III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6073)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "ISF Ebisu", de 116,98 MWp/105,5 MWn, y "Ebisu II", de 169,6 MWp/158,9 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 34456

ocasionadas durante la fase constructiva, para lo que se establece como medida un
calendario de obras. En este sentido, se han establecido como medidas (epígrafe 8.2.2
de la adenda) una zona de exclusión de 200 m para el dormidero de milano real presente
en la ZES-04, y evitar los trabajos nocturnos en un radio de 500 m.
La LAT Ebisu-Cedillo cruza varias ZES para aves con especies como: milano real y
milano negro, aguilucho cenizo avutardas cernícalo primilla, sisón, aguilucho pálido y
búho campestre y se determina que la ZES-08 tiene un riesgo potencial de colisión muy
alto, mientras que para las especies presentes en la ZES-07 y la ZES-12 este riesgo no
es tan elevado. Como medida correctora se concluye que la línea discurrirá soterrada a
su paso por las ZES para aves: ZES-08, ZES-05, ZES-07 y ZES-12, al igual que en la
zona coincidente con un radio de 1,5 km en torno a un nido de águila imperial (colindante
con la ZES-05) con el objeto de mitigar el impacto que el tendido aéreo podría ocasionar
sobre las especies de interés presentes en esta zona. Además, la adenda incluye otras
medidas nuevas como las medidas anticolisión y antielectrocución para todo el trazado
aéreo, la prospección de fauna previa al inicio de las obras para descartar la presencia
de especies de fauna de interés y el balizamiento de aquellas áreas sensibles para su
conservación y protección, la aplicación de paradas biológicas, la adaptación del
calendario de obras de instalación de las PFVs de modo que se evite el comienzo de las
actividades de construcción, instalación de zonas auxiliares, desbroces, movimientos de
tierras, apertura de caminos, etc. en los periodos reproductivos de las especies
detectadas en la zona y la limitación conjunta de las obras por la presencia de diversos
taxones de interés, que cubra los meses de marzo a julio, ambos inclusive, calendario
que deberá ser consensuado con la DGMNBD de Castilla-La Mancha. Esta adaptación
de las obras, en el caso de la LAT, se realizará especialmente en el tramo soterrado que
atraviesa la ZES 08 donde se ha identificado la presencia de un lek de avutarda y la
presencia de diversos táxones de interés.
Así mismo, el promotor presenta la adenda al EsIA de la LAT Cedillo-Leganés cuyas
principales modificaciones consisten en la justificación y descripción de los nuevos
tramos soterrados, la revisión de los efectos acumulativos y sinérgicos, el análisis de las
afecciones potenciales y la actualización de la propuesta de medidas de mitigación. Así,
el proyecto modificado plantea una línea de evacuación aéreo-subterránea que soterra
parcialmente, a lo largo de tres segmentos, el tramo determinado por la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid de la
Comunidad de Madrid estableciendo un condicionado técnico para aquellos tramos que
sea imprescindible mantener en aéreo, como en los casos de cruces con infraestructuras
existentes. Concretamente el promotor propone el soterramiento de dos tramos de
trazado de la línea de evacuación entre los apoyos AP66 a AP77, de 2,46 km y entre
AP81 a AP101, de 4,431 km y localizados en el paso de la línea por las zonas definidas
como posibles corredores de fauna esteparia por esta Dirección General, indicando que
en el tramo AP81-AP101 se produce, además, una ligera modificación del trazado en
tres puntos para evitar la afección al yacimiento «El Villar. Los Arenales», al paraje
forestal «Cerro de La Horca» y al arroyo del Sotillo y su vegetación asociada,
conservándose, de entre los tramos propuestos para soterrar por la Dirección General de
Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, dos tramos en aéreo
por razones técnicas. Además del tramo 6, entre el AP137 y el AP138 que ya se
mantiene en subterráneo a lo largo de 1,075 km tal y como se indicaba en el EsIA inicial.
La línea de evacuación, cruza zonas con presencia de aves sensibles a la colisión.
Sin embargo, tras la aplicación de la medida correctora de colocación de mecanismos
anticolisión, de tipo espiral, en los cables de tierra de todas las líneas se cumple con la
Resolución de 28 de agosto de 2009, del Organismo Autónomo Espacios Naturales de
Castilla-La Mancha y con la resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección General del
Medio Ambiente.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid en su tercer informe tras analizar la respuesta del promotor a los requerimientos
realizados en su segundo informe, considera que los tramos soterrados propuestos por

cve: BOE-A-2023-6073
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Núm. 56