III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6044)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones de fomento de las industrias culturales y mecenazgo, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33776
Ámbito objetivo
El ámbito objetivo de la fiscalización ha estado formado en el ejercicio fiscalizado por el conjunto
de actuaciones encaminadas a fomentar las industrias culturales y mecenazgo llevadas a cabo
por la DGICC mediante la ejecución de los créditos consignados en los programas
presupuestarios gestionados por la citada Dirección General: 334A “Promoción y cooperación
cultural”, 334C “Fomento de las industrias culturales”, 144A “Cooperación, promoción y difusión
cultural en el exterior” y 321M “Dirección y servicios generales de educación, cultura y deporte”.
Ámbito temporal
El ámbito temporal de la fiscalización se corresponde con el ejercicio 2017. No obstante, se ha
extendido a aquellos hechos anteriores o posteriores que se han considerado relevantes para el
adecuado cumplimiento de los objetivos previstos.
TIPO, OBJETIVOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
Tipo y objetivos
La fiscalización se ha planteado como una fiscalización integral, y para ello se ha procedido a:
1. Evaluar los procedimientos, sistemas y modelos de gestión económico-financiera y de control
interno aplicados.
2. Comprobar el adecuado reflejo contable y presupuestario de los fondos públicos gestionados
por la DGICC conforme a los principios y criterios contables que le son de aplicación.
3. Comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a las que está
sometida la actuación de la DGICC.
4. Analizar el grado de eficacia, eficiencia y economía en el desarrollo de las actividades en
materia de industrias culturales y mecenazgo.
5. Verificar el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres, en todo aquello en que lo dispuesto en esta norma pudiera tener
relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras se han aplicado las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas aprobadas por el Pleno de 23 de diciembre de 2013.
Limitaciones
Tanto los responsables de la Dirección General fiscalizada y de las subdirecciones que la
integran, como el personal de las mismas han prestado la colaboración requerida para la correcta
cve: BOE-A-2023-6044
Verificable en https://www.boe.es
6. Comprobar, asimismo, el cumplimiento de las prescripciones de transparencia establecidas
en la normativa.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33776
Ámbito objetivo
El ámbito objetivo de la fiscalización ha estado formado en el ejercicio fiscalizado por el conjunto
de actuaciones encaminadas a fomentar las industrias culturales y mecenazgo llevadas a cabo
por la DGICC mediante la ejecución de los créditos consignados en los programas
presupuestarios gestionados por la citada Dirección General: 334A “Promoción y cooperación
cultural”, 334C “Fomento de las industrias culturales”, 144A “Cooperación, promoción y difusión
cultural en el exterior” y 321M “Dirección y servicios generales de educación, cultura y deporte”.
Ámbito temporal
El ámbito temporal de la fiscalización se corresponde con el ejercicio 2017. No obstante, se ha
extendido a aquellos hechos anteriores o posteriores que se han considerado relevantes para el
adecuado cumplimiento de los objetivos previstos.
TIPO, OBJETIVOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
Tipo y objetivos
La fiscalización se ha planteado como una fiscalización integral, y para ello se ha procedido a:
1. Evaluar los procedimientos, sistemas y modelos de gestión económico-financiera y de control
interno aplicados.
2. Comprobar el adecuado reflejo contable y presupuestario de los fondos públicos gestionados
por la DGICC conforme a los principios y criterios contables que le son de aplicación.
3. Comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a las que está
sometida la actuación de la DGICC.
4. Analizar el grado de eficacia, eficiencia y economía en el desarrollo de las actividades en
materia de industrias culturales y mecenazgo.
5. Verificar el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres, en todo aquello en que lo dispuesto en esta norma pudiera tener
relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras se han aplicado las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas aprobadas por el Pleno de 23 de diciembre de 2013.
Limitaciones
Tanto los responsables de la Dirección General fiscalizada y de las subdirecciones que la
integran, como el personal de las mismas han prestado la colaboración requerida para la correcta
cve: BOE-A-2023-6044
Verificable en https://www.boe.es
6. Comprobar, asimismo, el cumplimiento de las prescripciones de transparencia establecidas
en la normativa.