I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2023-5482)
Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Jueves 2 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 31152

los ejercicios 2017 y 2018, que seguirá vigente para los ejercicios 2019, 2020,
2021, 2022 y 2023.
[…]»
CAPÍTULO III
Modificaciones legislativas en materias competencia de la Vicepresidencia
Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
Sección 1.ª

Función social de la vivienda

Artículo 82.
Se modifica la letra c del apartado 3 del artículo 14 de la Ley 2/2017, de 3 de febrero,
por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana, que queda redactado
como sigue:
«Artículo 14. Concepto y declaración de vivienda deshabitada.
1.
2.
3.

[...]
[...]
Trámite ordinario para la declaración

a) [...]
b) [...]
c) La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones
planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo, debiendo
producirse la efectiva habitación dentro del plazo de seis meses contados desde la
notificación de la resolución, sin que el citado uso habitacional pueda tener una
duración inferior a un año, salvo acuerdo de los interesados, que habrá de ser
comunicado a la dirección general competente en materia de vivienda.
d) [...]
e) [...]»
Artículo 83.
Se añade la letra j en el apartado 2 del artículo 33 y se añaden las letras h e i en el
apartado 3 del artículo 33 de la Ley 2/2017, de 3 de febrero, por la función social de la
vivienda de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:
«Artículo 33. Infracciones.

[…]
j) Incumplimiento de alguna de las funciones y compromisos establecidos,
para el agente de intermediación inmobiliaria colaborador o colaboradora, en la
denominada red Xarxa Lloga’m, en el artículo 78 del Decreto 130/2021 o norma
que la sustituya.
3. Tendrán la consideración de infracciones muy graves:
[…]

cve: BOE-A-2023-5482
Verificable en https://www.boe.es

1. Constituyen infracciones administrativas por incumplimiento de la función
social de la vivienda, sin perjuicio de las tipificadas en la legislación valenciana en
materia de vivienda, las contempladas en los apartados siguientes de la presente
ley.
2. Tendrán la consideración de infracciones graves: