II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Personal laboral. (BOE-A-2023-5725)
Resolución de 23 de febrero de 2023, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, en la categoría de Técnico/a Superior del Área de Estudios y Análisis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Sábado 4 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 32639

méritos a valorar en la fase de concurso, junto con su curriculum vitae, en el que se
especifiquen de forma clara y pormenorizada, todas aquellas actividades vinculadas con
el puesto convocado que hayan sido desempeñadas por la persona aspirante, los
períodos exactos en los se han llevado a cabo y los puestos de trabajo, organismos y
empresas en los que se hayan desarrollado.
6.10 La presentación de la documentación acreditativa de los méritos se realizará a
través de medios electrónicos, por vía electrónica a través del Registro Electrónico Común
de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/
acceso.do), o en el Registro del Consejo Económico y Social de España, sito en
calle Huertas, 73 de Madrid (CP: 28014), o por cualquiera de las formas que establece el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y se dirigirán al Presidente del Consejo
Económico y Social de España.
6.11 El tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de
méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de
los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y resueltas las alegaciones, el Órgano de
Selección publicará la relación con la valoración definitiva de esta fase.
6.12 Los resultados de la fase de oposición y de la fase de concurso, así como la
puntuación final del proceso selectivo serán hechos públicos en el tablón de anuncios y
en la página web del Consejo Económico y Social (www.ces.es) y en el Punto de Acceso
General (www.administracion.gob.es).
6.13 La calificación final vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.
6.14 En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en
cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del
proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, se dirimirá el nuevo empate
teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso.
6.15 El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, en
cualquier momento del proceso selectivo, si tuviera conocimiento de que alguno de las
personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia a la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la autoridad
convocante.
7.

Superación del proceso selectivo

8. Adjudicación de plazas
8.1 La adjudicación del puesto se efectuará, de acuerdo con el orden de puntuación
total obtenida, mediante resolución de la autoridad convocante que será, asimismo,
publicada.
8.2 Únicamente se formalizará un contrato para el puesto de trabajo convocado.

cve: BOE-A-2023-5725
Verificable en https://www.boe.es

7.1 Finalizadas las fases de concurso y de oposición, el Presidente del Órgano de
Selección elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan
obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por
orden de puntuación.
El Órgano de Selección publicará dicha relación en el tablón de anuncios de la sede
del Consejo Económico y Social, en su página web (www.ces.es), y en el Punto de
Acceso General (www.administracion.gob.es), en la que se anunciará que la primera
persona aspirante, dispondrá de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente al de publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.