con la distribución competencial recogida en la normativa reguladora.
Por otra parte, en la actividad 7.4 de la memoria (“Apoyar la participación del MAEC en la
Comisión Delegada de Cambio Climático y en la Comisión Interministerial de Cambio
Climático”) se hace referencia a un órgano extinguido cinco años antes, puesto que la
Comisión Delegada del Cambio Climático finalizó sus actuaciones a partir de la disposición
adicional cuarta del Real Decreto 1886/2011, de 30 de diciembre, por el que se establecen las
Comisiones Delegadas del Gobierno, que a su vez crea en la disposición adicional segunda la
Comisión Interministerial del Cambio Climático.

2.

Ni las memorias presupuestarias, ni los estados de gastos recogieron con suficiente nivel de
detalle determinadas actuaciones y actividades desarrolladas por las unidades gestoras de la
AECID, como por ejemplo los créditos destinados a los convenios de desarrollo, a los
proyectos de desarrollo y a las Acciones de desarrollo, concreción que hubiera sido
aconsejable dado su elevado volumen.

3.

El estado de gastos y la memoria del programa presupuestario 143A han presentado una falta
de correlación, puesto que únicamente se han podido relacionar los créditos del subconcepto
49605 “Fortalecimiento capacidades gobiernos”, de la Cooperación Delegada (subconceptos
49610 a 49617 y 79610 a 79617), y de las subvenciones nominativas, las correspondientes al
concepto 442 “A la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas
Públicas” y al subconcepto 48907 “A la Fundación Centro Educación a Distancia para el
Desarrollo Económico y Tecnológico” no habiendo sido posible realizar una correspondencia
entre las actividades de la memoria presupuestaria, tal y como se describen en la misma, y los
créditos presupuestarios de las ayudas de Política Exterior (conceptos 49600 a 49605 y 79600
a 70902), Ayuda Humanitaria (concepto 48609) y ayudas a ONGD (concepto 484). De hecho,
en la descripción de las actividades no se menciona en ningún momento a centros gestores de
ayudas como son la Dirección de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera (ayudas a
ONGD) o la Oficina de Acción Humanitaria (ayuda humanitaria, tanto la concedida en
desarrollo de la política exterior del gobierno, Título I del RD 794/2010, como la regulada
expresamente en el Titulo III).

1.

El sistema de indicadores definido no ha abarcado la totalidad de las actividades previstas en
las memorias presupuestarias. Así, los indicadores establecidos para medir las actuaciones de
los objetivos número 9 “Diseñar e implementar estrategias de actuación diferenciadas y de
mayor calidad e impacto”, 10 “Construir relaciones más estratégicas con otros actores de
cooperación” y 13 “Lograr una organización más cohesionada y coordinada” han sido
excesivamente genéricos y no han permitido medir las actuaciones concretas incluidas en
dichos objetivos, como las relativas a las actuaciones 10.9 “retos medioambientales: proseguir
el seguimiento de la cooperación extrapresupuestaria con las tres convenciones de Rio –
Cambio Climático, Biodiversidad y Desertificación- en estrecha coordinación con MAGRAMA y

cve: BOE-A-2023-6046
Verificable en https://www.boe.es

Por lo que se refiere a los indicadores establecidos para medir el logro de los objetivos de los
programas presupuestarios, cabe señalar que aquellos no han proporcionado información
suficiente y relevante sobre la gestión desarrollada y, por tanto, no han resultado útiles para la toma
de decisiones, según se expone a continuación: