III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33755

Por otra parte, en el análisis de la memoria presupuestaria y de los objetivos e indicadores, se ha
observado que no cumplen su cometido. Los objetivos fijados son genéricos, poco concretos y sin
relación con los propios objetivos de las distintas líneas de subvenciones (que representan más del
90 % del programa), a la vez que sus indicadores no sirven para medir dichos objetivos. Estos y los
indicadores se han mantenido sin cambios en los últimos años.
Por todo ello, esta recomendación se considera no cumplida.
4. Recomendación cuarta
“La Dirección General de Integración de los Inmigrantes debe proceder a la elaboración y aprobación de un Manual Interno de Procedimiento de concesión, gestión y justificación de las subvenciones, que definiera con detalle:
- la evaluación de las solicitudes, con indicación del baremo aplicable a los criterios de ponderación definidos en las bases reguladoras,
- los mecanismos de coordinación y homogeneización de las valoraciones,
- los criterios para autorizar las subcontrataciones solicitadas por los beneficiarios,
- los criterios para autorizar las modificaciones de la resolución de concesión,
- la solicitud y remisión de datos respecto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
- el control de las justificaciones y
- los procedimientos de reintegro y sancionador.
Este Manual debería incluir el actual Manual de Instrucciones de justificación de la aplicación de las
diferentes subvenciones, precisando algunos aspectos insuficientemente determinados en las instrucciones vigentes, como los criterios específicos de imputación de los gastos e ingresos financieros que puedan generar las subvenciones que concede, mediante la implantación de un método de
cálculo que obedezca a un criterio financiero razonable”.
En la actualidad, existen manuales internos de procedimiento para cada una de las líneas, así como
manuales de justificación. Estos últimos son públicos y están disponibles para los beneficiarios. Sin
embargo, estos manuales no incluyen el procedimiento a seguir dentro de la DGIAH para la revisión
de la justificación, plazos para hacerlo y responsables, entre otras cuestiones. Las deficiencias detectadas en el análisis de estos manuales se encuentran recogidas en el de cada una de las líneas.
Por todo ello, esta recomendación se considera parcialmente cumplida.
5. Recomendación quinta

La potenciación del plan anual de actuación debe fundamentarse en, entre otras, la adopción de las
siguientes medidas:
- Incrementar de forma sustancial el número de visitas de control realizadas a las entidades
beneficiarias de las subvenciones.

cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es

“La Dirección General de Integración de los Inmigrantes debe incrementar el alcance y contenido
del plan anual de actuación, a cuya elaboración le obliga el artículo 85 de Reglamento de la Ley
General de Subvenciones, para comprobar la realización por los beneficiarios de las actividades
subvencionadas y la adecuada justificación de las subvenciones.