III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33746
En las bases reguladoras se recoge el contenido de la memoria económica justificativa, los gastos
subvencionables, y el contenido de la memoria de actuación justificativa de la realización del programa subvencionado.
Las distintas convocatorias analizadas regulan y desarrollan la justificación de la subvención, de
acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, incluyendo los plazos de ejecución y justificación de cada una de ellas.
Las convocatorias de Convivencia y Cohesión Social, de Protección Internacional y de Retorno Voluntario recogen que las entidades beneficiarias de las subvenciones han de presentar a la DGIAH
una memoria intermedia de actividades y una memoria final de actividades, incluyendo la justificación económica de los proyectos subvencionados, al objeto de proporcionar, entre otros aspectos,
información sobre la ejecución técnica y económica de los proyectos y, concretamente, la metodología utilizada en el desarrollo de las actividades y el grado de cumplimiento de los indicadores
inicialmente previstos en la memoria adaptada.
Las convocatorias de Convivencia y Cohesión Social, de Protección Internacional y de Retorno Voluntario desarrollan, además, las obligaciones específicas derivadas de la normativa europea para
los proyectos cofinanciados por el FAMI y el FSE, que no se recogen en las bases. En concreto,
para estos proyectos las entidades beneficiarias deben formalizar un acuerdo con la DGIAH, en el
que se establecen las condiciones de la ayuda.
En relación con las memorias intermedias, su contenido se desarrolla en los distintos manuales de
gestión de las convocatorias17. En general, las memorias intermedias de la convocatoria de 2018
se cumplimentaron de forma adecuada por los beneficiarios, de acuerdo con la información establecida en el manual de gestión y los modelos normalizados para cada tipo de proyecto, puestos a
disposición de las entidades beneficiarias en el Portal de Inmigración de la página web del Ministerio, y se cumplieron los plazos de entrega. No obstante, cabe señalar las siguientes deficiencias:
1ª) La revisión que se hace de estos documentos se limita a la comprobación de su presentación y
a que recoge el contenido mínimo exigido. En la línea de Convivencia y Cohesión Social, la
SGPAHCM, según la información facilitada, no realizó comprobaciones de la documentación de las
memorias intermedias, debido a que el personal técnico estaba evaluando las solicitudes de la convocatoria de 2019. La presentación de las memorias intermedias se produce en el mes de julio, que,
junto con agosto y septiembre, son los meses en los que se realiza la valoración de los proyectos
de la siguiente convocatoria, seguido del estudio de las reformulaciones en los meses de octubre y
noviembre, por lo que es habitual que no se disponga de personal ni tiempo para la realización de
comprobaciones respecto de las memorias intermedias.
2ª) Uno de los beneficiarios de la línea de Convivencia y Cohesión Social, con un único proyecto no
cofinanciado de Atención Integral o Acogida, no presentó la memoria intermedia, pese a habérsele
requerido reiteradamente, lo que supone un incumplimiento de las obligaciones de las entidades
beneficiarias, conforme al apartado decimocuarto, 2.f), de la convocatoria.
4ª) En la línea de Protección Internacional se produjeron retrasos en la presentación de las memorias en cerca de un tercio de los proyectos analizados, sin que se hubiera autorizado la correspondiente prórroga. Además, para efectuar el segundo y el tercer pago de la subvención, no se exigió
a las entidades analizadas la presentación de las declaraciones responsables renovadas, pese a
haber transcurrido más de 6 meses desde su anterior presentación, ni la póliza de seguros de
17
Incluyen: la memoria técnica, con las actividades y resultados que se han realizado entre el 1 de enero y el 30 de junio
del año de ejecución; la memoria económica, con una relación de los gastos que se han imputado hasta ese momento; y
el anexo resumen, según presupuesto recogido en la memoria adaptada.
cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es
3ª) En la línea de Retorno Voluntario, las comprobaciones realizadas de las memorias intermedias
de dos de las entidades beneficiarias analizadas no se encontraban en los expedientes, por lo que
no se puede acreditar que estas comprobaciones se hayan llevado a cabo.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33746
En las bases reguladoras se recoge el contenido de la memoria económica justificativa, los gastos
subvencionables, y el contenido de la memoria de actuación justificativa de la realización del programa subvencionado.
