III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-6041)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad del fondo nacional de eficiencia energética, situación a 31 de diciembre de 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33581
resoluciones específicas que han sido publicadas en el BOE en su integridad o mediante un
extracto. Para las primeras convocatorias efectuadas en 2015, las resoluciones del Consejo de
Administración del IDAE incluyeron tanto las bases reguladoras como la convocatoria específica de
las ayudas (INDUSTRIA I, ALUMBRADO I, TRANSPORTE I, SECTOR FERROVIARIO y
DESALADORAS). En 2016 no se convocaron ayudas y, a partir de 2017, las bases reguladoras
fueron aprobadas por resoluciones del Consejo de Administración del IDAE y publicadas en su
integridad en el BOE, siendo aprobadas las convocatorias de las ayudas por resolución del Director
General del IDAE, publicándose un extracto de ellas en el BOE (INDUSTRIA II, ALUMBRADO II,
TRANSPORTE II y PAREER II). En el caso de la línea ICO-IDAE, su funcionamiento viene regulado
por el Convenio de colaboración firmado entre ambas partes, que ha sido publicado en el BOE,
donde se fijan las características de los préstamos a otorgar y las garantías que otorga el FNEE.
Por lo que se refiere a las convocatorias descentralizadas, la regulación de los programas ha
quedado establecida mediante Real Decreto del MITERD, siendo las CCAA las encargadas de
realizar las posteriores convocatorias en sus ámbitos territoriales (INDUSTRIA III).
Según lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, las convocatorias de ayudas del IDAE deben someterse a los principios de gestión
e información de las subvenciones previstos en los artículos 8.3 y 20 de la Ley. En relación con los
principios de gestión, las subvenciones a otorgar han de gestionarse siguiendo los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el
cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante; y eficiencia en la asignación
y utilización de los recursos públicos. En la fiscalización no se han detectado incidencias relevantes
en relación con el cumplimiento de estos principios. En cuanto a los principios de información de las
subvenciones, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en adelante BDNS) se deberá
suministrar información de todas las convocatorias con la finalidad de promover la transparencia,
servir como instrumento para la planificación de las políticas públicas, mejorar la gestión y colaborar
en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas públicas. En los demás aspectos de las
convocatorias, resulta de aplicación el derecho privado, de conformidad con lo establecido en el
artículo 2.2 del Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del IDAE.
•
La información referida a TRANSPORTE l, publicada en el BOE en mayo de 2015, fue registrada
y publicada en la BDNS en mayo de 2017, en fecha posterior a la finalización del plazo para
presentación de las solicitudes; además, el enlace a sus bases reguladoras lleva a la Resolución
de 18 de diciembre de 2015, del IDAE, por la que se publican las bases y la convocatoria del
programa DESALADORAS.
•
La información referida a DESALADORAS y SECTOR FERROVIARIO, convocatorias
publicadas en el BOE en diciembre de 2015, igualmente fue registrada y publicada en la BDNS
en mayo de 2017.
Adicionalmente, en la página web del IDAE existe información completa y fácilmente accesible sobre
cada una de las convocatorias de estas ayudas que se encuentran en tramitación. Entre la
información publicada en la web para cada convocatoria, figuran enlaces a las bases reguladoras,
a la convocatoria, a los extractos publicados en el BOE y a su publicación en la BDNS; en dicha
información también se incluye un resumen sobre los principales aspectos de la tramitación de las
ayudas: tipología de las actuaciones objeto de las ayudas; quién puede ser beneficiario; modalidad
y cuantía de las ayudas; presupuesto del programa; plazos de presentación; requisitos; y régimen
de incompatibilidades. Desde la web del IDAE se accede a su sede electrónica para la tramitación
de las ayudas y se puede descargar información en relación con las solicitudes tramitadas, así como
sobre los expedientes favorables y los desfavorables. Por último, en la web también se puede
acceder a diversos documentos como son, entre otros: la relación de los documentos a aportar con
las solicitudes; un documento con preguntas frecuentes y sus respuestas; una guía para la
presentación de las solicitudes y otra para la justificación de las actuaciones; modelos de informes,
cve: BOE-A-2023-6041
Verificable en https://www.boe.es
A todas estas convocatorias para otorgar ayudas directas o conceder préstamos se les ha dado
publicidad a través de su publicación en la BDNS, habiéndose detectado las siguientes incidencias:
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 33581
resoluciones específicas que han sido publicadas en el BOE en su integridad o mediante un
extracto. Para las primeras convocatorias efectuadas en 2015, las resoluciones del Consejo de
Administración del IDAE incluyeron tanto las bases reguladoras como la convocatoria específica de
las ayudas (INDUSTRIA I, ALUMBRADO I, TRANSPORTE I, SECTOR FERROVIARIO y
DESALADORAS). En 2016 no se convocaron ayudas y, a partir de 2017, las bases reguladoras
fueron aprobadas por resoluciones del Consejo de Administración del IDAE y publicadas en su
integridad en el BOE, siendo aprobadas las convocatorias de las ayudas por resolución del Director
General del IDAE, publicándose un extracto de ellas en el BOE (INDUSTRIA II, ALUMBRADO II,
TRANSPORTE II y PAREER II). En el caso de la línea ICO-IDAE, su funcionamiento viene regulado
por el Convenio de colaboración firmado entre ambas partes, que ha sido publicado en el BOE,
donde se fijan las características de los préstamos a otorgar y las garantías que otorga el FNEE.
