III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-5942)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el impulso y desarrollo de actuaciones en materia de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación por razón de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33135

6. Que dicha Ley 23/2015, de 21 de julio, también prevé (en su artículo 25) que la
Administración General del Estado y las de las Comunidades Autónomas, en el ámbito
de sus respectivas competencias, garantizarán el ejercicio y la eficacia del servicio
público de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que para ello organizarán la
realización de las actuaciones inspectoras con sujeción a los principios ordenadores del
Sistema establecidos en el artículo 2, y que desarrollarán el principio de cooperación a
través de los órganos e instrumentos previstos en los artículos 47.2 y 143 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7. Que entre los cometidos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se
encuentra, de conformidad con el artículo 12.1 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, la
vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y del
contenido de los acuerdos y convenios colectivos en diversos ámbitos, entre los que se
inserta el relativo al sistema de relaciones laborales y, dentro de este, las normas en
materia de tutela y promoción de la igualdad de trato y oportunidades y no discriminación
en el trabajo, correspondiendo a las materias competencia de la Comunidad Autónoma
de Canarias.
8. Que, por ambas partes, se pone de manifiesto, en orden a la prioridad e
importancia que otorgan a la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres,
la necesidad de intensificar la cooperación y coordinación de cara a garantizar de
manera más adecuada la efectividad de dicho principio y a evitar toda discriminación por
razón de género de que pudieran ser objeto las mujeres en el ámbito laboral.
Por todo ello, las Administraciones del Estado y de la Comunidad Autónoma de
Canarias, desde el mutuo respeto a las competencias de organización de ambas
Administraciones Públicas que inspira este acto, con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente, suscriben el presente convenio para el impulso y desarrollo de las actuaciones
en materia de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el trabajo por
razón de género, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y naturaleza.

a) Potenciar la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la
Comunidad Autónoma en materia de tutela y promoción de la igualdad de trato y
oportunidades y no discriminación en el trabajo por razón de género, con especial
atención a las diferencias retributivas que pudieran ser constitutivas de discriminación,
favoreciendo igualmente la eficacia de la actuación inspectora.
b) Diseñar acciones de detección del origen de posibles situaciones
discriminatorias, especialmente las relacionadas con diferencias retributivas y promoción
profesional y acceso al empleo, así como acciones de sensibilización y asistencia técnica
a empresas y trabajadores.
c) Facilitar los cauces de acceso a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a
la Dirección General de Trabajo por parte de trabajadoras que sufran posibles

cve: BOE-A-2023-5942
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio se inserta en el marco de la citada Ley 23/2015, de 21 de julio,
del Capítulo VI del Título Preliminar y del artículo 143 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normativa de aplicación, y tiene
naturaleza administrativa.
Este convenio tiene por objeto, de conformidad con el artículo 25.1 y 2 de la
Ley 23/2015, la instrumentación de la cooperación entre la Administración General del
Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma para el impulso y desarrollo de
las actuaciones en materia de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación en el
trabajo por razón de género.
En el marco de dicha cooperación, el presente convenio se orienta a los siguientes
objetivos: