I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Especialidades sanitarias. Programas de formación. (BOE-A-2023-5700)
Orden PCM/205/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban y publican los programas formativos de las especialidades de Psiquiatría y Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las Unidades Docentes Multiprofesionales de salud mental.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 32288
supervisión, a medida que el residente avanza en la adquisición de las competencias
previstas en el programa formativo.
Dichos protocolos deben definirse considerando:
– Niveles de supervisión generales, deben establecerse por la Comisión de
Docencia y ser comunes a todas las especialidades del centro docente.
– La graduación de la supervisión de las actividades asistenciales especialmente
significativas en las que participa el residente.
Este protocolo debe garantizar la supervisión de presencia física del R1 por los
profesionales de la plantilla en los distintos dispositivos del centro o unidad por los que el
personal en formación esté rotando o prestando servicios de atención continuada.
– En todos los casos debe definirse un protocolo de responsabilidad progresiva en el
área de urgencia.
– Deben identificarse, las áreas especialmente significativas para las que deban
establecerse criterios específicos de supervisión.
3. Requisitos específicos. Para ser acreditados y mantener su acreditación docente,
los dispositivos deberán definir los siguientes aspectos:
3.1 Organización asistencial. Se dispondrá de un manual de organización y
funcionamiento, en el que se incluirá, al menos,
– Cartera de servicios.
– Organigrama con sus líneas jerárquicas y la descripción de funciones y
responsabilidades de cada uno de los miembros del mismo.
– Vinculación con otras unidades asistenciales o equipos multiprofesionales
(Medicina Interna, Neurología, Pediatría, servicios de urgencias) que garanticen la
continuidad asistencial, u otras unidades específicas.
– Planificación de actividades de la unidad para su personal (asistencia, atención
continuada 24 horas, docencia, de investigación y formación continuada).
El servicio o área asistencial principal, así como los dispositivos donde se realicen las
estancias formativas/rotaciones deben contar con un tiempo mínimo de funcionamiento
de dos años.
3.2 Recursos Humanos. Para ser acreditados y mantener su acreditación docente
en las cuatro especialidades que se forman en la UDM de salud mental, deben contar,
como mínimo, con:
– 5 Psiquiatras.
– 5 Psiquiatras Infantil y de la Adolescencia o 2 Psiquiatras Infantil y de la
Adolescencia en caso de que no se acrediten plazas de esta especialidad.
– 4 Psicólogas/os clínicos.
– 2 Enfermeras/os especialistas en salud mental.
Área Física.
3.3.1 La UDM describirá su cobertura poblacional.
3.3.2 Áreas asistenciales y funcionales Las UDM de salud mental deben contar con
o disponer de dispositivos asistenciales de:
– Dispositivos de hospitalización psiquiátrica infantil y de la adolescencia, incluyendo
domiciliaria y Hospital de Día, con apoyo educativo.
– Dispositivos de hospitalización psiquiátrica de adultos, incluyendo domiciliaria y
Hospital de Día.
– Centros o Unidades de salud mental Infantil y de la Adolescencia.
– Centros de salud mental.
– Dispositivos de urgencias psiquiátricas.
cve: BOE-A-2023-5700
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 54
Sábado 4 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 32288
supervisión, a medida que el residente avanza en la adquisición de las competencias
previstas en el programa formativo.
Dichos protocolos deben definirse considerando:
– Niveles de supervisión generales, deben establecerse por la Comisión de
Docencia y ser comunes a todas las especialidades del centro docente.
– La graduación de la supervisión de las actividades asistenciales especialmente
significativas en las que participa el residente.
Este protocolo debe garantizar la supervisión de presencia física del R1 por los
profesionales de la plantilla en los distintos dispositivos del centro o unidad por los que el
personal en formación esté rotando o prestando servicios de atención continuada.
– En todos los casos debe definirse un protocolo de responsabilidad progresiva en el
área de urgencia.
– Deben identificarse, las áreas especialmente significativas para las que deban
establecerse criterios específicos de supervisión.
3. Requisitos específicos. Para ser acreditados y mantener su acreditación docente,
los dispositivos deberán definir los siguientes aspectos:
3.1 Organización asistencial. Se dispondrá de un manual de organización y
funcionamiento, en el que se incluirá, al menos,
– Cartera de servicios.
– Organigrama con sus líneas jerárquicas y la descripción de funciones y
responsabilidades de cada uno de los miembros del mismo.
– Vinculación con otras unidades asistenciales o equipos multiprofesionales
(Medicina Interna, Neurología, Pediatría, servicios de urgencias) que garanticen la
continuidad asistencial, u otras unidades específicas.
– Planificación de actividades de la unidad para su personal (asistencia, atención
continuada 24 horas, docencia, de investigación y formación continuada).
El servicio o área asistencial principal, así como los dispositivos donde se realicen las
estancias formativas/rotaciones deben contar con un tiempo mínimo de funcionamiento
de dos años.
3.2 Recursos Humanos. Para ser acreditados y mantener su acreditación docente
en las cuatro especialidades que se forman en la UDM de salud mental, deben contar,
como mínimo, con:
– 5 Psiquiatras.
– 5 Psiquiatras Infantil y de la Adolescencia o 2 Psiquiatras Infantil y de la
Adolescencia en caso de que no se acrediten plazas de esta especialidad.
– 4 Psicólogas/os clínicos.
– 2 Enfermeras/os especialistas en salud mental.
Área Física.
3.3.1 La UDM describirá su cobertura poblacional.
3.3.2 Áreas asistenciales y funcionales Las UDM de salud mental deben contar con
o disponer de dispositivos asistenciales de:
– Dispositivos de hospitalización psiquiátrica infantil y de la adolescencia, incluyendo
domiciliaria y Hospital de Día, con apoyo educativo.
– Dispositivos de hospitalización psiquiátrica de adultos, incluyendo domiciliaria y
Hospital de Día.
– Centros o Unidades de salud mental Infantil y de la Adolescencia.
– Centros de salud mental.
– Dispositivos de urgencias psiquiátricas.
cve: BOE-A-2023-5700
Verificable en https://www.boe.es
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