III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6073)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "ISF Ebisu", de 116,98 MWp/105,5 MWn, y "Ebisu II", de 169,6 MWp/158,9 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34470
El análisis de vulnerabilidad realizado en el EsIA considera que el proyecto solo es
vulnerable frente a accidentes graves que conlleven fallos en equipos que supongan
incendio o explosión. Por su parte, el proyecto es vulnerable a los posibles accidentes
graves identificados, lo que implica que, en caso de ocurrencia de alguno de los sucesos
iniciadores identificados, solo se prevén daños para el proyecto. Para el análisis
realizado sobre el daño de tipo químico, se concluye que no existen rutas de exposición
sobre el foco-receptor, no existiendo en consecuencia escenarios de riesgo plausibles.
Así mismo, para el análisis realizado sobre el tipo de daño físico, se concluye que, aun
existiendo receptores medioambientales sensibles en el entorno del proyecto, no existen
rutas de exposición sobre el foco-receptor, por lo que no se considera la existencia de
escenarios de riesgo plausibles.
En relación con el análisis de vulnerabilidad frente a catástrofes naturales, el
proyecto es vulnerable a la caída de rayos y a los incendios forestales. Las medidas
preventivas instaladas (pararrayos) y los medios de extinción, así como las
características de diseño de la instalación hacen concluir la no existencia de escenarios
de riesgo o, en todo caso, la existencia de riesgos ambientales muy muy bajos.
Consta en el expediente, el informe de la Agencia de Protección Civil que afirma que,
en las zonas donde se van a asentar las PSFV Ebisu I y ll, el riesgo de incendio forestal
está catalogado como riesgo medio y que se localizan zonas próximas a espacios con
riesgo alto o extremo. Además, indica que se deberán tomar las medidas significativas
necesarias, en fase de construcción de la planta y en fase de funcionamiento, pues el
proyecto es atravesado por diversos arroyos que mantienen una escasa vegetación de
ribera, pero de alto valor ecológico y de sustentación de la tierra. En cuanto al riesgo de
inundaciones indica que el espacio donde se asientan las PSFV no está catalogado
como zona inundable y en cuanto al riesgo por fenómenos meteorológicos extremos
afirma que sí es vulnerable a rayos y a vientos fuertes. Así mismo, indica que los
términos municipales donde se ubican las PFV y sus infraestructuras de evacuación son
zonas de bajo riesgo por actividad sísmica y que, en cuanto a los riesgos geológicos,
dado el relieve suave que caracteriza la zona de implantación, es poco probable que se
produzcan movimientos del terreno, hundimientos o subsidencias. El informe concluye
que los riesgos naturales contemplados en el catálogo de riesgos de Protección Civil que
afectan al término municipal de Casarrubios del Monte, La Torre de Esteban Hambrán y
Méntrida no suponen un impacto significativo que pueda condicionar el establecimiento,
y posterior funcionamiento, de las instalaciones e infraestructuras previstas en el citado
proyecto, siempre que se consideren las posibles afecciones en la misma por los arroyos
circundantes y por los efectos de arcillas expansivas.
Este informe incluye una serie de medidas que se incluyen como condiciones 48, 49
y 50 en la presente resolución.
d.
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA):
El EsIA incluye un PVA que tiene como objetivo la comprobación del grado de
cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras del EsIA tanto en la fase de
ejecución como en la fase de explotación, así como la valuación de los impactos
residuales de modo que se puedan tomar medidas en caso de detectar impactos no
cve: BOE-A-2023-6073
Verificable en https://www.boe.es
– Inundación: en base al Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables se
considera que el proyecto se localiza en una zona clasificada como no vulnerable.
– Seísmos: dada la ubicación geográfica del proyecto, contrastada con el mapa
general de la sismicidad de la Península Ibérica (IGN, 2015), se considera que el
proyecto no es vulnerable. Así, aunque los distintos elementos del proyecto se
encuentran expuestos a este fenómeno, ninguno de ellos es vulnerable al mismo al
tratarse de estructuras de pequeño porte y tamaño.
– Vendavales: aunque los distintos elementos del proyecto se encuentran expuestos
a este fenómeno, ninguno de ellos es vulnerable al mismo por las características de
diseño de las estructuras.
