III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-6077)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, para la utilización de la "Gestión Integrada de servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Martes 7 de marzo de 2023
3.

Sec. III. Pág. 34490

Ambas partes se comprometen a:

a) Dedicar los medios humanos y técnicos necesarios para proporcionar la
adecuada respuesta ante las incidencias técnicas de carácter informático en dicha
aplicación, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta.
b) Mantener la configuración técnica necesaria para el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en el presente convenio.
c) Cumplir las obligaciones que como responsable (o, en su caso, encargado) del
tratamiento de datos personales se establecen en el Artículo 28 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Cuarta.

Adaptación de la aplicación para su implantación.

1. La SGAD realizará las labores de adaptación para la implantación inicial de la
aplicación en la Universidad de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
a) Configuración técnica de los parámetros de GEISER relacionados con la
conexión a SIR de las oficinas de la Universidad de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla.
b) Configuración en GEISER de las unidades de la Universidad de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, no contenidas en el Directorio Común DIR3.
c) Configuración en GEISER de los gestores de los accesos a los distintos ámbitos
de la Universidad de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, configurados en la
aplicación.
2. Las labores de adaptación e implantación inicial, técnica y funcional, por parte de
la SGAD, definidas en el punto anterior, deberán quedar concluidas en el plazo de tres
meses contados a partir de la firma de este convenio. No obstante, este plazo podría ser
superior por alguna cuestión sobrevenida de carácter técnico o bien de no poder ser
atendidas por existir un volumen de demanda en el servicio superior a las capacidades
de su infraestructura.
3. Esta adaptación inicial no implicará modificación de la aplicación de carácter
esencial, sino que se vinculará a mejoras de interés general.
Quinta.

Mantenimiento de la aplicación informática.

1. En el mantenimiento de esta aplicación informática se distinguen dos tipos de
incidencias técnicas de carácter informático:

a) Corresponderá a la Universidad de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
dar soporte a la solución de las mismas, siempre y cuando su causa se encuentre dentro
de su propia red de comunicaciones, equipos, sistemas operativos o navegadores.
b) Corresponderá a la Universidad de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
atender y dar un primer nivel de soporte a las incidencias que se produzcan en relación
con el uso y funcionamiento de la aplicación. La SGAD no atenderá directamente a los
usuarios de la Universidad de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
c) Las incidencias fuera del ámbito de actuación de la Universidad de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, serán comunicadas por su unidad de
informática a la unidad designada por la SGAD, quien proporcionará el soporte
solicitado.

cve: BOE-A-2023-6077
Verificable en https://www.boe.es

1.1 Incidencias correctivas: que serán las relativas a la solución de los posibles
errores, problemas o deficiencias que puedan presentarse durante la utilización de la
aplicación por sus usuarios y que alteren su normal funcionamiento. Serán atendidas
conforme a las siguientes condiciones: