III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6045)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las operaciones de apoyo financiero de SEPI a sus empresas del grupo, ejercicios 2017 y 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023

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mercado, no eran absorbidos por las centrales térmicas para la producción de energía eléctrica y
que serían adquiridos por HUNOSA con un límite máximo de 2 millones de toneladas y de 110
millones de euros (estos importes fueron ampliados por acuerdos posteriores del Consejo de
Ministros). El crédito inicial fue concedido por un plazo de tres años, si bien se firmaron, en los
ejercicios siguientes, adendas al contrato de crédito para prolongar su plazo, las dos últimas
firmadas el 31 de diciembre de 2016 y el 31 de diciembre de 2018, que ampliaron el plazo del
crédito en dos años y seis meses, respectivamente, y redujeron su importe máximo a 80 y 70
millones de euros, respectivamente.
En 2015 quedó vendido por HUNOSA todo el stock del carbón del AETC, salvo determinadas
cantidades que correspondían a dos empresas del sector y que habían desaparecido de los
almacenes de dichas empresas que eran las encargadas de su custodia hasta su venta, dando
lugar al inicio de las correspondientes reclamaciones judiciales por parte de HUNOSA. A 31 de
diciembre de 2016, la deuda por dicho crédito ascendía a 71 millones de euros, que se había
reducido a 64,1 millones a 31 de diciembre de 2018. Con el importe recuperado por HUNOSA se
están financiando actualmente las reclamaciones judiciales por un importe de alrededor de 55,3
millones, derechos de crédito de difícil cobro por ventas del AETC por 3,2 millones y los gastos de
gestión del almacén que no han podido ser repercutidos en las ventas por la diferencia.
La última adenda al contrato de crédito firmada el 31 de diciembre de 2018 fue concedida por
SEPI ante la incapacidad de HUNOSA para proceder a la devolución del préstamo, al estar
condicionada a la resolución de los procesos judiciales y a la compensación de los gastos de
gestión no repercutidos. En el acuerdo tomado por el CA de SEPI en diciembre de 2018 se
requiere a HUNOSA para que antes del 30 de junio de 2019 proporcione una estimación realista
sobre su capacidad para reintegrar el crédito. En marzo de 2019, tras la comunicación de
HUNOSA de que considera que las posibilidades de recuperación de los derechos de cobro del
AETC son escasas y que ha provisionado todo el valor de los derechos existentes, SEPI ha
acordado autorizar una aportación a los fondos propios de la Sociedad por el montante necesario
para proceder a la cancelación del crédito, sin perjuicio de requerir a HUNOSA para que continúe
con las actuaciones necesarias para intentar recuperar los importes reclamados judicialmente.
II.1.5.- Operaciones Inter-SEPI cedidas
II.1.5.1.- Cuantificación del volumen de aportaciones
Con la finalidad de optimizar la gestión de su tesorería y la de las empresas de su grupo, SEPI ha
desarrollado el sistema Inter-SEPI, a través del cual se lleva a cabo la intermediación de la oferta
y la demanda de los excedentes de tesorería de las distintas empresas, de modo que la empresa
con excedentes de tesorería los presta a SEPI a cambio de una remuneración (“operaciones
tomadas”) y las empresas con necesidades a corto plazo obtienen financiación de SEPI a unos
tipos de interés más bajos que los de mercado (“operaciones cedidas”). De esta manera, SEPI
actúa como “banco” o intermediario financiero de sus filiales o entidades dependientes. El
excedente de los fondos tomados sobre los cedidos es utilizado para financiar la propia actividad
de SEPI.
La remuneración otorgada a las operaciones tomadas por SEPI (fondos depositados por sus
filiales) ha sido durante el periodo fiscalizado del 0,10 % en general y del 0,15 % para aquellas de
duración en torno al año. Para las operaciones cedidas por SEPI (fondos prestados a sus filiales),
la remuneración es del euríbor del plazo de la operación más 80 puntos básicos y sin cláusula
suelo; en consecuencia, a las operaciones cedidas se les han aplicado distintos tipos de interés
según el plazo y el momento en el que fueron formalizadas, que han oscilado entre el 0,40 y el
0,70 % durante el periodo fiscalizado. El conjunto de las operaciones tomadas y cedidas por SEPI

cve: BOE-A-2023-6045
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Núm. 56