III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-6073)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "ISF Ebisu", de 116,98 MWp/105,5 MWn, y "Ebisu II", de 169,6 MWp/158,9 MWn, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34451
información aportada en el EsIA sobre las especies de fauna potencialmente afectadas
invalida toda la posterior valoración de impactos realizada en el mismo al no basarse en
datos objetivos sobre los factores ambientales analizados. También indica que las
sinergias con otros proyectos y el impacto sobre el hábitat no han sido adecuadamente
evaluados, por lo que los impactos negativos han sido muy infravalorados.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha hace constar que en gran parte del trazado de la LAAT se
encuentra una de las mejores zonas de reproducción de avutarda y de ambas especies
de aguiluchos de la provincia de Toledo y que estas nuevas líneas aéreas crearían una
nueva barrera que incrementa el riesgo de mortalidad por colisión en zonas con elevada
presencia de avutarda y otras aves de gran tamaño, indicando que, sin embargo, en el
EsIA no se valora el efecto barrera para determinadas especies, las sinergias con otras
líneas ya existentes o en proyecto, ni el posible incremento del riesgo de mortalidad por
colisión en relación a la situación actual.
Destaca que la LAAT de 220 kV Ebisu-Cedillo produce un efecto barrera que
conlleva la fragmentación del hábitat y perjudica directamente la conectividad ecológica
entre la población de avutarda común en las «subpoblaciones» de La Sagra y de la
ZEPA existente al Sur y, en cuanto a la LAAT Cedillo-Leganés, constata carencias en el
inventario de vegetación, indicando que esta línea debería evaluarse de forma conjunta
con las 10 plantas proyectadas citadas para los nudos Leganés y Fortuna y afirmando
que, al atravesar zonas más antropizadas, el impacto potencial de este tramo de línea
sobre los recursos protegidos puede considerarse compatible, existiendo dudas sobre la
viabilidad ambiental de las posibles plantas a construir en el entorno de Cedillo del
Condado relacionadas con ambos nudos.
En cuanto a las medidas compensatorias, afirma que en el EsIA se cita un modelo
para fauna esteparia según el cual se deberían compensar 146 ha y 257 ha
respectivamente en cada proyecto, lo que representa el 44 % de la superficie afectada
por ambas plantas. Sin embargo, no se presenta un plan concreto y presupuestado de
las medidas a adoptar y se deja pendiente a la resolución de la DIA, lo que supone una
carencia importante al no quedar mínimamente definido. Por último, no se contemplan
medidas para paliar la pérdida de hábitat/recursos tróficos para las parejas reproductoras
de la zona afectada por el proyecto.
El promotor en su respuesta al primer informe de la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha rebate
diversos argumentos del informe, plantea modificaciones al proyecto inicial, e indica que
se ha completado el anejo del «ciclo anual de avifauna», ampliando el área de estudio a
una envolvente de 5 km alrededor de las PFV y de la LAAT y que ya se dispone de datos
de campo del periodo anual (aunque estos datos no se presentan junto a la respuesta).
También, afirma que el proyecto se adaptará a las zonas de uso del águila imperial y del
sisón común, que se eliminan las implantaciones en la zona norte de la planta y
establece un radio de no actuación de 1500 m para preservar el hábitat con mayor
densidad de uso respecto al nido. Así mismo, indica que se realiza la eliminación total de
las zonas donde se han detectado LEK de Sisón común definidos a través de la
información recopilada por el promotor, de la fase de información pública y de los
avistamientos de machos de sisón en un búfer de más de 5 km respecto a las
instalaciones. En total se produce la desafección de 258,75 ha y de 800 pies arbóreos,
indicando que las superficies entre recintos albergarán gran parte de las medidas
preventivas y algunas de las medidas compensatorias, e incluyendo el soterramiento
de 4,62 km del tramo de la LAT Ebisu-Cedillo que atraviesa un ámbito de mayor
sensibilidad por el uso que hacen de él distintas especies de aves esteparias. Así mismo,
se pondrán a disposición del proyecto una serie de parcelas de cultivo anexas a la
instalación para su naturalización y para la aplicación de medidas de mitigación
(preventivas, correctoras y compensatorias) y se instalarán medidas anticolisión. Por
último, afirma que se ha revisado y actualizado el estudio de sinergias, aunque no
presenta información que desarrolle esta afirmación.
