I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Presupuestos. (BOE-A-2023-5961)
Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 33315

Además, la ley establece la prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2023, de los
complementos reconocidos al personal docente e investigador de las universidades
públicas de Canarias; regula la adaptación de la relación de puestos de trabajo de la
consejería competente en materia de educación al mapa escolar, la contratación de
personal temporal por las entidades que tengan la condición de medio propio y servicio
técnico de las universidades, así como el coste de reposición de los agentes de la policía
local; suspende la compensación financiera a los ayuntamientos prevista en la
disposición transitoria, apartado 4, de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario
de Seguridad y Emergencias, y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de
Coordinación de las Policías Locales de Canarias; determina qué méritos se han de
valorar en las convocatorias de concurso; establece el régimen al que se han de sujetar,
en 2023, las asistencias por participación en órganos de selección y regula las listas de
empleo del Cuerpo Administrativo y del Cuerpo Auxiliar.
Por último, en este bloque II de las disposiciones adicionales, se incluyen dos
disposiciones adicionales sobre la negociación con la representación de los trabajadores
de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles públicas y fundaciones
públicas con presupuesto estimativo para el restablecimiento de retribuciones minoradas;
así como una disposición adicional relativa a las plazas referidas a los conservatorios de
música de Canarias, afectadas por los procesos selectivos previstos en la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público.
En el tercer bloque se reiteran las disposiciones adicionales relativas a la distribución
de los fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados; la concesión de
premios; el módulo sanitario de los centros sociosanitarios, prescribiéndose que
cualquier norma, convenio, subvención o acto administrativo que afecte al módulo
sanitario de los centros sociosanitarios deberá contar previamente con el informe
preceptivo de la consejería competente en materia de sanidad que, además, ostenta la
potestad de control sobre los módulos sanitarios en su totalidad de los centros
sociosanitarios; y la posibilidad de que, en los concursos de adjudicación de nuevas
oficinas de farmacia, se podrá convocar un número de vacantes inferior al que arroja el
Mapa Farmacéutico.
Con respecto al importe de la cuantía mensual y del complemento mensual variable
de la ayuda económica básica para el año 2023, se prevé que las cuantías de la ayuda
económica básica reguladas en la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la
prestación canaria de inserción, serán las establecidas en el artículo 14 de la Ley 3/2020,
de 27 de octubre, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en
situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, y de modificación de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de
Canarias, artículo 14, conforme al incremento del IPC de Canarias del año 2021. El
citado incremento será también de aplicación para los importes mínimos de la ayuda. A
los efectos de su aplicación, solo se hará efectivo siempre y cuando el IPC de Canarias,
a 31 de diciembre de 2022, sea positivo.
Se incorporan en este tercer bloque seis nuevas disposiciones adicionales. Una
relativa al plazo de vigencia de los convenios en el marco del Fondo de Desarrollo de
Canarias, que podrán tener una duración inicial superior a los cuatro años, que no podrá
exceder de ocho, sin perjuicio de las posibles prórrogas que puedan acordar las partes
para garantizar la adecuada ejecución de los fondos; otra por la cual se bonifica en
un 100% la tasa por dirección e inspección de obras devengada por certificaciones de
obras que se expidan durante 2023; y una última por la que se podrá retener crédito
hasta un importe de 100 millones de euros, afecten o no a gastos vinculados a ingresos,
cuando las mismas tengan por finalidad dar cobertura económica a la asistencia y apoyo
a los afectados por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, así como para
reparar sus consecuencias e impulsar la reconstrucción económica, social, laboral y
medioambiental de la citada isla.

cve: BOE-A-2023-5961
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Núm. 56