I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2023-5482)
Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de marzo de 2023

Sec. I. Pág. 31268

patrimonio histórico español, así como la legislación valenciana de aplicación en
materia de archivos.
El responsable del tratamiento garantizará la aplicación de las medidas de
seguridad correspondientes en cumplimiento del Real decreto 3/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
administración electrónica.
Ejercicio de derechos: Las personas vinculadas a las víctimas muertas podrán
solicitar el acceso y rectificación de los datos personales de su familiar conforme al
artículo 3.1 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Se limita la posibilidad
de supresión de los datos fundadamente al interés público de este tratamiento, y
en particular, al derecho de las víctimas y la sociedad en general a que se
garantice la verificación de los hechos y la revelación pública y completa de los
motivos y circunstancias en que se cometieron las violaciones del derecho
internacional humanitario o de violaciones graves y manifiestas de las normas
internacionales de los derechos humanos ocurridas con ocasión de la guerra y de
la dictadura y, en caso de defunción o desaparición, sobre la suerte que corrió la
víctima, y al esclarecimiento de su paradero.
En virtud del artículo 2.1.b de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, no
estarán sujetos a la normativa de protección de datos los datos correspondientes a
las víctimas muertas.
El ejercicio de derechos para las personas físicas sujetas a la normativa de
protección de datos se garantizará conforme a la normativa general de protección
de datos.
3. El tratamiento de los datos personales relativos al censo de bebés y
menores sustraídos al que se refiere la disposición adicional quinta de esta ley
incorporará los datos de las mujeres detenidas, encarceladas o represaliadas en el
territorio valenciano durante la guerra y la dictadura franquista hasta la entrada en
vigor de la Constitución de 1978, con atención especial a aquellas mujeres
encarceladas que estaban embarazadas o tenían menores a su cargo, y a las que
dieron a luz en hospitales y clínicas durante este periodo, así como de las
personas adoptadas.
Los datos del censo no serán de acceso público con el fin de salvaguardar los
datos personales que contenga. Únicamente serán públicos los datos estadísticos
que se deriven del censo.
La base jurídica del tratamiento es el interés público con fines de archivo y de
investigación para colaborar en el esclarecimiento de los casos de sustracción de
neonatos y adopción irregular en el periodo señalado anteriormente, y de
identificar a las madres biológicas que no dieron su consentimiento a los efectos y
a los neonatos y menores sustraídos, así como con fines estadísticos.
Minimización de datos: Los datos recogidos se limitarán a los propiamente
identificativos, lugar y la fecha en que ocurrieron los hechos y a las circunstancias
de la desaparición.
Fuentes y exactitud de los datos: Los datos personales serán incorporados al
censo de oficio o a instancia de las madres afectadas por las desapariciones
forzosas como de las personas adoptadas, sus familiares, o las asociaciones de
neonatos y menores sustraídos. El órgano competente en materia de memoria
recabará la información de todas las instituciones públicas o privadas que
custodian archivos, expedientes o historiales médicos sobre nacimientos
acontecidos en la Comunitat Valenciana, durante la guerra y la dictadura franquista
hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978, en relación con niños
sustraídos a las mujeres detenidas, encarceladas o represaliadas en el territorio
valenciano, especialmente aquellas mujeres encarceladas que estaban
embarazadas o tenían menores a su cargo, y a las que dieron a luz en hospitales
y clínicas durante este periodo, así como de los libros de adopciones y
expedientes relativos a la protección de menores.

cve: BOE-A-2023-5482
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Núm. 52