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34470
El análisis de vulnerabilidad realizado en el EsIA considera que el proyecto solo es
vulnerable frente a accidentes graves que conlleven fallos en equipos que supongan
incendio o explosión. Por su parte, el proyecto es vulnerable a los posibles accidentes
graves identificados, lo que implica que, en caso de ocurrencia de alguno de los sucesos
iniciadores identificados, solo se prevén daños para el proyecto. Para el análisis
realizado sobre el daño de tipo químico, se concluye que no existen rutas de exposición
sobre el foco-receptor, no existiendo en consecuencia escenarios de riesgo plausibles.
Así mismo, para el análisis realizado sobre el tipo de daño físico, se concluye que, aun
existiendo receptores medioambientales sensibles en el entorno del proyecto, no existen
rutas de exposición sobre el foco-receptor, por lo que no se considera la existencia de
escenarios de riesgo plausibles.
En relación con el análisis de vulnerabilidad frente a catástrofes naturales, el
proyecto es vulnerable a la caída de rayos y a los incendios forestales. Las medidas
preventivas instaladas (pararrayos) y los medios de extinción, así como las
características de diseño de la instalación hacen concluir la no existencia de escenarios
de riesgo o, en todo caso, la existencia de riesgos ambientales muy muy bajos.
Consta en el expediente, el informe de la Agencia de Protección Civil que afirma que,
en las zonas donde se van a asentar las PSFV Ebisu I y ll, el riesgo de incendio forestal
está catalogado como riesgo medio y que se localizan zonas próximas a espacios con
riesgo alto o extremo. Además, indica que se deberán tomar las medidas significativas
necesarias, en fase de construcción de la planta y en fase de funcionamiento, pues el
proyecto es atravesado por diversos arroyos que mantienen una escasa vegetación de
ribera, pero de alto valor ecológico y de sustentación de la tierra. En cuanto al riesgo de
inundaciones indica que el espacio donde se asientan las PSFV no está catalogado
como zona inundable y en cuanto al riesgo por fenómenos meteorológicos extremos
afirma que sí es vulnerable a rayos y a vientos fuertes. Así mismo, indica que los
términos municipales donde se ubican las PFV y sus infraestructuras de evacuación son
zonas de bajo riesgo por actividad sísmica y que, en cuanto a los riesgos geológicos,
dado el relieve suave que caracteriza la zona de implantación, es poco probable que se
produzcan movimientos del terreno, hundimientos o subsidencias. El informe concluye
que los riesgos naturales contemplados en el catálogo de riesgos de Protección Civil que
afectan al término municipal de Casarrubios del Monte, La Torre de Esteban Hambrán y
Méntrida no suponen un impacto significativo que pueda condicionar el establecimiento,
y posterior funcionamiento, de las instalaciones e infraestructuras previstas en el citado
proyecto, siempre que se consideren las posibles afecciones en la misma por los arroyos
circundantes y por los efectos de arcillas expansivas.
Este informe incluye una serie de medidas que se incluyen como condiciones 48, 49
y 50 en la presente resolución.
d.
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA):
El EsIA incluye un PVA que tiene como objetivo la comprobación del grado de
cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras del EsIA tanto en la fase de
ejecución como en la fase de explotación, así como la valuación de los impactos
residuales de modo que se puedan tomar medidas en caso de detectar impactos no
cve: BOE-A-2023-6073
Verificable en https://www.boe.es
– Inundación: en base al Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables se
considera que el proyecto se localiza en una zona clasificada como no vulnerable.
– Seísmos: dada la ubicación geográfica del proyecto, contrastada con el mapa
general de la sismicidad de la Península Ibérica (IGN, 2015), se considera que el
proyecto no es vulnerable. Así, aunque los distintos elementos del proyecto se
encuentran expuestos a este fenómeno, ninguno de ellos es vulnerable al mismo al
tratarse de estructuras de pequeño porte y tamaño.
– Vendavales: aunque los distintos elementos del proyecto se encuentran expuestos
a este fenómeno, ninguno de ellos es vulnerable al mismo por las características de
diseño de las estructuras.