Las distintas convocatorias analizadas regulan y desarrollan la justificación de la subvención, de
acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, incluyendo los plazos de ejecución y justificación de cada una de ellas.
Las convocatorias de Convivencia y Cohesión Social, de Protección Internacional y de Retorno Voluntario recogen que las entidades beneficiarias de las subvenciones han de presentar a la DGIAH
una memoria intermedia de actividades y una memoria final de actividades, incluyendo la justificación económica de los proyectos subvencionados, al objeto de proporcionar, entre otros aspectos,
información sobre la ejecución técnica y económica de los proyectos y, concretamente, la metodología utilizada en el desarrollo de las actividades y el grado de cumplimiento de los indicadores
inicialmente previstos en la memoria adaptada.
Las convocatorias de Convivencia y Cohesión Social, de Protección Internacional y de Retorno Voluntario desarrollan, además, las obligaciones específicas derivadas de la normativa europea para
los proyectos cofinanciados por el FAMI y el FSE, que no se recogen en las bases. En concreto,
para estos proyectos las entidades beneficiarias deben formalizar un acuerdo con la DGIAH, en el
que se establecen las condiciones de la ayuda.
En relación con las memorias intermedias, su contenido se desarrolla en los distintos manuales de
gestión de las convocatorias17. En general, las memorias intermedias de la convocatoria de 2018
se cumplimentaron de forma adecuada por los beneficiarios, de acuerdo con la información establecida en el manual de gestión y los modelos normalizados para cada tipo de proyecto, puestos a
disposición de las entidades beneficiarias en el Portal de Inmigración de la página web del Ministerio, y se cumplieron los plazos de entrega. No obstante, cabe señalar las siguientes deficiencias:
1ª) La revisión que se hace de estos documentos se limita a la comprobación de su presentación y
a que recoge el contenido mínimo exigido. En la línea de Convivencia y Cohesión Social, la
SGPAHCM, según la información facilitada, no realizó comprobaciones de la documentación de las
memorias intermedias, debido a que el personal técnico estaba evaluando las solicitudes de la convocatoria de 2019. La presentación de las memorias intermedias se produce en el mes de julio, que,
junto con agosto y septiembre, son los meses en los que se realiza la valoración de los proyectos
de la siguiente convocatoria, seguido del estudio de las reformulaciones en los meses de octubre y
noviembre, por lo que es habitual que no se disponga de personal ni tiempo para la realización de
comprobaciones respecto de las memorias intermedias.
2ª) Uno de los beneficiarios de la línea de Convivencia y Cohesión Social, con un único proyecto no
cofinanciado de Atención Integral o Acogida, no presentó la memoria intermedia, pese a habérsele
requerido reiteradamente, lo que supone un incumplimiento de las obligaciones de las entidades
beneficiarias, conforme al apartado decimocuarto, 2.f), de la convocatoria.
4ª) En la línea de Protección Internacional se produjeron retrasos en la presentación de las memorias en cerca de un tercio de los proyectos analizados, sin que se hubiera autorizado la correspondiente prórroga. Además, para efectuar el segundo y el tercer pago de la subvención, no se exigió
a las entidades analizadas la presentación de las declaraciones responsables renovadas, pese a
haber transcurrido más de 6 meses desde su anterior presentación, ni la póliza de seguros de
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Incluyen: la memoria técnica, con las actividades y resultados que se han realizado entre el 1 de enero y el 30 de junio
del año de ejecución; la memoria económica, con una relación de los gastos que se han imputado hasta ese momento; y
el anexo resumen, según presupuesto recogido en la memoria adaptada.
cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es
3ª) En la línea de Retorno Voluntario, las comprobaciones realizadas de las memorias intermedias
de dos de las entidades beneficiarias analizadas no se encontraban en los expedientes, por lo que
no se puede acreditar que estas comprobaciones se hayan llevado a cabo.