III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2023-5944)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Lunes 6 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 33149

Séptima. Asignación de perfiles de acceso.
1. El acceso a la base de datos general se realizará según el perfil informático
correspondiente al usuario.
2. Los perfiles informáticos de acceso a la base de datos general serán los
siguientes:
a) Perfil de autoridad laboral que utilice la base de datos general como soporte
informático de su Registro. Permitirá el acceso a todos los datos obrantes en la base
general, así como la realización de trámites relativos a las empresas con domicilio social
en su territorio. Permitirá, asimismo, la explotación informática de los datos, de acuerdo
con las posibilidades de la aplicación, y la realización de peticiones a las autoridades
laborales respecto de la incorporación de datos a la base general.
b) Perfil de Inspector de Trabajo y Seguridad Social, así como de autoridad laboral
con aplicación informática propia, o de personal técnico debidamente autorizado por la
autoridad laboral competente. Permitirá el acceso a todos los datos obrantes en la base
general, así como su explotación informática, de acuerdo con las posibilidades de la
aplicación, así como la realización de peticiones a las autoridades laborales respecto de
la incorporación de datos a la base general.
c) Perfil de usuario de empresa. Permitirá la solicitud de certificados relativos a la
inscripción de las empresas en cualquiera de los Registros, así como la realización de
los trámites relativos a la propia empresa.
d) Perfil de usuario con certificado digital. Permitirá la solicitud de certificados
relativos a la inscripción de las empresas en cualquiera de los Registros.
e) Perfil de usuario sin certificado digital. Permitirá la consulta pública de las
empresas inscritas en cualquiera de los Registros de Empresas Acreditadas.
3. Los perfiles a), b) y c), además de certificado digital, requieren estar registrados
como usuarios del sistema.
4. A efectos de lo previsto en esta cláusula, serán válidos los certificados
reconocidos por la plataforma @firma del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
5. La Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
del Ministerio de Trabajo y Economía Social mantendrá dado de alta como usuario
administrador de la base de datos general a la persona designada por el IBASSAL.
Corresponde al usuario administrador gestionar los trámites relacionados con los
usuarios de la aplicación ubicados en su ámbito de actuación.
Octava. Asistencia a los usuarios de la aplicación.
Con el fin de facilitar el funcionamiento de los registros de empresas acreditadas, el
Ministerio de Trabajo y Economía Social pondrá a disposición de los usuarios de la base
de datos general un sistema de atención telefónica destinado a solucionar problemas
derivados de la utilización de la aplicación
Protección de datos.

La gestión de los datos obrantes en cada registro se llevará a cabo de acuerdo con lo
previsto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
Décima.

Ausencia de coste.

Este convenio no conllevará contraprestación económica alguna para ninguna de las
partes firmantes. Las actividades de colaboración no supondrán para el Ministerio de
Trabajo y Economía Social, ni para el IBASSAL incurrir en gasto alguno ni darán lugar a
repercusión presupuestaria de ningún tipo.

cve: BOE-A-2023-5944
Verificable en https://www.boe.es

Novena.