I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2023-5482)
Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de marzo de 2023

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garantizada para la atención nocturna en el Catálogo de prestaciones del Sistema
Público Valenciano de Servicios Sociales, incluir el concepto de emergencia social, la
definición del Plan de atención individual, la historia social única, y otros aspectos que se
consideran necesarios.
En el ámbito de las políticas integrales de la juventud, se modifica la Ley 15/2017,
de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, para mejorar y
aclarar la definición de entidades juveniles y establecer un nuevo sistema de financiación
a las entidades locales en el ámbito de lo establecido en su artículo 35.
En el ámbito de las competencias en materia de vivienda atribuidas a la
Vicepresidencia Segunda del Consell y Conselleria de Vivienda y Arquitectura
Bioclimática, se modifica la Ley 2/2017, de 3 de febrero, por la función social de la
vivienda de la Comunitat Valenciana, para clarificar el trámite ordinario para declarar una
vivienda deshabitada, para aclarar el concepto de grandes tenedores de viviendas,
modificar el régimen sancionador, para introducir dos nuevas infracciones, e introducir
modificaciones en relación con los agentes de intermediación inmobiliaria y su registro.
También en este ámbito, se modifica el Decreto ley 6/2020, de 5 de junio, del
Consell, para la ampliación de vivienda pública en la Comunitat Valenciana mediante los
derechos de tanteo y retracto, para ajustar la regulación de los derechos de tanteo y
retracto a fin de dotar de mayor eficacia el cumplimiento de los fines últimos de ampliar la
vivienda pública de la Generalitat y el acceso a vivienda a un sector poblacional más
amplio.
En el ámbito de las competencias en materia de hacienda atribuidas a la Conselleria
de Hacienda y Modelo Económico, se modifica la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de
hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, para cambiar su
terminología en términos similares a la utilizada en la Ley general presupuestaria, y para
precisar procedimientos y conceptos, y asegurar una aplicación uniforme de la ley.
En el ámbito de las competencias exclusivas en materia de juego, atribuidas a la
Conselleria de Hacienda y Modelo Económico que corresponden a la Generalitat
conforme al artículo 49.1.31.ª del EACV, se modifica la Ley 1/2020, de 11 de junio, de
regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana para
introducir la modalidad del bingo electrónico mixto, así como la base imponible y el tipo
de gravamen del tributo relativo a los juegos de suerte, envite o azar para esta nueva
modalidad de juego y destaca la inclusión de una nueva disposición adicional para
introducir la publicación de determinadas sanciones en el DOGV con la finalidad
primordial de informar al sector y a la ciudadanía en general de conductas concretas que
hayan sido consideradas particularmente atentatorias, medida que carece de ánimo
punitivo o de acarrear un perjuicio adicional a quien sufriere la sanción, todo ello con el
máximo respeto a lo dispuesto en la normativa europea y estatal en materia de
protección de datos de carácter personal.
En el ámbito de las competencias en materia de espectáculos públicos, actividades
recreativas y establecimientos públicos, previstas en el artículo 49.1.30.ª del EACV, se
amplía el plazo de prescripción de las infracciones leves previstas en la Ley 4/2010, de 3
de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos
públicos, así como el plazo para dictar resolución en los procedimientos sancionadores
que se inicien por infracciones leves previstas en el citado texto legal.
En el ámbito de las competencias en materia del régimen estatutario de los
funcionarios de la Generalitat, conforme a lo establecido en el artículo 50.1 del EACV, se
modifica la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, para clarificar las
funciones de la Comisión Intersectorial de Empleo Público de la Generalitat, para
adecuar la norma a lo previsto en la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, integral contra la
violencia sobre la mujer en la Comunitat Valenciana, y para incluir en una nueva
disposición adicional los criterios objetivos para la clasificación de puestos de trabajo
para otros sectores y su cobertura por personal más cualificado que antes se
encontraban incluidos en una disposición transitoria, para que la Comisión Intersectorial

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Núm. 52