III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6048)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre las actuaciones de defensa contra la desertificación y de prevención y extinción de incendios forestales, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34119
Pesca y Alimentación, atribuye a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política
Forestal, el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado, entre otras, en
relación con la prevención de incendios forestales, actuaciones de emergencia y de reparación de
daños catastróficos, en especial, actuaciones hidrológico-forestales de emergencia en terrenos
afectados por inundaciones, temporales extraordinarios o grandes incendios que supongan riesgo
inmediato de erosión del suelo o grave peligro para poblaciones o bienes, así como el despliegue
de medios estatales de apoyo a las comunidades autónomas para la cobertura de los montes contra
incendios.
En el ámbito de las relaciones internacionales, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, corresponde a la Dirección General de
Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal la representación del Ministerio en los organismos
internacionales, el seguimiento de los convenios internacionales, así como la promoción de
actuaciones de cooperación internacional en las materias de su competencia. En particular, este
órgano actúa como punto focal de la convención de las Naciones Unidas para la lucha contra la
desertificación.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación gestiona, por otra parte, diversas aplicaciones
informáticas destinadas a la captación y explotación de la información relacionada con el patrimonio
forestal español, evaluación y seguimiento del fenómeno de la desertificación e incidencia de los
incendios forestales en el territorio.
En lo que respecta al Ministerio para la Transición Ecológica, de acuerdo con el Real Decreto
864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, este departamento
tiene encomendadas, a través de la Dirección General del Agua, “la coordinación de los planes de
emergencia y de las actuaciones que se lleven a cabo en situaciones de sequía e inundación”, así
como la “vigilancia, el seguimiento y el control de la degradación del dominio público hidráulico”. A
su vez, los organismos de cuenca (Confederaciones Hidrográficas) tienen atribuida la “elaboración
del plan hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión” y “la administración y control
del dominio público hidráulico”.
A su vez, si bien el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación efectúa labores de coordinación
en materia de extinción de incendios, apoyando además a las comunidades autónomas en la
extinción de incendios con medios humanos y materiales, el Ministerio del Interior, a través de la
Dirección General de Protección Civil, es el competente para coordinar las actuaciones de
emergencia3. Adicionalmente, la AGE dispone de la Unidad Militar de Emergencias, del Ministerio
de Defensa, que aporta medios materiales y humanos de apoyo cuando se produzca una
emergencia que motive su intervención, a propuesta del Ministerio del Interior.
3
Todo ello de acuerdo con la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el Real Decreto
407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil y el Plan Estatal de Protección Civil
para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014.
cve: BOE-A-2023-6048
Verificable en https://www.boe.es
Con posterioridad al periodo fiscalizado, en virtud de los RD 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y 500/2020, de 28 de
abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, las competencias en materia de desertificación, gestión forestal y
extinción de incendios fueron asumidas por la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34119
Pesca y Alimentación, atribuye a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política
Forestal, el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado, entre otras, en
relación con la prevención de incendios forestales, actuaciones de emergencia y de reparación de
daños catastróficos, en especial, actuaciones hidrológico-forestales de emergencia en terrenos
afectados por inundaciones, temporales extraordinarios o grandes incendios que supongan riesgo
inmediato de erosión del suelo o grave peligro para poblaciones o bienes, así como el despliegue
de medios estatales de apoyo a las comunidades autónomas para la cobertura de los montes contra
incendios.
En el ámbito de las relaciones internacionales, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, corresponde a la Dirección General de
Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal la representación del Ministerio en los organismos
internacionales, el seguimiento de los convenios internacionales, así como la promoción de
actuaciones de cooperación internacional en las materias de su competencia. En particular, este
órgano actúa como punto focal de la convención de las Naciones Unidas para la lucha contra la
desertificación.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación gestiona, por otra parte, diversas aplicaciones
informáticas destinadas a la captación y explotación de la información relacionada con el patrimonio
forestal español, evaluación y seguimiento del fenómeno de la desertificación e incidencia de los
incendios forestales en el territorio.
En lo que respecta al Ministerio para la Transición Ecológica, de acuerdo con el Real Decreto
864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, este departamento
tiene encomendadas, a través de la Dirección General del Agua, “la coordinación de los planes de
emergencia y de las actuaciones que se lleven a cabo en situaciones de sequía e inundación”, así
como la “vigilancia, el seguimiento y el control de la degradación del dominio público hidráulico”. A
su vez, los organismos de cuenca (Confederaciones Hidrográficas) tienen atribuida la “elaboración
del plan hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión” y “la administración y control
del dominio público hidráulico”.
A su vez, si bien el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación efectúa labores de coordinación
en materia de extinción de incendios, apoyando además a las comunidades autónomas en la
extinción de incendios con medios humanos y materiales, el Ministerio del Interior, a través de la
Dirección General de Protección Civil, es el competente para coordinar las actuaciones de
emergencia3. Adicionalmente, la AGE dispone de la Unidad Militar de Emergencias, del Ministerio
de Defensa, que aporta medios materiales y humanos de apoyo cuando se produzca una
emergencia que motive su intervención, a propuesta del Ministerio del Interior.
3
Todo ello de acuerdo con la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el Real Decreto
407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil y el Plan Estatal de Protección Civil
para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014.
cve: BOE-A-2023-6048
Verificable en https://www.boe.es
Con posterioridad al periodo fiscalizado, en virtud de los RD 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y 500/2020, de 28 de
abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, las competencias en materia de desertificación, gestión forestal y
extinción de incendios fueron asumidas por la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación.