III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-5459)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja, para la gestión de la prestación farmacéutica ambulatoria y de la prestación con productos dietéticos dispensadas en oficina de farmacia del colectivo mutualista adscrito al Sistema Sanitario Público Riojano, a través del sistema de receta electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Miércoles 1 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 30985

La Consejería de Salud, dispone de un sistema de información de receta electrónica,
plenamente implantando en el ámbito del Sistema Sanitario Público de La Rioja, que
aporta a sus beneficiarias/os todas las ventajas antes mencionadas.
Sexto.
Con fecha 5 de octubre de 2020, la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja
firmó con MUFACE, ISFAS y MUGEJU un convenio para la integración del colectivo de
sus titulares y personas beneficiarias en el sistema de receta electrónica del Sistema
Sanitario Público Riojano. Durante la vigencia del convenio, se produjo la integración del
colectivo mutualista en el sistema de información de receta electrónica del Sistema
Riojano de Salud de forma satisfactoria.
La experiencia positiva de la gestión y la conveniencia de darle una continuidad para
consolidar los resultados obtenidos, así como la necesidad de hacer un seguimiento
adecuado de la receta dispensada en oficina de farmacia del colectivo mutualista
adscrito al Sistema Sanitario Público de La Rioja, a través del sistema de información de
receta electrónica del Sistema Sanitario Público Riojano, para continuar mejorando su
gestión y seguir avanzando en la detección y resolución eficaz de las incidencias que
puedan surgir, ponen de manifiesto la ventaja de optar por la firma de un nuevo
Convenio cuya vigencia se prolongue hasta el máximo posible de cuatro años. Este
margen temporal se estima suficiente para consolidar los objetivos implementados hasta
el momento y los establecidos en el nuevo Convenio.
Séptimo.
En el marco de colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las
Administraciones Públicas, conforme al principio establecido en el artículo 140 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las personas
representantes de las partes consideran que es de interés mutuo para el cumplimiento
de sus respectivos fines suscribir un nuevo convenio para la gestión de la prestación
farmacéutica ambulatoria y de la prestación con productos dietéticos dispensadas en
oficina de farmacia del colectivo mutualista adscrito al Sistema Sanitario Público de La
Rioja, a través del sistema de información de receta electrónica del Sistema Sanitario
Público Riojano.
Por todo ello, dada esta convergencia de intereses y con la finalidad de concretar los
compromisos de las partes, se acuerda suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto formalizar la colaboración del Gobierno de La
Rioja a través de la Consejería de Salud del Gobierno de La Rioja con MUFACE, ISFAS
y MUGEJU para la gestión de la prestación farmacéutica ambulatoria y de la prestación
con productos dietéticos dispensadas en oficina de farmacia del colectivo mutualista
adscrito al Sistema Sanitario Público de La Rioja, a través del sistema de información de
receta electrónica del Sistema Sanitario Público Riojano.
Segunda.

Compromisos que asumen las partes.

1. La Consejería de Salud garantizará que la prescripción de medicamentos y otros
productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica ambulatoria o en la
prestación con productos dietéticos a través de receta médica del Sistema Nacional de
Salud, al colectivo mutualista adscrito al Sistema Sanitario Público de La Rioja, se realice
a través del sistema de información de receta electrónica del Sistema Sanitario Público

cve: BOE-A-2023-5459
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del Convenio y ámbito de aplicación.