III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6044)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones de fomento de las industrias culturales y mecenazgo, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33801

El MCD ha informado que en el periodo fiscalizado se llevaron a cabo reuniones de seguimiento si
bien no se han aportado actas o documentación que acredite su celebración, su periodicidad, así
como los participantes y asuntos tratados en las mismas.
La falta de un adecuado seguimiento y control en la ejecución de la encomienda supone un grave
impedimento limitativo para que los poderes adjudicadores encomendantes puedan llegar a
conocer si el recurso a la encomienda ha sido un medio más eficiente que otros posibles, como la
contratación, en el cumplimiento de sus objetivos y si ha respondido adecuadamente o no a la
finalidad perseguida.
Finalmente, la encomienda formalizada en 2017 no fue objeto de publicación ni en el BOE ni en el
portal de transparencia incumpliendo el artículo 8 de la LTIPBG y el artículo 11.3 de la LRJSP.
Tampoco lo relativo a la subcontratación realizada, ni al adjudicatario o importe de dichas
subcontrataciones, como se indica en el apartado II.7.

Ingresos

cve: BOE-A-2023-6044
Verificable en https://www.boe.es

La financiación de la DGICC en el ejercicio fiscalizado procedía de dos fuentes. Por un lado, de
los ingresos recibidos a través de subvenciones procedentes de dos programas comunitarios y por
otro, de la tasa gestionada por la Subdirección General de Propiedad Intelectual, en concepto de
servicios prestados por el RPI en virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Ley 66/1997, de
30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Asimismo, aunque en
2017 no originaron ingresos, también resultaban aplicables la tasa prevista para la Sección 1ª de
la Comisión de Propiedad Intelectual creada por la disposición adicional tercera de la Ley 21/2014,
de 4 de noviembre, por la que se modifica el TRLPI, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, así como los
precios públicos derivados de la mediación y arbitraje de la Sección 1ª de la Comisión de
Propiedad Intelectual establecidos en la Orden ECD/324/2017, de 3 de abril y los precios públicos
derivados de los servicios previstos en la Orden CUL/1077/2011, de 25 de abril, por la que se fijan
los precios públicos de determinados servicios prestados por los órganos centrales del Ministerio
de Cultura. En el siguiente cuadro se detallan por conceptos los importes cobrados en el ejercicio
2017.