cve: BOE-A-2023-6073
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Martes 7 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 34451
información aportada en el EsIA sobre las especies de fauna potencialmente afectadas
invalida toda la posterior valoración de impactos realizada en el mismo al no basarse en
datos objetivos sobre los factores ambientales analizados. También indica que las
sinergias con otros proyectos y el impacto sobre el hábitat no han sido adecuadamente
evaluados, por lo que los impactos negativos han sido muy infravalorados.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha hace constar que en gran parte del trazado de la LAAT se
encuentra una de las mejores zonas de reproducción de avutarda y de ambas especies
de aguiluchos de la provincia de Toledo y que estas nuevas líneas aéreas crearían una
nueva barrera que incrementa el riesgo de mortalidad por colisión en zonas con elevada
presencia de avutarda y otras aves de gran tamaño, indicando que, sin embargo, en el
EsIA no se valora el efecto barrera para determinadas especies, las sinergias con otras
líneas ya existentes o en proyecto, ni el posible incremento del riesgo de mortalidad por
colisión en relación a la situación actual.
Destaca que la LAAT de 220 kV Ebisu-Cedillo produce un efecto barrera que
conlleva la fragmentación del hábitat y perjudica directamente la conectividad ecológica
entre la población de avutarda común en las «subpoblaciones» de La Sagra y de la
ZEPA existente al Sur y, en cuanto a la LAAT Cedillo-Leganés, constata carencias en el
inventario de vegetación, indicando que esta línea debería evaluarse de forma conjunta
con las 10 plantas proyectadas citadas para los nudos Leganés y Fortuna y afirmando
que, al atravesar zonas más antropizadas, el impacto potencial de este tramo de línea
sobre los recursos protegidos puede considerarse compatible, existiendo dudas sobre la
viabilidad ambiental de las posibles plantas a construir en el entorno de Cedillo del
Condado relacionadas con ambos nudos.
En cuanto a las medidas compensatorias, afirma que en el EsIA se cita un modelo
para fauna esteparia según el cual se deberían compensar 146 ha y 257 ha
respectivamente en cada proyecto, lo que representa el 44 % de la superficie afectada
por ambas plantas. Sin embargo, no se presenta un plan concreto y presupuestado de
las medidas a adoptar y se deja pendiente a la resolución de la DIA, lo que supone una
carencia importante al no quedar mínimamente definido. Por último, no se contemplan
medidas para paliar la pérdida de hábitat/recursos tróficos para las parejas reproductoras
de la zona afectada por el proyecto.
El promotor en su respuesta al primer informe de la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha rebate
diversos argumentos del informe, plantea modificaciones al proyecto inicial, e indica que
se ha completado el anejo del «ciclo anual de avifauna», ampliando el área de estudio a
una envolvente de 5 km alrededor de las PFV y de la LAAT y que ya se dispone de datos
de campo del periodo anual (aunque estos datos no se presentan junto a la respuesta).
También, afirma que el proyecto se adaptará a las zonas de uso del águila imperial y del
sisón común, que se eliminan las implantaciones en la zona norte de la planta y
establece un radio de no actuación de 1500 m para preservar el hábitat con mayor
densidad de uso respecto al nido. Así mismo, indica que se realiza la eliminación total de
las zonas donde se han detectado LEK de Sisón común definidos a través de la
información recopilada por el promotor, de la fase de información pública y de los
avistamientos de machos de sisón en un búfer de más de 5 km respecto a las
instalaciones. En total se produce la desafección de 258,75 ha y de 800 pies arbóreos,
indicando que las superficies entre recintos albergarán gran parte de las medidas
preventivas y algunas de las medidas compensatorias, e incluyendo el soterramiento
de 4,62 km del tramo de la LAT Ebisu-Cedillo que atraviesa un ámbito de mayor
sensibilidad por el uso que hacen de él distintas especies de aves esteparias. Así mismo,
se pondrán a disposición del proyecto una serie de parcelas de cultivo anexas a la
instalación para su naturalización y para la aplicación de medidas de mitigación
(preventivas, correctoras y compensatorias) y se instalarán medidas anticolisión. Por
último, afirma que se ha revisado y actualizado el estudio de sinergias, aunque no
presenta información que desarrolle esta afirmación.
cve: BOE-A-2023-6073
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56