Por lo que se refiere a las convocatorias descentralizadas, la regulación de los programas ha
quedado establecida mediante Real Decreto del MITERD, siendo las CCAA las encargadas de
realizar las posteriores convocatorias en sus ámbitos territoriales (INDUSTRIA III).
Según lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, las convocatorias de ayudas del IDAE deben someterse a los principios de gestión
e información de las subvenciones previstos en los artículos 8.3 y 20 de la Ley. En relación con los
principios de gestión, las subvenciones a otorgar han de gestionarse siguiendo los principios de
publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el
cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante; y eficiencia en la asignación
y utilización de los recursos públicos. En la fiscalización no se han detectado incidencias relevantes
en relación con el cumplimiento de estos principios. En cuanto a los principios de información de las
subvenciones, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en adelante BDNS) se deberá
suministrar información de todas las convocatorias con la finalidad de promover la transparencia,
servir como instrumento para la planificación de las políticas públicas, mejorar la gestión y colaborar
en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas públicas. En los demás aspectos de las
convocatorias, resulta de aplicación el derecho privado, de conformidad con lo establecido en el
artículo 2.2 del Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del IDAE.
•
La información referida a TRANSPORTE l, publicada en el BOE en mayo de 2015, fue registrada
y publicada en la BDNS en mayo de 2017, en fecha posterior a la finalización del plazo para
presentación de las solicitudes; además, el enlace a sus bases reguladoras lleva a la Resolución
de 18 de diciembre de 2015, del IDAE, por la que se publican las bases y la convocatoria del
programa DESALADORAS.
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La información referida a DESALADORAS y SECTOR FERROVIARIO, convocatorias
publicadas en el BOE en diciembre de 2015, igualmente fue registrada y publicada en la BDNS
en mayo de 2017.
Adicionalmente, en la página web del IDAE existe información completa y fácilmente accesible sobre
cada una de las convocatorias de estas ayudas que se encuentran en tramitación. Entre la
información publicada en la web para cada convocatoria, figuran enlaces a las bases reguladoras,
a la convocatoria, a los extractos publicados en el BOE y a su publicación en la BDNS; en dicha
información también se incluye un resumen sobre los principales aspectos de la tramitación de las
ayudas: tipología de las actuaciones objeto de las ayudas; quién puede ser beneficiario; modalidad
y cuantía de las ayudas; presupuesto del programa; plazos de presentación; requisitos; y régimen
de incompatibilidades. Desde la web del IDAE se accede a su sede electrónica para la tramitación
de las ayudas y se puede descargar información en relación con las solicitudes tramitadas, así como
sobre los expedientes favorables y los desfavorables. Por último, en la web también se puede
acceder a diversos documentos como son, entre otros: la relación de los documentos a aportar con
las solicitudes; un documento con preguntas frecuentes y sus respuestas; una guía para la
presentación de las solicitudes y otra para la justificación de las actuaciones; modelos de informes,
cve: BOE-A-2023-6041
Verificable en https://www.boe.es
A todas estas convocatorias para otorgar ayudas directas o conceder préstamos se les ha dado
publicidad a través de su publicación en la BDNS, habiéndose detectado las siguientes incidencias: