III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6073)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "ISF Ebisu", de 116,98 MWp/105,5 MWn, y "Ebisu II", de 169,6 MWp/158,9 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 34477

superficial que se origine en esta área mediante la construcción de un drenaje, alrededor
del terreno destinado a albergar estas instalaciones, que tendrá que ir conectado a una
balsa de sedimentación.
(38) Se deberán respetar las capacidades hidráulicas de todos los cursos de agua y
vaguadas que puedan verse afectados por los caminos y viales y no se llevará a cabo
ninguna actuación que pueda afectar negativamente a la calidad de las aguas. Será
necesario mantener toda la red de vaguadas y arroyos estacionales o permanentes con
una zona de reserva naturalizada, mayor de 20 m a cada lado, para recibir y encauzar
las escorrentías y evacuar eventuales inundaciones.
(39) No se realizará el lavado de maquinaria o su mantenimiento y repostaje en
zonas distintas a las que se designen al efecto para realizar este tipo de operaciones. En
el caso de tener que realizar el lavado de maquinaria en la zona de obras, se deberá
construir, dentro de la parcela de instalaciones auxiliares, un lavadero de maquinaria con
una balsa de sedimentación asociada para impedir que esa agua contaminada llegue
directamente al suelo o a los cauces cercanos
(40) Una vez terminadas las obras, se gestionarán los lodos procedentes de la
balsa de sedimentación o el material de absorción de los derrames de aceites y
combustibles los lodos procedentes de la balsa de sedimentación o el material de
absorción de los derrames de aceites y combustibles conforme a la legislación vigente
acerca de residuos peligrosos, y tanto la balsa de sedimentación, como el lavadero o
como la zona de cambio de aceite deberán ser desmantelados.
(41) En el caso de que el vallado del cerramiento discurra por encima de cualquier
cauce se dejará expedito el cauce de manera que se permita la libre circulación de las
aguas, así como el posible tránsito de fauna acuática a través de él, debiéndose diseñar
el cerramiento de forma que quede elevado, al menos, un metro sobre el cauce.
(42) Las restauraciones que afecten directamente a las riberas deberán contar con
la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En el caso que para
la puesta en práctica del Plan de Restauración estén previstas actividades de riego y de
abonado, como medida de protección se deberá cumplir lo recogido en el Código de
Buenas Prácticas Agrarias.
(43) Se evitarán las alteraciones de cauces no descritas específicamente en el
proyecto. El trabajo sobre cauces, aunque sean de pequeña entidad deberá realizarse
en época de estiaje y siempre trabajando sobre lecho seco.
(44) Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos
no se pavimentarán ni cubrirán con grava o zahorra.
(45) Al final de la vida útil del proyecto, cuando el sistema de producción de energía
deje de ser operativo o se paralice definitivamente su funcionamiento, deberá garantizarse
el desmantelamiento de toda la instalación y edificaciones, retirarse todos los equipos,
residuos y materiales sobrantes conforme a la legislación sectorial vigente y procederse a la
restauración e integración paisajística de toda el área afectada. Para garantizar el
desmantelamiento total, se presentará un Proyecto de Desmantelamiento y Restauración de
la zona afectada que incorporará un presupuesto valorado de este coste.
(46) Si durante la fase de ejecución del proyecto, se detectasen bienes del
Patrimonio Arqueológico contextualizados que pudieran ser alterados por la obra, se
procederá a detener los movimientos de tierra y a documentar la evidencia arqueológica
mediante la metodología adecuada (excavación arqueológica). Asimismo, ante la
aparición de restos inéditos se deberán acotar, paralizar los trabajos de la obra civil en
ese ámbito y comunicar oportunamente el hallazgo al órgano autonómico competente en
cultura, quien determinará la actuación más conveniente. Se prestará especial atención a
la coincidencia/cercanía de la ubicación de la SET Cedillo-Leganés con la delimitación
cartográfica del yacimiento La Cabaña.
(47) Deberá asegurarse la integridad de todas las vías pecuarias que sean
atravesadas por las líneas subterráneas de evacuación o colindantes con la PFV, tomando
las medidas preventivas necesarias y realizando el retranqueo suficiente del vallado.
Las VV. PP. no deberán ser ocupadas por otro tipo de infraestructuras que no sea las líneas

cve: BOE-A-2023-6073
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Núm. 56