III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6045)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las operaciones de apoyo financiero de SEPI a sus empresas del grupo, ejercicios 2017 y 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33885

más operaciones de crédito en 2017, que otorgan mayor flexibilidad, y menos de préstamo podría
haber reducido el coste financiero total de la deuda, ya que el coste de los préstamos (tipo fijo) fue
superior al de los créditos (tipo variable); SEPI optó por formalizar préstamos a tipo fijo ante la
eventual perspectiva de una subida de los tipos de interés.
Las restantes operaciones de crédito cuyo destino era dar cobertura al posible déficit de InterSEPI fueron formalizadas en abril de 2018, por un importe global de 125 millones de euros y con
anterioridad a la aprobación de la Ley de Presupuestos para este ejercicio. Hay que destacar que
en ese momento, estas operaciones no estaban cubiertas por la autorización presupuestaria, si
bien, como se ha señalado, no llegaron a ser objeto de disposición alguna. Entre las causas que
motivaron su contratación se encuentra que en determinados periodos de 2017 el volumen de las
operaciones cedidas fue superior al de las tomadas, por lo que, en esos momentos, Inter-SEPI se
financió con los recursos propios de SEPI. En 2018 no se produjo déficit de Inter-SEPI en ningún
momento del ejercicio, a lo que se añade que existía disponibilidad en los créditos que ya estaban
formalizados, por lo que la contratación de estas operaciones se considera innecesaria por parte
del Tribunal de Cuentas9. Adicionalmente, parte de estas operaciones llevaban asociados costes
por comisiones (por no disponibilidad y de apertura), que han supuesto más de 70.000 euros, lo
que las convierten en antieconómicas. En 2019, algunas de estas operaciones de crédito con
comisiones por no disponibilidad han sido reemplazadas por otras con menores comisiones.

II.2.2.2.- Procedimiento de gestión del endeudamiento

9

A pesar de lo manifestado por SEPI en sus alegaciones, en la fiscalización se ha constatado que el 20 de abril de
2018, fecha de formalización de las operaciones, NAVANTIA ya había recibido el anticipo del Tesoro y tenía
depositados en Inter-SEPI 319,7 millones de euros, lo que debería haber paralizado la formalización de estas
operaciones.
10 A pesar de lo señalado por SEPI en sus alegaciones, en el sentido de que no es posible estandarizar en una norma
los criterios y pautas para la selección de las ofertas de endeudamiento, los resultados de esta fiscalización llevan a
considerar que sería necesario que SEPI incluyera en sus “Normas Internas de Gestión Financiera” unas pautas básicas
referidas a procedimientos, órganos y competencias a aplicar en la contratación de las operaciones de endeudamiento,
dada la gran importancia que esta operaciones tienen actualmente para SEPI y que es previsible continuarán teniendo
en ejercicios futuros.

cve: BOE-A-2023-6045
Verificable en https://www.boe.es

Como ya se ha señalado, SEPI dispone de normas escritas extensas, detalladas y suficientes
para regular la autorización, el control y el seguimiento pormenorizado de las actividades,
inversiones y contratos a formalizar por sus empresas dependientes, como son las Normas
Reguladoras y el Manual. Por el contrario, las normas escritas para regular su actividad interna
son mucho menos exhaustivas. Así, en relación con el procedimiento para la formalización y
gestión de las operaciones de endeudamiento propias, SEPI dispone únicamente de las
denominadas “Normas internas de gestión financiera”, documento en el que se establecen
determinados procedimientos en relación con las funciones encomendadas a la Subdirección de
Finanzas, que depende de la Dirección de Gestión Financiera. No consta que estas normas hayan
sido aprobadas por ningún órgano colegiado de SEPI. Las citadas normas establecen cómo se
deben formalizar y ejecutar las operaciones por parte del personal de la unidad, estableciendo
únicamente sobre la gestión de la deuda de SEPI, que se tramitarán a través de la Subdirección
de Finanzas los pagos derivados de la gestión de la deuda de SEPI (intereses, amortizaciones, o
cualquier tipo de operación financiera) y que por parte de dicha Subdirección se elaborarán los
cuadros de mando con la posición diaria de la deuda, publicándose estos en las aplicaciones
internas de gestión. Nada se señala sobre la forma de proceder para la selección y formalización
de las operaciones de endeudamiento10.