III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6042)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de los fondos sin personalidad jurídica gestionados por el Ente Público Puertos del Estado, ejercicios 2018 y 2019.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
TRIBUNAL DE CUENTAS
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33655
El Acuerdo Marco tiene una vigencia de cuatro años desde su firma y se renueva
automáticamente por periodos sucesivos de dos años desde su vencimiento, salvo denuncia
expresa de una de las partes. En marzo de 2018 fue renovado por primera vez y en marzo de
2020 se ha vuelto a renovar.
A 1 de enero de 2018, estaban vigentes los contratos de doce AAPP con SASEMAR, si bien el
contrato con la AP de Villagarcía de Arosa no fue renovado a su vencimiento en junio de 2018. En
consecuencia, a 31 de diciembre de 2019 estaban vigentes once contratos al amparo del Acuerdo
Marco. El resto de las AAPP realizaban los correspondientes servicios y actuaciones a través de
sus propios medios.
En su conjunto, las doce AAPP con contrato vigente a 1 de enero de 2018 tenían asignados
fondos del FCI por importe de 1.528.000 y 1.473.000 euros anuales en 2018 y en 2019,
respectivamente, si bien PE no consideró acreditada la asignación de la AP de Villagarcía de
Arosa correspondiente a 2018 (55.000 euros). A este respecto, la AP presentó las facturas
correspondientes al primer semestre de 2018, anteriores al momento en el que su contrato vencía,
pero el informe de auditoría elaborado para comprobar el nivel de cumplimiento y calidad de los
servicios prestados por SASEMAR puso de manifiesto la existencia de incumplimientos en la
prestación por falta de medios técnicos, por lo que, conforme a lo establecido en el Acuerdo
Marco, no se ha considerado acreditado el servicio. Dado que las liquidaciones trimestrales del
FCI se realizan en base a las asignaciones previstas, la AP debía reintegrar al FCI el importe
cobrado (55.000 euros); sin embargo, a 31 de diciembre de 2019, dicho importe estaba pendiente
de reintegro. En 2019 todas las asignaciones quedaron debidamente justificadas.
En el siguiente cuadro se detallan los importes efectivamente asignados a las AAPP por el CDFCI
(para 2018 en la reunión del 26 de noviembre de 2018 y para 2019 en la reunión de 19 de
septiembre de 2019), los importes no justificados en los ejercicios 2018, el importe del cierre
definitivo aportado por PE y el importe máximo fijado para cada AP en el Anexo II del Acuerdo
Marco.
CUADRO Nº 7: Detalle de las asignaciones iniciales del FCI y del cierre definitivo por
convenio SASEMAR – ejercicios 2018 y 2019
(en euros)
A CORUÑA
AVILES
BAHIA DE CADIZ
CARTAGENA
CASTELLON
FERROL-SAN CIBRAON
HUELVA
MARIN-PONTEVEDRA
SANTANDER
TARRAGONA
VIGO
VILLAGARCIA DE AROSA
SUMA AAPP
IMPORTE
ASIGNADO 2018
350.000,00
100.000,00
250.000,00
300.000,00
250.000,00
175.000,00
300.000,00
100.000,00
250.000,00
300.000,00
300.000,00
100.000,00
193.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
138.000,00
96.000,00
165.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
165.000,00
55.000,00
2.775.000,00
1.528.000,00
NO ACREDITADO
2018
IMPORTE CIERRE
DEFINITIVO 2018
IMPORTE CIERRE
DEFINITIVO 2019
193.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
138.000,00
96.000,00
165.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
165.000,00
55.000,00
193.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
138.000,00
96.000,00
165.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
165.000,00
0,00
55.000,00
1.473.000,00
1.473.000,00
Fuente: elaboración propia a partir de datos aportados por PE.
