III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-5744)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Variante de trazado de la carretera N-550 entre Ordés Sur y Sigüeiro Sur (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 32762

anterioridad a la resolución. Por ello, con fecha 5 de diciembre de 2018 se requirió al
promotor:
– Aclaración de algunas actuaciones respecto a la protección de Isoetes fluitans.
– Información adicional sobre los planes mencionados en el documento (Plan de
erradicación y control de especies invasoras, Plan de sustitución de especies forestales
no ribereñas y de fomento de las plantaciones de especies de ribera, y el Plan de control
de las poblaciones de Isoetes).
– Información adicional sobre las medidas previstas para la protección de Narcissus
cyclamineus y Narcissus pseudonarcissus subsp nobilis, y sobre la construcción de
charcas para anfibios.
– En relación con los hábitats de interés comunitario 91E0* «Bosques aluviales de
Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae)»
y 9230 «Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pirenaica»
localización y cuantificación de las plantaciones de estas formaciones vegetales que son
posibles y viables en las zonas de servidumbre de todo el trazado de la vía así como
más información sobre el acuerdo de custodia del territorio propuesto para las
carballeiras.
En respuesta el promotor remite con fecha 12 de marzo de 2019, la documentación
denominada «Informe Ambiental de análisis de afecciones a especies protegidas y
hábitats de interés comunitario en áreas del trazado de la alternativa seleccionada».
Con fecha 20 de junio de 2019, se remite toda la información adicional recabada a la
Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia y a Augas de Galicia,
solicitando informe respecto a la eficiencia e idoneidad de las medidas propuestas en
ambos documentos para la protección de las especies y hábitats afectados por el
proyecto. Con fecha 20 de diciembre de 2019 se recibe respuesta de la Dirección Xeral
de Patrimonio Natural.
Asimismo, con fecha 5 de febrero de 2019, y como consecuencia de la entrada en
vigor de la modificación de la Ley de evaluación ambiental, mediante la Ley 9/2018, de 5
de diciembre; se insta al promotor a subsanar el contenido del EsIA para incluir los
efectos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o
de catástrofes, el riesgo de que se produzcan dichos accidentes o catástrofes, y los
probables efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, en caso de
ocurrencia de los mismos, o bien informe justificativo sobre la no aplicación de este
apartado al proyecto. La respuesta a este requerimiento se recibe junto con la
documentación anterior, el 12 de marzo de 2019. En este sentido, la documentación
aportada concluye que la vulnerabilidad de la carretera ante catástrofes o accidentes
graves es escasa y determina una probabilidad muy baja para el riesgo sísmico, el riesgo
de inundación, el riesgo de desprendimientos, y el riesgo de accidentes graves, por lo
que no cabe tomar ninguna medida complementaria a las ya establecidas en el propio
estudio informativo.
3. Análisis técnico del expediente
a. Análisis de alternativas. Las alternativas consideradas en el Estudio Informativo
parten de las que fueron propuestas con carácter preliminar en la Fase A del mismo, a
partir de los corredores considerados como más idóneos para acoger la actuación y
presentados en el documento inicial en marzo de 2015 a partir del estudio del medio y
del análisis y ponderación de los diferentes condicionantes físicos, ambientales,
territoriales y culturales (Documento Inicial redactado en Fase A).
Se definieron tres corredores en el ámbito de actuación y dentro de los corredores se
propusieron varias alternativas durante la Fase A del Estudio Informativo, posteriormente
se realizó una evaluación global de las alternativas, proponiéndose para estudio en fase
B las alternativas que se pasaron a denominar A (dentro del Corredor 1), B, C (ambas
dentro del Corredor 2) y D (dentro del Corredor 3) que son las presentadas en el EsIA.

cve: BOE-A-2023-5744
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 54