I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Presupuestos. (BOE-A-2023-5483)
Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Jueves 2 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 31348

sociales, se podrá prever en las bases reguladoras un anticipo que alcance hasta el 30
por ciento de la subvención concedida.
h) Las subvenciones de naturaleza corriente o de capital concedidas al Consejo
Valenciano de la Juventud, articuladas a través de las líneas de subvención S6025000 y
S6034000 del presupuesto de gastos del Institut Valencià de la Joventut, podrán librarse
anticipadamente hasta un 100 por ciento una vez concedidas y con carácter previo a la
justificación.
i) Las subvenciones nominativas concedidas a las entidades locales beneficiarias
de la línea S6030000 «Xarxa Jove» del presupuesto de gastos del Institut Valencià de la
Joventut podrá entregarse anticipadamente hasta un 75 por ciento, una vez concedidas
con carácter previo a la justificación.
j) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas a la Asociación
Entreiguales y a la asociación Iniciatives Solidàries, articuladas a través de las líneas de
subvención S0005187 y S5248000 del presupuesto de gastos del Institut Valencià de la
Joventut, podrán entregarse anticipadamente hasta un 100 por ciento una vez
concedidas y con carácter previo a la justificación.
k) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas a las empresas y
entidades previstas en la línea S6035 del presupuesto de gastos del Institut Valencià de
la Joventut, y destinadas a facilitar a personas usuarias del Carnet Jove el transporte
público mediante descuentos, se entregarán: el 50% después de la justificación del
importe correspondiente. Abonado el importe justificado anterior, en el mes de noviembre
se abonará la cuantía equivalente a la justificación presentada por las empresas y
entidades hasta el mes de octubre; el resto se abonará en el mes de enero del
ejercicio 2024, previa justificación.
l) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas a los beneficiarios de la
línea S5245 de presupuesto de gastos del Institut Valencià de la Joventut destinadas al
fomento de asociaciones y entidades juveniles, se abonarán en el mes de noviembre la
cuantía equivalente a la justificación presentada por los beneficiarios hasta el 31 de
octubre y el resto de gastos se podrán abonar el mes de enero del ejercicio 2024, con
justificación previa, siempre que no superen el 20 por ciento del importe de la subvención
y que se trate de gastos meritados a partir del 1 de noviembre.
m) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas a los beneficiarios de la
línea S6023 de presupuesto de gastos del Institut Valencià de la Joventut destinadas a
programas de juventud desarrollados por entidades locales, se abonarán en el mes de
noviembre la cuantía equivalente a la justificación presentada por los beneficiarios hasta
el 31 de octubre y el resto de gastos se podrá abonar en el mes de enero del
ejercicio 2024, con justificación previa, siempre que no superen el 20 por ciento del
importe de la subvención y que se trate de gastos devengados a partir del 1 de
noviembre.
En el área de educación las subvenciones siguientes:

a) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las
actuaciones del programa presupuestario 422.20 «Enseñanza primaria» destinadas a
financiar la Educación Infantil: hasta el 100 por ciento podrá librarse de inmediato, una
vez concedida.
La justificación de la subvención al primer ciclo de Educación Infantil se realizará
mediante la justificación mensual, por parte de las personas progenitoras, de la
asistencia del alumnado al centro de educación infantil, y por medio de la certificación
mensual por parte del centro o escuela infantil. Para el alumnado de 2 a 3 años en
escuelas municipales se realizará mediante la justificación del cumplimiento de la
finalidad de la subvención con el correspondiente certificado que se presentará en los
meses de enero y junio con el detalle mensual del periodo correspondiente.
b) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las
actuaciones del programa 422.20 «Enseñanza Primaria» destinadas a financiar los
servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado de centros específicos

cve: BOE-A-2023-5483
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