Se ha comprobado la documentación aportada por las AAPP para justificar estas asignaciones
sobre una muestra de las beneficiarias. Para el ejercicio 2018, salvo en el caso de la AP de Avilés
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 22/12/2020
29
cve: BOE-A-2023-6042
Verificable en https://www.boe.es
ENTIDAD
IMPORTE MÁXIMO
CONTRATO
ANEXO II
Núm. 56
TRIBUNAL DE CUENTAS
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33655
El Acuerdo Marco tiene una vigencia de cuatro años desde su firma y se renueva
automáticamente por periodos sucesivos de dos años desde su vencimiento, salvo denuncia
expresa de una de las partes. En marzo de 2018 fue renovado por primera vez y en marzo de
2020 se ha vuelto a renovar.
A 1 de enero de 2018, estaban vigentes los contratos de doce AAPP con SASEMAR, si bien el
contrato con la AP de Villagarcía de Arosa no fue renovado a su vencimiento en junio de 2018. En
consecuencia, a 31 de diciembre de 2019 estaban vigentes once contratos al amparo del Acuerdo
Marco. El resto de las AAPP realizaban los correspondientes servicios y actuaciones a través de
sus propios medios.
En su conjunto, las doce AAPP con contrato vigente a 1 de enero de 2018 tenían asignados
fondos del FCI por importe de 1.528.000 y 1.473.000 euros anuales en 2018 y en 2019,
respectivamente, si bien PE no consideró acreditada la asignación de la AP de Villagarcía de
Arosa correspondiente a 2018 (55.000 euros). A este respecto, la AP presentó las facturas
correspondientes al primer semestre de 2018, anteriores al momento en el que su contrato vencía,
pero el informe de auditoría elaborado para comprobar el nivel de cumplimiento y calidad de los
servicios prestados por SASEMAR puso de manifiesto la existencia de incumplimientos en la
prestación por falta de medios técnicos, por lo que, conforme a lo establecido en el Acuerdo
Marco, no se ha considerado acreditado el servicio. Dado que las liquidaciones trimestrales del
FCI se realizan en base a las asignaciones previstas, la AP debía reintegrar al FCI el importe
cobrado (55.000 euros); sin embargo, a 31 de diciembre de 2019, dicho importe estaba pendiente
de reintegro. En 2019 todas las asignaciones quedaron debidamente justificadas.
En el siguiente cuadro se detallan los importes efectivamente asignados a las AAPP por el CDFCI
(para 2018 en la reunión del 26 de noviembre de 2018 y para 2019 en la reunión de 19 de
septiembre de 2019), los importes no justificados en los ejercicios 2018, el importe del cierre
definitivo aportado por PE y el importe máximo fijado para cada AP en el Anexo II del Acuerdo
Marco.
CUADRO Nº 7: Detalle de las asignaciones iniciales del FCI y del cierre definitivo por
convenio SASEMAR – ejercicios 2018 y 2019
(en euros)
A CORUÑA
AVILES
BAHIA DE CADIZ
CARTAGENA
CASTELLON
FERROL-SAN CIBRAON
HUELVA
MARIN-PONTEVEDRA
SANTANDER
TARRAGONA
VIGO
VILLAGARCIA DE AROSA
SUMA AAPP
IMPORTE
ASIGNADO 2018
350.000,00
100.000,00
250.000,00
300.000,00
250.000,00
175.000,00
300.000,00
100.000,00
250.000,00
300.000,00
300.000,00
100.000,00
193.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
138.000,00
96.000,00
165.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
165.000,00
55.000,00
2.775.000,00
1.528.000,00
NO ACREDITADO
2018
IMPORTE CIERRE
DEFINITIVO 2018
IMPORTE CIERRE
DEFINITIVO 2019
193.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
138.000,00
96.000,00
165.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
165.000,00
55.000,00
193.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
138.000,00
96.000,00
165.000,00
55.000,00
138.000,00
165.000,00
165.000,00
0,00
55.000,00
1.473.000,00
1.473.000,00
Fuente: elaboración propia a partir de datos aportados por PE.
Se ha comprobado la documentación aportada por las AAPP para justificar estas asignaciones
sobre una muestra de las beneficiarias. Para el ejercicio 2018, salvo en el caso de la AP de Avilés
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 22/12/2020
29
cve: BOE-A-2023-6042
Verificable en https://www.boe.es
ENTIDAD
IMPORTE MÁXIMO
CONTRATO
ANEXO II