III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33760

entidades solicitantes. No obstante, la guía de valoración de los proyectos, común a las
líneas de Convivencia y Cohesión Social y de Protección Internacional, así como los cuestionarios de valoración de los proyectos, señalan que se tendrá en cuenta de forma positiva
que el proyecto contemple la perspectiva de género de forma transversal en todo su planteamiento, así como que el proyecto haya actuado sobre las desigualdades identificadas
entre mujeres y hombres. Por lo que se refiere a las subvenciones de concesión directa, sus
normas reguladoras y sus resoluciones de concesión no recogen ninguna mención al principio de igualdad.
3º) No se pudieron hacer verificaciones de las actuaciones de las entidades beneficiaras en
relación con la igualdad y no discriminación por sexo en los proyectos no cofinanciados con
fondos europeos de la convocatoria de 2018, al no haberse realizado comprobaciones in
situ.
4º) En las comisiones de valoración de las distintas líneas analizadas existía un reparto de sus
miembros con mayor presencia femenina, llegando a alcanzar el 100 % de mujeres en una
de ellas.
II.7. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN LEY 19/2013,
DE 9 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y
BUEN GOBIERNO
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad, y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos, así como las consecuencias
derivadas de su incumplimiento.
En el desarrollo de la fiscalización se ha comprobado el cumplimiento de las obligaciones previstas
en el artículo 8.1 de la Ley, que establece que los sujetos obligados por esta ley deberán hacer
pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión
económica o presupuestaria en relación con las subvenciones y ayudas públicas concedidas con
indicación de su importe, objeto, finalidad y beneficiarios. En concreto, en relación con las subvenciones, se señala que deberá indicarse su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
Por otra parte, las bases reguladoras de las distintas convocatorias recogen la exigencia de que las
convocatorias se realicen conforme a los principios de publicidad y transparencia, entre otros.
Para cumplir estos principios, las bases reguladoras y convocatorias de las distintas líneas de subvención se publican en el BOE, así como en la base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y
en el Sistema Nacional de Publicidad de las Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPS), junto con las
resoluciones de concesión o la identificación de los beneficiarios, entre otras cuestiones, y en la
página web del Ministerio. De las ayudas concedidas a los residentes en los CAR y de la subvención
a la OIM, solo se han publicado sus reales decretos reguladores; y de las subvenciones de concesión directa a las ciudades de Ceuta y Melilla, se incluye el importe concedido y la fecha de concesión.
La información disponible en la página web y en la BDNS y el SNPS se publica de forma clara,
estructurada y entendible para los interesados, con un acceso sencillo y gratuito.
Además, existe una guía de valoración para las líneas de Convivencia y Cohesión Social y de Protección Internacional, en la que se desarrollan los criterios para la valoración de entidades y proyectos, que no estaba publicada y a la que, por tanto, no podían acceder los solicitantes. Asimismo, en
la convocatoria de 2020 se ha incluido por primera vez, en la página web del Ministerio, la ponderación de los criterios de valoración de entidades y proyectos de la convocatoria de 2020 en la línea
de Convivencia y Cohesión Social, lo que no se ha hecho en la línea de Protección.

cve: BOE-A-2023-6043
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Núm. 56