III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6043)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión de las ayudas y subvenciones concedidas en el marco del programa 231H "Acciones en favor de los inmigrantes", ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33741

entidades. Al margen de esta, no se han detectado otras incidencias, si bien el número de solicitudes
de modificación se considera excesivo.
Con respecto a la OIM, una vez analizada la documentación presentada para justificar la subvención, se resolvió modificarla, reduciendo su importe, al ser la cuantía ejecutada inferior al importe
concedido.
II.3.2.6. SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS
El artículo 85.1 del RLGS dispone que “el órgano concedente de la subvención tendrá la obligación
de elaborar anualmente un plan anual de actuación para comprobar la realización por los beneficiarios de las actividades subvencionadas”, que debe precisar, entre otras cuestiones, el método de
selección de las entidades beneficiarias a comprobar, así como los principales aspectos a verificar
y el momento.
II.3.2.6.a) Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva:
Las Órdenes ESS/1423/2012 y ESS/1708/2012 establecen en sus artículos 17.1 y 15.1, respectivamente, que “los beneficiarios de las subvenciones se someterán a las actuaciones de comprobación,
seguimiento y evaluación que determine la DGM13, facilitando cuanta información sea requerida en
orden a verificar la correcta ejecución de los programas subvencionados”.
Respecto a las convocatorias reguladas por la Orden ESS/1423/2012, en 2016 se creó en la DGIAH
una Unidad de Control, encargada de la planificación anual de las visitas de control. Para las visitas,
la DGIAH cuenta también con la SGPAHCM, la SGPPI, el Área de Fondos Europeos (de la Subdirección General de Integración y Relaciones Institucionales y una Unidad de Apoyo. Los controles
sobre el terreno se deben llevar a cabo una vez elaborado el documento denominado “Plan de
visitas”, en el que se recogen los criterios de selección de la muestra, el listado de proyectos y el
calendario de visitas previsto para esa actuación.
En 2019, se contrató con una empresa privada y otra pública la realización del seguimiento y control
de las líneas de Convivencia y Cohesión Social, de Protección Internacional y de Flujos Migratorios.
La Unidad de Control supervisa estas actuaciones en las dos primeras y se encarga directamente
del seguimiento y control en la línea de Retorno Voluntario.
La Unidad de Control debe poner los informes de cada actuación a disposición del Área de ejecución
que gestiona el proyecto para facilitar su seguimiento, realizar, en su caso, la notificación de los
resultados o recomendaciones a los interesados y el archivo en el expediente del beneficiario.

Para los proyectos no cofinanciados, las visitas in situ se contemplan en el manual de gestión, en
el que se recoge una lista de comprobación de las actividades a realizar y la documentación a
verificar. La SGPAHCM y la SGPPI disponen de un cuestionario normalizado sobre las cuestiones
a comprobar por los técnicos.

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Ha de entenderse DGIAH y solo la DGM, en Flujos Migratorios.

cve: BOE-A-2023-6043
Verificable en https://www.boe.es

Para la selección de la muestra de proyectos cofinanciados por el FAMI, el manual de sistemas de
gestión y control de la Autoridad Responsable recoge que la metodología aplicada debe respetar lo
establecido en el artículo 6 del Reglamento de ejecución (UE) número 840/2015, es decir, que represente una muestra adecuada de los distintos tipos de proyectos, beneficiarios y modos de ejecución y además teniendo en cuenta los posibles factores de riesgo que se enumeran. Por su parte,
el manual de procedimiento para los proyectos cofinanciados con el FSE describe el procedimiento
para las verificaciones sobre el terreno, tamaño de la muestra y criterios de selección.