III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6073)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "ISF Ebisu", de 116,98 MWp/105,5 MWn, y "Ebisu II", de 169,6 MWp/158,9 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 34443

terreno en la fase de construcción, además de la degradación de la vegetación por los
daños causados a la cobertura vegetal de la zona colindante a la actuación como
consecuencia del tránsito de personal, de maquinaria, de emisiones de polvo, etc. La
vegetación de ribera (saucedas) del arroyo de Fuentesaúco se verá afectada por la
realización de zanjas para conectar las distintas envolventes de la PFV, habiéndose
pegado la zanja al camino de cruce para minimizar la afección.
Así mismo, presenta una serie de medidas preventivas y correctoras, como la
limitación de los movimientos de tierras y trabajos constructivos al mínimo necesario,
la limitación de la circulación de vehículos y maquinaria a zonas autorizadas, la
prospección de flora previa al inicio de las obras para descartar la presencia de
ejemplares de especies de interés o el balizamiento de especies o formaciones
vegetales y la instalación de protectores de árbol en la zona de obras. Finalizadas las
obras se restituirá el terreno, favoreciendo la nueva implantación de la vegetación
predominante en la zona, de forma natural, lo que se verá apoyado por el plan de
restauración y revegetación del suelo desde el inicio de la fase de operación.
En cuanto a los cruces de HIC en el trazado de las LAAT, estos se realizarán en
aéreo y no se colocará ningún apoyo que afecte a estas zonas. Existe, sin embargo,
cierto riesgo de afección durante las obras por tendido de cables o por movimientos
incontrolados de maquinaria. Sin embargo, al ser cruces muy puntuales el impacto se ha
valorado como compatible.
El Ayuntamiento de Méntrida informa desfavorablemente el proyecto, entre otros
motivos por las afecciones a la vegetación. Así indica que en este término municipal en
el que se localizan la PFV Ebisu II y la infraestructura de evacuación, la planta solar se
sitúa en parcelas rústicas con encinas que no disponen de ningún tipo de protección,
sobre otro tipo de zona arbolada y sobre parcelas plantadas con viñedos, indicando que
dada la tradición vinícola del municipio no se podrían quitar los viñedos debiendo
protegerse todas aquellas parcelas con cultivos leñosos.
El promotor responde que ha buscado minimizar la afección medioambiental y
encontrar la compatibilidad urbanística emplazándose en suelos clasificados como suelo
rústico de reserva, definido por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, en los que
podrán llevarse a cabo, con las condiciones y requisitos establecidos usos industriales,
terciarios y dotacionales de titularidad privada con elementos pertenecientes al sistema
energético en todas sus modalidades, incluida la generación, redes de transporte y
distribución. Así mismo, indica que se realizarán los mejores esfuerzos por compatibilizar
el futuro desarrollo de las instalaciones con la preservación de los valores naturales
existentes y de la normativa urbanística aplicable.
El Ayuntamiento de Méntrida en su segundo informe asevera que, en la respuesta
del promotor no se propone ningún cambio respecto al proyecto inicial ni se aporta el
estudio de sinergias requerido por el ayuntamiento, por lo que se reitera en el informe
desfavorable emitido con anterioridad.
El promotor en su segunda respuesta indica que el apartado 13 del EsIA inicial
presenta un estudio de sinergias.
La ONG Ecologistas en Acción de Toledo indica en su alegación que, si bien la
mayor parte de la superficie afectada son terrenos agrícolas, también se verán afectadas
parcelas cubiertas de vegetación natural como pastizales, retamares, matorrales, árboles
dispersos y bosquetes de encinares y quejigares, además de una importante afección
sobre la destacada vegetación de ribera de varios cauces, entre los que destacan la del
río Guadarrama o la del arroyo de Vallehermoso. Además, el tendido eléctrico, supondrá:
la destrucción de una superficie significativa de vegetación natural autóctona y de HICs,
en las fases de construcción y de explotación, como consecuencia del desbroce de la
vegetación en el trazado de la línea eléctrica en las correspondientes labores de
mantenimiento.
El promotor en su respuesta indica que los EsIA del proyecto plantean una serie de
medidas agroambientales compensatorias enfocadas a potenciar y mejorar los hábitats
característicos y favorables de la avifauna potencialmente afectada por la ocupación del

cve: BOE-A-2023-6073
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Núm. 56